SGC - Resolución 2379 de 2023

Servicio Geológico Colombiano

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
SGC - Resolución 2379 de 2023
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2023

Página 1 de 5

RESOLUCIÓN NÚMERO

( )

“Por medio de la cual se ordena la apertura del Proceso de Licitación Pública No. SGC-LP-004-2023”

LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 4° de la Resolución No. D-480 del 22 de diciembre de 2022 expedida por el Director General del Servicio Geológico Colombiano mediante la cual se delegan unas funciones; y demás normas vigentes y reglamentarias de la materia, y

C O N S I D E R A N D O

Que de acuerdo con el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”.

Que el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 80 de 1993, atribuye la competencia para ordenar y dirigir licitaciones o concursos y para celebrar contratos estatales, al Representante legal de la entidad respectiva.

Que el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 80 de 1993, atribuye la competencia para ordenar y dirigir licitaciones o concursos y para celebrar contratos estatales, al Representante legal de la entidad respectiva.

Que el Servicio Geológico Colombiano es un instituto científico y técnico adscrito al Ministerio de Minas y Energía que hace parte del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación — SNCTI, al cual se le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 en materia de contratación pública y sus Decretos reglamentarios.

Que el Director General mediante artículo 4° de la Resolución No. D -480 del 22 de diciembre de 2022 delegó en la Secretaria General funciones en materia precontractual, contractual y postcontractual, el cual reza: “Expedir sin límite de cuantía, los actos administrativos requeridos dentro de los procesos de selección de adquisición de bienes y servicios durante Ias etapas previas, de ejecución y liquidación que adelante el SGC, cuya suscripción no se haya delegado en otros funcionarios, y respecto de Ia totalidad de dependencias que integran la Entidad.”

Que el numeral 1° del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007 señala lo siguiente : “La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo”. En consideración de lo expuesto, y atendiendo a la naturaleza de la presente contratación y su valor, el cual es superior a la menor cuantía del SGC, la modalidad de selección es la Licitación Pública, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley

a la naturaleza de la presente contratación y su valor, el cual es superior a la menor cuantía del SGC, la modalidad de selección es la Licitación Pública, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 80 de 1993, en concordancia con lo señalado en el numeral 1° del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007.

Que a la presente selección le son aplicables los principios y normas de la Constitución Política de Colombia, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública – Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1882 de 2018, Ley 2069 de 2020, Decreto 1082 de 2 015; Decreto 1860 de 2021, Decreto 310 de 2021 , demás Decretos Reglamentarios y demás normas que regulan la contratación estatal, en conjunto con las reglas previstas en el Pliego de Condiciones Definitivo, los manuales, guías y protocolos expedidos por C olombia Compra Eficiente, y los actos administrativos y demás documentos que se expidan en desarrollo del presente proceso de selección.

Que de conformidad con los dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, el 31 de octubre de 2023 , el SGC publicó en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, el aviso para convocar a los interesados en el proceso de Licitación pública N o. SGC-LP-04-2023 cuyo objeto es: Contratar con una o varias compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en 2379 27-NOV-2023Página 2 de 5

el país, el programa de seguros requerido para la adecuada protección de los bienes e Intereses

objeto es: Contratar con una o varias compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en 2379 27-NOV-2023Página 2 de 5

el país, el programa de seguros requerido para la adecuada protección de los bienes e Intereses patrimonial del SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO, así como de aquellos por los que sea o fuere legalmente responsable o le corresponda Asegurar en virtud de disposición legal o contractual.

Que, desde el 31 de octubre de 2023, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, se publicó el proyecto de pliego de condiciones (Electrónico – Anexo Generalidades del Pliego de Condiciones), el estudio previo, anexos y formatos en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, lugar electrónico a través del cual se pueden consultar los documentos del proceso.

Que, del 31 de octubre de 2023 al 16 de noviembre de 2023, se recibieron observaciones al proyecto de pliego de condiciones, a través de publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop -ii, por parte de ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA, LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, CHUBB SEGUROS COLOMBIA S.A. y AXA COLPATRIA SEGUROS S.A., las cuales fueron contestadas a través de la plataforma y publicadas con el presente acto administrativo.

Que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es de ONCE MIL CUATROCIENTOS

COLPATRIA SEGUROS S.A., las cuales fueron contestadas a través de la plataforma y publicadas con el presente acto administrativo.

Que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es de ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA MIL MILLONES TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($11.440.326.266), incluido el IVA y todos los demás grav ámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, distribuidos de la siguiente manera:

Presupuesto GRUPO No. 1

El presupuesto oficial asignado para el GRUPO No. 1 es de hasta DIEZ MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA PESOS M/CTE ($10.673.252.970) IVA INCLUIDO y demás costos directos e indirectos, distribuido por vigencias de la siguiente manera:

✓ Para la VIGENCIA 2023 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS M/CTE ($58.200.441) IVA

INCLUIDO

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2023 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

✓ Para la VIGENCIA 2024 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de TRES MIL

debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

✓ Para la VIGENCIA 2024 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y

TRES PESOS M/CTE ($3.981.411.773)

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2024 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

✓ Para la VIGENCIA 2025 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de CUATRO MIL CIENTO

TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS M/CTE

RAMO

GRUPO 1

Todo Riesgo Daños Materiales Manejo Global para Entidades Oficiales Responsabilidad Civil Extracontractual Transporte de Valores Transporte de Mercancías Todo Riesgo Equipo y Maquinaria Todo Riesgo Daños Materiales - Laboratorio de Investigación (Reactor nuclear de baja potencia) GRUPO 2 Responsabilidad Civil Servidores Públicos 2379 27-NOV-2023Página 3 de 5

($4.130.607.526)

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2025 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que

($4.130.607.526)

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2025 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

✓ Para la VIGENCIA 2026 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de DOS MIL QUINIENTOS TRES MILLONES TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS M/CTE ($2.503.033.230)

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2026 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

Presupuesto GRUPO No. 2

El presupuesto oficial asignado para el GRUPO No. 2 es de hasta SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($767.073.296) IVA INCLUIDO y demás costos directos e indirectos, distribuido por vigencias de la siguiente manera:

✓ Para la VIGENCIA 2023 el valor total de la oferta no podrá superar la suma OCHOCIENTOS DOCE

MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($812.577)

✓ Para la VIGENCIA 2024 el valor total de la oferta no podrá superar la suma DOSCIENTOS NOVENTA

MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($812.577)

✓ Para la VIGENCIA 2024 el valor total de la oferta no podrá superar la suma DOSCIENTOS NOVENTA

Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS M/CTE

($297.403.418)

✓ Para la VIGENCIA 2025 el valor total de la oferta no podrá superar la suma DOSCIENTOS NOVENTA

Y SEIS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE

($296.590.840)

✓ Para la VIGENCIA 2026 el valor total de la oferta no podrá superar la suma CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN PESOS M/CTE ($172.266.461)

Que el presupuesto para la vigencia 2023 se encuentra respaldado por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal PGN No. 117223 del 2023, con cargo al presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 2023 ; así mismo, se encuentra está respaldado por la autorización de las vigencias futuras emitidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público Radicado 2-2023-063320 del 24 de noviembre de 2023.

Que en cumplimiento a lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015 y teniendo en cuenta que el presupuesto oficial supera los CIENTO VEINTICINCO MIL ($125.000.) dólares, no aplica la etapa de convocatoria para limitar a MIPYMES.

cuenta que el presupuesto oficial supera los CIENTO VEINTICINCO MIL ($125.000.) dólares, no aplica la etapa de convocatoria para limitar a MIPYMES.

Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general, sin perjuicio de los dispuesto en las Disposiciones Especiales para las modalidades de selección”.

Que el cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co, en el proceso de Licitación Pública No. SGC-LP-0042023.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, el SGC convocará a las veedurías ciudadanas para que realicen el control social durante las etapas del presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.

Que en sesión del Comité de Contratación No. 40, se recomendó el inicio del presente proceso de contratación.

Que, en mérito de lo expuesto, la Secretaria General

2379 27-NOV-2023Página 4 de 5

R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del proceso de Licitación Pública No. SGC-LP-004-2023, cuyo objeto es: Contratar con una o varias compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del proceso de Licitación Pública No. SGC-LP-004-2023, cuyo objeto es: Contratar con una o varias compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en el país, el programa de seguros requerido para la adecuada protección de los bienes e Intereses patrimonial del SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO, así como de aquellos por los que sea o fuere legalmente responsable o le corresponda Asegurar en virtud de disposición legal o contractual.

ARTÍCULO SEGUNDO: Establecer que el presupuesto oficial estimado para el presente proceso es por valor de hasta ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA MIL MILLONES TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($11.440.326.266), incluido el IVA y todos los demás gravamenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, distribuidos de la siguiente manera:

Presupuesto GRUPO No. 1

El presupuesto oficial asignado para el GRUPO No. 1 es de hasta DIEZ MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA PESOS M/CTE ($10.673.252.970) IVA INCLUIDO y demás costos directos e indirectos, distribuido por vigencias de la siguiente manera:

✓ Para la VIGENCIA 2023 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de CINCUENTA Y OCHO

siguiente manera:

✓ Para la VIGENCIA 2023 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS M/CTE ($58.200.441) IVA

INCLUIDO

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2023 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

✓ Para la VIGENCIA 2024 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y

TRES PESOS M/CTE ($3.981.411.773)

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2024 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

✓ Para la VIGENCIA 2025 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de CUATRO MIL CIENTO

TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS VEINTISEIS PESOS M/CTE

($4.130.607.526)

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2025 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que

($4.130.607.526)

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2025 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

✓ Para la VIGENCIA 2026 el valor total de la oferta no podrá superar la suma de DOS MIL QUINIENTOS TRES MILLONES TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS M/CTE ($2.503.033.230)

RAMO

GRUPO 1

Todo Riesgo Daños Materiales Manejo Global para Entidades Oficiales Responsabilidad Civil Extracontractual Transporte de Valores Transporte de Mercancías Todo Riesgo Equipo y Maquinaria Todo Riesgo Daños Materiales - Laboratorio de Investigación (Reactor nuclear de baja potencia) GRUPO 2 Responsabilidad Civil Servidores Públicos 2379 27-NOV-2023Página 5 de 5

Nota: Dentro del presupuesto oficial correspondiente a la vigencia fiscal 2026 el DANE ha determinado un VALOR FIJO de QUINCE MILLONES PESOS M/CTE ($15.000.000), para nuevas inclusiones, valor que debe ser tenido en cuenta por el oferente al momento de la elaboración de su propuesta económica.

Presupuesto GRUPO No. 2

El presupuesto oficial asignado para el GRUPO No. 2 es de hasta SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($767.073.296) IVA

El presupuesto oficial asignado para el GRUPO No. 2 es de hasta SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($767.073.296) IVA INCLUIDO y demás costos directos e indirectos, distribuido por vigencias de la siguiente manera:

✓ Para la VIGENCIA 2023 el valor total de la oferta no podrá superar la suma OCHOCIENTOS DOCE

MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($812.577)

✓ Para la VIGENCIA 2024 el valor total de la oferta no podrá superar la suma DOSCIENTOS NOVENTA

Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS M/CTE

($297.403.418)

✓ Para la VIGENCIA 2025 el valor total de la oferta no podrá superar la suma DOSCIENTOS NOVENTA

Y SEIS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE

($296.590.840)

✓ Para la VIGENCIA 2026 el valor total de la oferta no podrá superar la suma CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN PESOS M/CTE ($172.266.461)

ARTÍCULO TERCERO: Desarrollar el presente proceso de selección de conformidad con el cronograma indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II.

ARTÍCULO CUARTO: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de

indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II.

ARTÍCULO CUARTO: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, el SGC convoca a las veedurías ciudadanas para que realicen el control social durante las etapas del presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO QUINTO: El cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso de Licitación pública N o. SGC-LP-004-2023, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II

www.colombiacompra.gov.co/secop-ii.

ARTÍCULO SEXTO: Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la

Contratación Pública – SECOP II.

ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.

Dada en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de noviembre de 2023.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MARIA ALEJANDRA QUINTERO POVEDA

Secretaria General

SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO

Proyectó Mariyenis Regalado Badillo Abogada - Grupo de Contratos y Convenios Revisó Amanda Nauzan Ceballos Líder Grupo de Contratos y Convenios Aprobó María Alejandra Quintero Poveda Secretaria General

27-NOV-2023 2379

Consultar sobre este documento ...