SGC - Resolución 2419 de 2023

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolución 2419 de 2023
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2023

COLOMBIAPOTENCIA DELA SERVICIO

VIDA Be RESOLUCION No. ( 2419 ) 01 DIO Luce“Por la cual se deroga la Resolución No. 2073 del 2 de noviembre de 2023, seconvoca a los funcionarios del Servicio Geológico Colombiano para la elección de losrepresentantes de los empleados en el Comité de Convivencia para el periodo 2023-2025” LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLOGICO COLOMBIANOEn uso de las facultades legales, en especial de las conferidas en el articulo 5° delDecreto 2703 del 22 de noviembre de 2013, Ley 1010 de 2006, las ResolucionesNo. 652 del 30 de abril de 2012 y 1356 del 18 de julio de 2012 de! Ministerio delTrabajo, las Resoluciones Nos. D-480 y D-481 del 22 de diciembre de 2022, y CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia precisó que “E/ trabajo esun derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especialprotección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignasy justas”. Que mediante la Ley 1010 de 2006, se adoptaron las medidas para prevenir, corregiry sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones detrabajo. Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 1° del artículo 9 de la Ley 1010 de2006, los reglamentos de trabajo institucionales deberán prever mecanismos deprevención de las conductas de acoso laboral y establecer el procedimiento interno,confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que concurran en el lugar detrabajo. Los Comités institucionales de carácter bipartito, podrán asumir funcionesrelacionadas con el acoso laboral.

Que de acuerdo con lo normado por la Resolución No. 2646 del 17 de julio de 2008,“Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para laidentificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de laexposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación delorigen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.”, el Ministerio de laProtección Social, adoptó en su artículo 3° la siguiente definición de acoso laboral,“/) Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajadorpor parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, uncompañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación,terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, oinducir la renuncia del mismo, conforme lo establece la Ley 1010 de 2006”. Que el numeral 1.7 del artículo 14 de la Resolución 2646 de 2008, estableció comomedida preventiva de! acoso laboral, "Conformar el Comité de Convivencia Laboral yestablecer un procedimiento interno confidencial, conciliatorio y efectivo paraprevenir conductas de acoso laboral”. Que al constituirse los Comités de Convivencia Laboral como una medida preventivadel acoso laboral, que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgospsicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo, resulta necesarioestablecer su conformación. Que a fin de propender por la operatividad de los Comités de Convivencia Laboral enlas entidades públicas y empresas privadas, y establecer disposiciones relacionadascon su funcionamiento, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución No. 652 del 30de abril de 2012, la cual fue modificada parcialmente por la Resolución No. 1356 de2012.

Que la Ley 1562 del 11 de julio de 2012 "Por la cual se modifica el Sistema de Rie5ge:Laborales y se dictan” otras disposiciones en materia de Salud Ocupaciopak PáginaCOLOMBIA, POTENCIA DELA SERVICIOGEOLÓGICOVi DA 734 Q E Ad eel actualizó la denominación del Programa de Salud Ocupacional”, por “Sistema deGestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST”, y estableció que “EsteSistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en lamejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, laaplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo deanticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridady salud en el trabajo.” Que en el marco de los lineamientos y directrices establecidas en las ResolucionesNo. 652 del 30 de abril de 2012, y No. 1356 del 18 de julio de 2012 del Ministeriodel Trabajo, mediante Resolución No. D-398 del 26 de septiembre de 2019, en elServicio Geológico Colombiano se crea y reglamenta el Comité de ConvivenciaLaboral de la Entidad. Que en el capítulo 5 de la Resolución D-398 del 2019, se establecieron comofunciones del Comité de Convivencia del Servicio Geológico Colombiano, entre otras,las siguientes:

1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describansituaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas quelas soportan.2. Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en losque se formule, queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas ocircunstancias de acoso laboral, al interior de la Entidad.3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechosque dieron lugar a la queja.4. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de dialogo entre laspartes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a unasolución efectiva de las controversias.5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir,renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casosel principio de la confidencialidad.6. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partesinvolucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lopactado.7. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no secumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comitéde Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría Generalde la Nación.8. Presentar a la alta dirección de la entidad las recomendaciones para eldesarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acosolaboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comitéde convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos decontrol.9, Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por elComité de Convivencia a las dependencias al grupo del Talento Humano yal Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.10.Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluyaestadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones,los cuales serán presentados a la Dirección General.

Que mediante Resolución No. 2073 del 2 de noviembre de 2023, se convocó a losfuncionarios del Servicio Geológico Colombiano para la elección de los representantesde los empleados al Comité de Convivencia para el periodo de 2023-2025. Que en el cronograma del proceso de Convocatoria, Inscripción, Votación, Elección yResultados dispuesto en el artículo 3 del precitado acto administrativo, se dispusieronpara la inscripción de candidatos los siguientes plazos: A partir de las 9:00 a.m. del 1 de noviembre de 2023 y hastaPrimer plazo para las 4:00 p.m. del 8 de noviembre de 2023. la Inscripción deCandidatos Si dentro de la fecha señalada no se inscribieren por la menoscuatro (4) candidatos o los inscritos no acreditan los requisitosexigidos, este término se prorrogará por tres (3) días. ||NS Página 2 de-6-—COLOMBIA 24 19 01 DIC 2023 Que en el cronograma del proceso de Convocatoria, Inscripción, Votación, Elección yResultados dispuesto en el artículo 3 del precitado acto administrativo, se dispusieronpara la inscripción de candidatos los siguientes plazos: A partir de las 9:00 a.m. del 1 de noviembre de 2023 y hastaPrimer plazo para las 4:00 p.m, del 8 de noviembre de 2023.la Inscripción de| Candidatos Si dentro de la fecha señalada no se inscribieren por lo menoscuatro (4) candidatos o los inscritos no acreditan los requisitosexigidos, este término se prorrogará por tres (3) días.Segundo plazo A partir de las 9:00 a.m. del 9 de noviembre de 2023 y finalizarápara la Inscripción ¡a las 4:00 p.m. del 16 de noviembre de 2023. 'de Candidatos

Que efectuada la divulgación de la convocatoria a los funcionarios que integran laplanta de personal del Servicio Geológico Colombiano durante los plazos establecidosen la Resolución No. 2073 del 2 de noviembre de 2023, a través del correo electrónicorhumanos@sge.gov.co, y culminados los períodos de inscripción, solo se recibierontres postulaciones como representante de los trabajadores al Comité de Convivenciade la Entidad para el período 2023-2025. Que el artículo 1 de la Resolución No. 1356 del 18 de julio de 2012, por la cual semodifica parcialmente la Resolución No. 652 de 2012 expedidas por el Ministerio deTrabajo, respecto de la conformación del comité de convivencia laboral señala que: “ARTÍCULO 3. Conformación. £l Comité de Convivencia Laboral estarácompuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de lostrabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas yempresas privadas podrán de acuerdo con su organización interna designar unmayor número de representantes, los cuales en todo caso serán ¡iguales enambas partes. (...) ” Que en atención a que no se inscribieron los candidatos mínimos requeridos para laintegración del comité para el periodo 2023 - 2025, se hace necesario derogar laresolución No. 2073 del 2 de noviembre de 2023 y convocar nuevamente a eleccionespara elegir a los representantes de los empleados ante el Comité de ConvivenciaLaboral, por lo que la Entidad deberá establecer y poner a disposición los mecanismospara efectuar el proceso de elecciones,

Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1°. Convocar a los funcionarios del Servicio Geológico Colombiano, paraque el 18 de diciembre de 2023, mediante votación universal, virtual y secreta, elijandos (2) representantes principales y a sus respectivos suplentes, ante el Comité deConvivencia para el período 2023-2025. ARTÍCULO 2, Calidades de los Aspirantes. De acuerdo con lo previsto en elparágrafo 1 del artículo 7 de la Resolución NO. D-398 de 2019, los aspirantes a fungircomo representantes de los trabajadores ante el Comité de Convivencia Laboral delServicio Geológico Colombiano, deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser funcionario del Servicio Geológico Colombiano nombrado en uno de loscargos de la planta de personal.2. No haber sido denunciado por acoso laboral en los últimos seis (6) mes3. No haber sido víctima de acoso laboral en los últimos seis (6) mese Página 3.de 6COLOMBIA 9449 01 DIC 998

POTENCIA DE LA VIDAParágrafo 1. Conforme al artículo 1° de la Resolución No. 1356 del 18 de julio de2012, “Los integrantes del Comité preferiblemente contarán con competenciasactitudinales tales como: respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad,confidencialidad, reserva en el manejo de la información y ética; así mismo,habilidades de comunicación asertiva liderazgo y resolución de conflictos”, oCOLOMBIANO de

oCOLOMBIANO de ARTÍCULO 3. Proceso de Convocatoria, Inscripción, Votación, Elección yResultados: El proceso de convocatoria, divulgación, inscripción elección, escrutinioy resultados del proceso electoral para la elección de los representantes de losempleados ante el Comité de Convivencia Laboral del Servicio Geológico para elperíodo 2023 - 2025, se llevará a cabo conforme el siguiente cronograma: ACTIVIDAD FECHA MEDIO RESPONSABLE Divulgación de laconvocatoriaDel 4 al 7 de diciembrede 2023 Correo InstitucionalCoordinación Grupode Talento Humano Primer plazo para laInscripción deCandidatos A partir de las 8:00 a.m.del 4 de diciembre de2023 y hasta las 5:00p.m. del 7 de diciembrede 2023. Si dentro de la fechaseñalada no seinscribieren por lo menoscuatro (4) candidatos olos inscritos no acreditanlos requisitos exigidos,este término seprorrogará por tres (3)días hábiles. Segundo plazo parala Inscripción deCandidatos A partir de las 8:00 a.m.del 11 de diciembre de2023 y finalizará a las5:00 p.m. del 13 dediciembre de 2023. La solicitud de inscripciónse hará por escrito ycontendrá nombres yapellidos completos delcandidato, documento deidentidad y manifestaciónexpresa que reúne lossiguientes requisitos:

1. Ser funcionario delServicio GeológicoColombianonombrado en uno delos cargos de laplanta de personal.2. No haber sidodenunciado por acosolaboral en los últimosseis (6) meses.3. No haber sido víctimade acoso laboral enlos últimos seis (6)meses.

Correo Institucional, losinteresados deben enviarla solicitud al correoelectrónico:rhumanos@sqc.qov.co Coordinación Grupode Talento Humano Coordinación Grupode Talento Humano Publicación Lista deCandidatos 11de diciembre de 2023 oel 14 de diciembre de2023, según sea el caso.Correo Institucional.Coordinación Grupode Talento Humano Designación ynotificación a losjurados de votación Del 7 al 14 de diciembrede 2023 Se designarán tres (3)jurados, mediante oficiosuscrito por el (la)Coordinador (a) delGrupo de TalentoHumano,el cual se Coordinación Grupode Talento Huma ATe Pagina 4 aterCOLOMBIAPOTENCIA DE LA VIDA °2419 SERVICIO Ul)GEOLÓGICO |SOLOMRIANO £ © ACTIVIDAD FECHA MEDIO RESPONSABLEcomunicará a través deOrfeo.Su función será vigilar yverificar el proceso devotaciones paragarantizar latransparencia de loscomicios.Remisión ListaGeneral de 14 de diciembre de 2023 E Coordinación GrupoVotantes a los Eorrea) INSHLCIóna] de Talento HumanoJurados Las elecciones seefectuarán de maneravirtual. Para ello, se remitirá a |me través del correoElección de electrónico'representantes delos empleados en elComité deConvivencia A partir de las 8:00 a.m. yhasta las 4:00 p.m. del 18de diciembre de 2023. rhumanos(Osgc.gov.co alas cuentas de correoelectrónicoinstitucionales de cadaservidor, el enlacehabilitado para el registrode su voto, el dia de laselecciones,

Coordinación Grupode Talento Humano | Conteo de votos y A partir de las 4:30 p.m.del 18 de diciembre de Conteo: Se llevará acabo mediante sesiónmeet, teniendo encuenta el consolidado deinformación que arrojadoConteo: Jurados de |Votación: 2023 por la herramienta de designadosregistro del acta, votación virtual. Los jurados verificarán yregistrarán en el acta losresultados finales.Envío de acta deescrutinio, votos y Jurados delista de sufragantes |18 de diciembre de 2023. no de Talento Votaciónumano :por correo designadoselectrónico ComisiónEscrutadora: Escrutinio19 de diciembre de 2023.Escrutinio: Se llevará acabo mediante sesiónmeet. secretario general(delegado del DG);dos (2)representantes delos candidatoselegidos por loscandidatosinscritos;Coordinador Grupode Talento Humano(Secretario de |Comisión ) = Pagina 5 de 6(2419COLOMBIA ffPOTENCIA DE LA a pei f (e)VIDA _ ce atado E © ACTIVIDAD FECHA MEDIO RESPONSABLERresentación Es 20 de diciembre de 2023, | Correo institucional CandidatosReclamaciones 21 de diciembrede 2023.Respuesta areclamaciones Correo institucionalCoordinación Grupode Talento Humano Rublicaciónide 22 de diciembre de 2023.Grupo de TalentoHumano Coordinación Gruporesultados de Talento Humano | Parágrafo 1. El voto es personal, secreto y una vez emitido, no podrá realizarsenuevamente dentro del horario establecido y en la fecha de la elección. Los mediosutilizados para la jornada de elecciones serán aprobados por el Grupo de TrabajoTalento Humano e informados a los jurados de votación, quienes deberán realizar lasupervisión y control requerido.

Parágrafo 2. Los funcionarios que se inscribieron en el marco de la convocatoriaefectuada mediante la Resolución No. 2073 del 2 de noviembre de 2023, podrán volvera presentar postulación para participar en la convocatoria efectuada a través delpresente acto administrativo. ARTÍCULO 4°, De acuerdo con lo previsto en la Resolución No. D-398 del 26 deseptiembre de 2019, los Representantes de los empleados y sus suplentes ante elComité de Convivencia Laboral del Servicio Geológico Colombiano para el periodo2023-2025, serán elegidos por un periodo de dos (2) años, a partir del vencimientodel período actual. ARTÍCULO 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición yderoga la Resolución No. 2073 del 2 de noviembre de 2023, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá D.C., Secretaria General Elaboró: Luz Angela Amórtegui, Abogada Contratista GTH yRevisó: Fernando de Jesús Blanco Mojica, Coordinador GTH añ Página 6 de 6

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