SGC - Resolución DGB-010 de 2022
Detalles
- Título
- SGC - Resolución DGB-010 de 2022
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2022
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RESOLUCIÓN No. DGB-010-2022
POR LA CUAL SE RESUELVE LA SOLICITUD DE REGISTRO EN EL INVENTARIONACIONAL GEOLÓGICO Y PALEONTOLÓGICO, CORRESPONDIENTE AL TRÁMITENo. 20222600063302 LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE GEOCIENCIAS BÁSICAS DEL SERVICIO GEOLÓGICOCOLOMBIANO En uso de sus facultades legales establecidas en el Decreto Ley 4131 de 2011, en elnumeral 9 del artículo 6 del Decreto 2703 de 2013, modificado por el Decreto 1353 de 2018,el Decreto 1073 de 2015 y la Resolución No. D-192 de 2022, y, CONSIDERANDO Que mediante el Decreto Ley 4131 de 2011 se asignó al Servicio Geológico Colombiano lacompetencia para “identificar, evaluar y establecer zonas de protección, que en razón de lapresencia de patrimonio geológico o paleontológico del país, puedan considerarse áreasprotegidas”. Que de conformidad con el Decreto 2703 de 2013 la Dirección General tiene dentro de susfunciones, entre otras, las siguientes: (i) realizar las actividades necesarias para desarrollare implementar las políticas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país(ii) promover las acciones de competencia de la entidad en materia de protección delpatrimonio geológico o paleontológico del país e (iii) identificar, evaluar y establecer zonasde protección del patrimonio geológico o paleontológico del país.
Que teniendo en cuenta las funciones enunciadas, el Servicio Geológico Colombiano es laautoridad competente a nivel nacional para la protección del patrimonio geológico ypaleontológico, así como para promover las acciones correspondientes para dichaprotección, de allí que esté facultado para determinar las acciones y gestiones necesariasencaminadas a la conservación del patrimonio geológico o paleontológico mueble einmueble. Que mediante la Resolución D-334 del 18 de agosto de 2017, la Dirección General delServicio Geológico Colombiano delegó a la Dirección Técnica de Geociencias Básicas, lasfunciones de realizar las actividades necesarias para desarrollar e implementar las políticasde protección del patrimonio geológico o paleontológico del país, promover las acciones decompetencia de la entidad en materia de protección del patrimonio geológico o paleontológicodel país e identificar, evaluar y establecer zonas de protección del patrimonio geológico opaleontológico del país. Que el Servicio Geológico Colombiano a través de la Dirección de Geociencias Básicas escompetente para valorar, declarar y registrar los bienes muebles de interés geológico ypaleontológico de la Nación, autorizar la tenencia temporal, exportación temporal,movilización y/o exhibición de los bienes de interés geológico y paleontológico, así comotodas las acciones necesarias para promover la debida custodia, y protección del patrimoniogeológico y paleontológico de la Nación, en virtud de lo establecido en el Decreto Ley 4131de 2011, Decreto 2703 de 2013 y Decreto 1073 de 2015.
Que mediante el Decreto 1353 del 31 de julio de 2018 por medio del cual se adiciona elDecreto 1073 de 2015, se estableció el Sistema de Gestión Integral del Patrimonio Geológicoy Paleontológico de la Nación para la identificación, protección, conservación, rehabilitacióny la transmisión a las futuras generaciones del Patrimonio Geológico y Paleontológico, comoparte del Patrimonio de la Nación, el cual contempla como instrumentos de identificación,protección y conservación, el Registro de bienes muebles de interés geológico y Página 1 de 5 “ASERVICIO El futuroGEOLÓGICO ña 67 tc detodos | MinenergíaCOLOMBIANO POR LA CUAL SE RESUELVE LA SOLICITUD DE REGISTRO EN EL INVENTARIO NACIONAL GEOLOGICO YPALEONTOLOGICO CORRESPONDIENTE Al. TRAMITE No. 20222600063302 paleontológico en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico-INGEP, de conformidadcon lo señalado en los artículos 2.2.5.10.1.1 y 2.2.5.10.1.2, facultando al Servicio GeológicoColombiano para establecer la metodología y el procedimiento a seguir para la declaratoriade los bienes de interés geológico y paleontológico mueble en cumplimiento de lo dispuestoen el artículo 2.2.5.10.4 del Decreto 1073 de 2015. Que acorde con lo expuesto, el Servicio Geológico Colombiano expidió la Resolución No.732 de 2018, derogada por la resolución 192 de 2022, por medio de la cual se establecieronlos requisitos y procedimientos para la gestión integral del Patrimonio Geológico yPaleontológico de la Nación, y, en su artículo 4 y siguientes reguló lo relacionado con elRegistro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de bienes muebles de interésgeológico y paleontológico.
Que teniendo en cuenta que sólo se declarará como bien de interés geológico ypaleontológico todo aquel elemento, pieza y/o colección que desde el punto de vistacientífico, educativo y cultural posea un valor intrínseco y/o de representatividad; mediante laResolución No. 858 del 19 de diciembre del 2018, derogada por la Resolución D-290 del 12de octubre del 2021, se adoptó la “Metodología de Valoración de patrimonio geológico ypaleontológico mueble”, la cual analiza estas características y permite identificar los posiblesbienes de interés que hacen parte del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación ypor lo tanto sean registrados en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico — INGEP. Que en el marco de la metodología de valoración se contempla que parte de la naturaleza delas colecciones consiste en incrementar y actualizar permanentemente su inventario, sea poradquisición de nuevas piezas, por actividades de investigación, excavación o colecta,intercambio entre entidades, entregas o donaciones, entre otras. Característica que implicaque el Registro en el INGEP de las mismas se constituya en un proceso continuo depermanente actualización. Que el 28 de febrero de 2020, el grupo Museo Geológico e Investigaciones Asociadas de laDirección de Geociencias Básicas del Servicio Geológico Colombiano, realizó una visita a laCorporación de la Cultura y Turismo EcológicoMuseo de Agualinda identificada con el NITNo. 900092295-4, con la finalidad socializar el procedimiento de Registro en el inventarioNacional Geológico y Paleontológico de bienes muebles de interés geológico ypaleontológico y de esa forma adelantar las labores necesarias para identificar, caracterizary valorar la colección geológica bajo la custodia de esta entidad y proceder a su declaratoriacomo Bien de Interés Geológico y Paleontológico.
Que los días 24 y 25 de noviembre del año 2021, el Grupo Museo Geológico eInvestigaciones Asociadas de la Dirección de Geociencias Básicas, realizó una visita técnicaa la Corporación de la Cultura y Turismo Ecolégico-Museo de Agualinda, con el objetivo deapoyar el levantamiento del inventario de la colección geológica, conformadapor 175 piezas,correspondientes a elementos paleontológicos. Asimismo, se diligenció la ficha de solicitudde Registro en el INGEP, el marcado de piezas y toma de fotografías, con la finalidad dedeterminar su declaratoria como bien mueble de interés geológico y paleontológico y enconsecuencia su registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico — INGEP. Que el Museo Arqueológico y Paleontológico de Agualinda es el nombre que recibe el espaciode exhibición organizado por la entidad privada denominada Corporación de cultura y turismoecológico — Museo Agualinda identificada con el NIT 900092295 — 4, representadalegalmente por la señora Durley Xiomara Molina Moros identificada con cédula de ciudadaníaNo. 60.315.616 y se ubica en el kilómetro 7-2, vereda Agualinda del municipio de los Patios,Norte de Santander y cuenta con una colección conformada por fósiles colectados por elseñor Saddy Molina Escalante identificado con cédula de ciudadanía No. 1.925.223 con la Página 2 de 5SERVICIO aireGEOLÓGICO (ña % El fur MinenergiaCOLOMBIANO
POR LA CUAL SE RESUELVE LA SOLICITUD DE REGISTRO EN EL INVENTARIO NACIONAL GEOLOGICO YPALEONTOLOGICO CORRESPONDIENTE AL TRAMITE No. 20222600063302 intención de rescatar el pasado del planeta tierra y dar a conocer las riquezas paleontológicasy arqueológicas que se han encontrado y se siguen encontrado en la vereda Agualinda. Que con fundamento en lo anterior y en cumplimiento a lo señalado en el Decreto 1073 de2015 y la Resolución No. 192 de 2022, la Dirección de Geociencias Básicas del ServicioGeológico Colombiano a través del Grupo Museo Geológico e Investigaciones Asociadas,inició el trámite de Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de laColección Geológica de la Corporación de Cultura y Turismo Ecológico - Museo de Agualindaubicada del municipio de Los Patios, Norte de Santander, compuesta por ciento setenta ycinco (175) piezas y adelantar su declaratoria como bien de interés geológico ypaleontológico. CONCEPTO TÉCNICO Que una vez realizada la evaluación técnica sustentada en el Informe de Caracterización yValoración de la Colección Geológica de la Corporación de Cultura y Turismo Ecológico -Museo de Agualinda, por parte de la Dirección de Geociencias Básicas, Grupo MuseoGeológico e Investigaciones Asociadas del Servicio Geológico Colombiano, conforme a laMetodología de Valoración del patrimonio geológico y paleontológico mueble o ex situ, seevidenció lo siguiente:
Que la colección geológica de la Corporación de Cultura y Turismo Ecológico - Museo deAgualinda (Museo Arqueológico y Paleontológico de Agualinda) está integrada por 175piezas paleontológicas que representan grupos de vertebrados (mamíferos, peces y reptiles),invertebrados (ammonoideos, bivalvos y un equinodermo) y plantas asociadas a trestemporalidades: Cretácico, Plioceno y Pleistoceno. Que la colección geológica del Museo Arqueológico y Paleontológico de Agualinda (Culturay Turismo Ecológico - Museo de Agualinda) nació por iniciativa del señor Saddy MolinaEscalante identificado con cédula de ciudadanía No. 1.925.223, oriundo del municipio deGramalote, Norte de Santander, quien tuvo la iniciativa de conformar un museo, tras conoceralgunos hallazgos de restos óseos en la vereda Agualinda del municipio de los Patios, Nortede Santander por lo que se estableció dicho lugar desde la década de 1970. Desde entoncesse dedicó a reconocer lugares en la vereda y colectar elementos arqueológicos ypaleontológicos con los que conformó una colección que le permitió cumplir su objetivo decrear el Museo Arqueológico y Paleontológico de Agualinda, el cual se inauguró en el año2000. Que una vez verificado el cumplimiento de lo señalado en el artículo 5 de la Resolución 192de 2022, así como a lo señalado en el artículo 2.2.5.10.3 en concordancia con los artículos2.2.5.10.1.1 y 2.2.5,10.1.2 del Decreto 1073 de 2015 y a la Resolución 290 de 2021, seconcluye que la colección presenta los siguientes valores: Valor científico
Valor científico Que la colección geológica de la Corporación de Cultura y Turismo Ecológico - Museo deAgualinda (Museo Arqueológico y Paleontológico de Agualinda) está integrada por piezasrepresentativas del registro fósil de la megafauna que habitó Colombia durante el Pleistocenoe incluye grupos de mamíferos como megatéridos, proboscideos y toxodóntidos y las cualespodrían estar relacionadas a evidencias arqueológicas, proporcionando una gran posibilidadde estudiar las interacciones entre los pobladores humanos y estos grupos de organismos.La colección también cuenta con piezas de uno de los pocos registros de gliptodontespliocénicos en el país y el Único para Norte de Santander, Las piezas de la colecciónprovenientes de rocas de la Formación la Luna, constituyen la posibilidad de rescatar parte Página 3 de 5 AEl futuro i$ es de todos Mine pecas POR LA CUAL SE RESUELVE LA SOLICITUD DE REGISTRO EN EL INVENTARIO NACIONAL GEOLÓGICO YPALEONTOLÓGICO CORRESPONDIENTE AL TRÁMITE No. 20222600063302
del registro fósil de ammonoideos, peces y reptiles marinos para el Cretácico Superior de unazona inmersa en actividades de explotación minera. Valor educativo Que la colección geológica de la Corporación de Cultura y Turismo Ecológico - Museo deAgualinda (Museo Arqueológico y Paleontológico de Agualinda) es un espacio de referenciaen temas divulgativos de las evidencias de la vida antigua y el conocimiento de la prehistoriaen Norte de Santander, principalmente de los diferentes grupos de organismos que habitaronel mar Cretácico y aquellos representativos de los grandes mamíferos que habitaronColombia durante el Pleistoceno. Mediante la exposición de su colección, el museo permitetener un acercamiento por parte de grupos estudiantiles de colegios y universidades y delpúblico en general al patrimonio paleontológico de la vereda Agualinda. La integración en elmismo espacio de elementos arqueológicos y paleontológicos permite generar un discursoentorno a la interacción que pudo existir entre grupos de cazadores recolectores y lamegafauna que habitó Colombia durante el Pleistoceno, a partir de las evidencias que en elterritorio se han encontrado mostrando la asociación de artefactos líticos y restos óseos degrupos como proboscídeos. Valor cultural
Valor cultural Que la colección geológica de la Corporación de Cultura y Turismo Ecológico - Museo deAgualinda (Museo Arqueológico y Paleontológico de Agualinda) es un referente regional porsu labor en la protección e identificación del patrimonio paleontológico de la vereda Agualindadel municipio de Los Patios, Norte de Santander. De allí que el señor Saddy Molina principalrecolector de las piezas del museo y quien ha dedicado la mayor parte de su vida amaterializar el sueño de contar con este espacio, sea uno de los personajes representativosdel municipio de Los Patios. De allí, que para los habitantes de Agualinda el museo seconstituya como el sitio de resguardo de las piezas paleontológicas halladas en su territorioy por tanto el lugar donde se reconoce la importancia de los vestigios del pasado. Que asimismo, la colección geológica se relaciona con otras manifestaciones patrimonialesprincipalmente de tipo arqueológico y las cuales permiten tener un panorama más amplio dela riqueza en evidencias de la prehistoria del departamento de Norte de Santander. Que una vez analizada la información allegada y adelantada la valoración de la colecciónconforme al concepto técnico expuesto, se concluye que la colección geológica de laCorporación de Cultura y Turismo Ecológico - Museo de Agualinda (Museo Arqueológico yPaleontológico de Agualinda) debe ser declarada como Bien mueble de Interés Geológico yPaleontológico según lo determina el artículo 2.2.5.10.1.2 del Decreto 1353 de 2018 y laResolución No. 290 de 2021, por lo que, se procederá a su registro en el inventario NacionalGeológico y Paleontológico - INGEP, de acuerdo al artículo 6 de la Resolución No. 192 de2022 y demás normas que regulan la materia.
Que teniendo en cuenta que toda colección está sujeta a incrementar su tamaño por entregasvoluntarias, nuevos hallazgos o por procesos de excavación paleontológica, es necesario quea medida que se adquieran nuevas piezas estas sean reportadas y adicionadas al presenteRegistro con el fin de deciararlas como bienes de interés geológico y paleontológico y seregistre en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico — INGEP, en el marco de laidentificación y protección del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación. Que las 175 piezas relacionados en el Anexo “Listado de piezas de la colección”, que haceparte integral de la presente Resolución, conforman la Colección Geológica la Corporaciónde Cultura y Turismo Ecológico - Museo de Agualinda (Museo Arqueológico y Paleontológico Página 4 de 5SERIO El futuro 1GEOLÓGICO la G esdetodos MinenerglaCOLOMBIANO POR LA CUAL SE RESUELVELA SOLICITUD DE REGISTRO EN EL INVENTARIO NACIONAL GEOLÓGICO YPALEONTOLÓGICO CORRESPONDIENTE AL TRÁMITE No. 20222600063302 de Agualinda) y por lo tanto, hacen parte del patrimonio geológico y paleontológico de laNación, dado que es un elemento representativo para el país debido a que cumple con losvalores científico, educativo y cultural, y, permite conocer, estudiar e interpretar el origen yevolución de la Tierra, los procesos que la han modelado, los climas y paisajes dei pasado yel presente.
Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar la Colección Geológica de la Corporación de Cultura yTurismo Ecológico - Museo de Agualinda (Museo Arqueológico y Paleontológico deAguatinda) identificada con el NIT No. 900092295 — 4 y ubicada en el kilómetro 7-2 de lavereda Agualinda del municipio de Los Patios, Norte de Santander, como bien mueble deinterés geológico y paleontológico de la Nación en virtud de su relevancia científica, educativay cultural, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente resolución, y dela cual hacen parte las 175 piezas relacionadas en el Anexo "Listado de piezas de lacolección” que hace parte integral de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. -— Ordenar el Registro en el Inventario Nacional Geológico yPaleontológico - INGEP del bien de interés geológico y paleontológico relacionado en elartículo primero y las piezas que la conforman y en consecuencia otorgar el código INGEP-M-139, el cual podrá ser consultado en la página web del Servicio Geológico Colombiano. ARTÍCULO TERCERO. - Advertir a la Corporación de Cultura y Turismo Ecológico — MuseoAgualinda identificada con el NIT No. 900092295 — 4 o a quien haga sus veces, que en casode que se realicen entregas voluntarias a la colección o se les reporten hallazgos, estasdeberán ser informadas al Servicio Geológico Colombiano para adicionar el presente registro,de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. - Notificar la presente decisión a la Corporación de Cultura y TurismoEcológico — Museo Agualinda a través de su representante legal o quien haga sus veces, enel kilómetro 7 - 2 de la vereda Agualinda del municipio de Los Patios, Norte de Santander yal correo electrónico juliana13roa@gmail.com, de conformidad con lo establecido en losartículos 66 y 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo ContenciosoAdministrativo. ARTÍCULO QUINTO. — Contra el presente acto administrativo procede el recurso dereposición, el cual se podrá interponer con las formalidades legales, por escrito ante laDirección de Geociencias Básicas de! Servicio Geológico Colombiano dentro de los diez (10)dias siguientes a la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en tosartículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo ContenciosoAdministrativo.
COMUNÍQUBS UMPLASEde a de 2022
Basigas del Servicio Geológico Colombiano (E) JOS Director de Geocienciag Proyectó Jonatan Bustos, Museo Geológico e Investigationes Asociadas 5) f GeeRevisó y aprobó aspectos técnicos Marcela Gómez Pégez, Coordinadora Museo Geológico e Investigaciones Asociadas UL WR ULLACY AReviso aspectos jurídicos Laura N Forero, Abogada Oficina Asesora Juridica, SGCAprobó aspectos juridicos Luz Alexandra Rincón Malaver, Jefe Oficina Asesora Juridica, SGC. AÁ Página 5 de 5