SGC - Resolución 2189 de 2023

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolución 2189 de 2023
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2023

COLOMBIAPOTENCIA DI LA e ae VIDA (©) RESOLUCION NUMERO( )2189 15 NOV 2023 "Por medio de la cual se desagrega el traslado presupuestal de que trata elAcuerdo 007 de 2023, refrendado por la Dirección General de PresupuestoPúblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público” LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que confiere el artículo17 de la Ley 2159 de 2021 en concordancia con el artículo 3 de la Resolución453 de 2021, la Resolución D-480 de 2022 del SGC, y CONSIDERANDO Que mediante la Ley 2276 del 29 de noviembre de 2022 - Por la cual se decretael Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para lavigencia fiscal del 10. de enero al 31 de diciembre de 2023, se le asignó alServicio Geológico Colombiano - SGC la suma de $ $277.604.370.536 paraatender los gastos de funcionamiento, servicio a la deuda e inversión,$163.279.978.347 con recursos Nación y $114.324.392.189 con recursospropios. Que el Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022 - Por el cual se liquida elPresupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, que había sidoaprobado por el Congreso de la República mediante la ley anteriormentemencionada, determinó para el Servicio Geológico Colombiano el siguientepresupuesto:

Presupuesto Aporte Nacional Recursos Propios TotalA. Funcionamiento $54.039.585.499 s12.789.262.510 $66.828.848.009

B. Servicio de la deuda $137.392.848 | $0 $137.392.848pública : iC. Inversión $109.103.000.000 $101.535.129,679 $210.638.129.679

Que el artículo 34 del Decreto 1805 de 2020 establece que "Las desagregacionesen las que se clasifican cada uno de los objetos de gasto definidos en el artículoanterior, serán las establecidas en el Catálogo de Clasificación Presupuestal dela Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienday Crédito Público". Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio deHacienda y Crédito Público, expidió la Resolución 042 del 20 de diciembre de2019 - Por la cual se establece el Catálogo de Clasificación Presupuestal y sedictan otras disposiciones para su administración y en su artículo 1% señala que“Los clasificadores presupuestales son sistemas estructurados de codificación ¢para la gestión de las finanzas públicas. Se utilizan para identificar feoperaciones presupuestales de ingresos y de gasto en las diferentes etapas de=>proceso (...)". ae Que el Decreto 1068 de 2015 - Por media del cual se expide el Decreto Único..Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, modificado por el artículo 7 del Decreto 412 de 2018, establece en el artículo 2.8.1.5.3. respecto a la Wedesagregación de gastos que: Ed

Página 1 de 3COLOMBIAPOTENCIA DS LA VIDA 2189 15 NOV 202% ¿: cic (© "Por medio de la cual se desagrega el traslado presupuestal de que trata el Acuerdo 007de 2023, refrendado por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional delMinisterio de Hacienda y Crédito Público” "Las entidades podrán realizar asignaciones internas de lasapropiaciones establecidas en el Decreto de liquidación en susdependencias, seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejooperativo y gestión, sin que las mismas impliquen cambios en sudestinación. Estas desagregaciones deberán realizarse conforme a loestablecido en el catálogo de clasificación Presupuestal establecido porla Dirección General de Presupuesto Público Nacional, La clasificación del gasto y su respectiva desagregación se realizaexclusivamente para efectos presupuestales. (...)” Que el artículo 2.9.1.2.7. del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo19 del Decreto 412 de 2018, establece la obligación por parte de las entidadesusuarias del SIIF Nación de desagregar el presupuesto, al máximo nivel dedetalle del Catálogo de Clasificación Presupuestal - CCP establecido por laDirección General del Presupuesto Público Nacional. Que la Resolución 001 de enero 02 de 2023 - Por medio de la cual se desagregael Presupuesto de Gastos para la vigencia 2023 del Servicio GeológicoColombiano para los recursos del Presupuesto General de la Nación y se delegauna función, expedida por el Director General de la entidad, dispuso en suartículo 3°: "Delegar al Secretario General del Servicio Geológico Colombiano lamodificación a la desagregación del presupuesto (...)”.

Que el Artículo 2.8.1.5.6. del Decreto 1068 de 2015, establece "Modificacionesal Detalle del Gasto. Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación queno modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiacionesde funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas deinversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán medianteresolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de losestablecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán porresolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución delrepresentante legal en caso de no existir aquellas”. Que el artículo 17 de la Ley 2063 de 2020 indica: “(...) El jefe del órgano o enquien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar medianteresolución desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en elanexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas deapropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales a fin de facilitar sumanejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar sudestinación. (...)” Que en octubre 06 de 2023 mediante el oficio número 20234300002856, elDepartamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable sobre eltraslado de recursos por MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.000.000.000,00)en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Servicio Geológico Colombiapprovenientes de recursos Nación. >"N o>

Que mediante Acuerdo 007 de octubre 12 de 2023, y en concordancia caeaprobación del Consejo Directivo del Servicio Geológico Colombiano en sesióndel mismo día, se resolvió modificar al anexo del Decreto de Liquidación, en elPresupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia 2023 y realizar el trasladopresupuestal entre los proyectos de Inversión de que trata este Acuerdo por)valor de MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.000.000.000,00). AY = Pagina 2 de 3COLOMBIAPOLICIA DL La, VIDA 2189 as O) "Por medio de la cual se desagrega el traslado presupuestal de que trata el Acuerdo 007de 2023, refrendado por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional delMinisterio de Hacienda y Crédito Público" Que el 31 de octubre de 2023, con radicado 2-2023-057495, la Directora Generalde Presupuesto Público Nacional, informó la aprobación a las operacionespresupuestales contenidas en el Acuerdo No. 007 de 2023. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1°. Presupuestal. Efectuar la siguiente modificación al anexo delDecreto de Liquidación, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del ServicioGeológico Colombiano para la vigencia 2023 contenidas en el Acuerdo 007 de2023, de conformidad con el Catálogo Presupuestal de Gastos de inversión,expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, así:

Proyecto [Código | Rubro Nombre Rubrq Uso presupuestal |FteFinarRecurs4 Descripción ir Estimado Actu: Transf Actividad BPINModerniz y €2-02-92-008-003-01-6 Aprosiac-on apodaca po” June arenas 7ación de 2C-2198-'990) Acquisición |Senicics de suministro Hacienda traslado$ EEESi los data |160197716-¢-2199C67) ce bieres y | deirfaestructura de | Nación | 41 0.090 pera ser. 3 1,900.00G,000 | $ ,C00,000,0C0 Milecenter del 02 servicios — [hostia y ce tecnologia s an el preyacto los devacenterpr300 ce la rtormación (ti) ! Datacenter il allerse.Fuente de información: Grupo de Trabajo PlaneaciónSecretaria General Artículo 20, Registro en el SIIF Nación. Para efectos del registro en el SIIFNación, el Grupo de Presupuesto deberá registrar las operaciones presupuestalesa nivel de los rubros desagregados y dependencias de afectación del gasto, deconformidad con lo ordenado en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3%. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir dela fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. CÚMPLASEDada en Bogotá, D.C., a los 1 5 NOV 2023

Proyectó: Paula Andrea Jeréz Velasco - Contratista Grupo de PresupuestoyProyectó: Jennifer A. Gutiérrez Sánchez - Contratista Unidad de Recursos Financieros - URRevisó: Daniel David Castro Rodriguez - Asesor Dirección GeneralslDavid Valdés Cruz - Secretaría General SGC%Wilson David BautistaLider Grupo de Planeació! y Página 3 de 3

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