SGC - Resolución DGB-014 del 2022

Servicio Geológico Colombiano

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Detalles

Título
SGC - Resolución DGB-014 del 2022
Autor
Servicio Geológico Colombiano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Desastres Naturales
Año
2022

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RESOLUCIÓN No. DGB - 014

POR LA CUAL SE RESUELVE LA SOLICITUD DE REGISTRO EN EL INVENTARIO

NACIONAL GEOLÓGICO Y PALEONTOLÓGICO, CORRESPONDIENTE AL TRÁMITE

NO. 20222600091832

LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE GEOCIENCIAS BÁSICAS DEL SERVICIO GEOLÓGICO

COLOMBIANO

En uso de sus facultades legales establecidas en el Decreto Ley 4131 de 2011, en el numeral 9 del artículo 6 del Decreto 2703 de 2013, modificado por el Decreto 1353 de 2018, el Decreto 1073 de 2015 y la Resolución No. D-192 de 2022, y,

C O N S I D E R A N D O

Que mediante el Decreto Ley 4131 de 2011 se asignó al Servicio Geológico Colombiano la competencia para “identificar, evaluar y establecer zonas de protección, que en razón de la presencia de patrimonio geológico o paleontológico del país, puedan considerarse áreas protegidas”.

Que de conformidad con el Decreto 2703 de 2013 la Dirección General tiene dentro de sus funciones, entre otras, las siguientes: (i) realizar las actividades necesarias para desarrollar e implementar las políticas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país (ii) promover las acciones de competencia de la entidad en materia de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país e (iii) identificar, evaluar y establecer zonas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país.

Que teniendo en cuenta las funciones enunciadas, el Servicio Geológico Colombiano es la

patrimonio geológico o paleontológico del país e (iii) identificar, evaluar y establecer zonas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país.

Que teniendo en cuenta las funciones enunciadas, el Servicio Geológico Colombiano es la autoridad competente a nivel nacional para la protección del patrimonio geológico y paleontológico, así como para promo ver las acciones correspondientes para dicha protección, de allí que esté facultado para determinar las acciones y gestiones necesarias encaminadas a la conservación del patrimonio paleontológico mueble e inmueble.

Que mediante la Resolución D -334 del 18 de agosto de 2017, la Dirección General del Servicio Geológico Colombiano delegó a la Dirección Técnica de Geociencias Básicas, las funciones de realizar las actividades necesarias para desarrollar e implementar las políticas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país, promover las acciones de competencia de la entidad en materia de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país e identificar, evaluar y establecer zonas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país.

Que el Servicio Geológico Colombiano a través de la Dirección de Geociencias Básicas es competente para valorar, declarar y registrar los bienes muebles de interés geológico y paleontológico de la Nación, autorizar la tenencia temporal, exportación temporal, movilización y/o exhibición de los bienes de interés geológico y paleontológico, así como todas las acciones necesarias para promover la debida custodia, y protección del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación, en virtud de lo establecido en el Decreto Ley 4131

todas las acciones necesarias para promover la debida custodia, y protección del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación, en virtud de lo establecido en el Decreto Ley 4131 de 2011, Decreto 2703 de 2013 y Decreto 1073 de 2015.

Que mediante el Decreto 1353 del 31 de julio de 2018 por medio del cual se adiciona el Decreto 1073 de 2015, se estableció el Sistema de Gestión Integral del P atrimonio Geológico y Paleontológico de la Nación para la identificación, protección, conservación, rehabilitación y la transmisión a las futuras generaciones del Patrimonio Geológico y Paleontológico, como parte del Patrimonio de la Nación, el cual contem pla como instrumentos de identificación, protección y conservación el Registro de bienes muebles de interés geológico y paleontológico en el Inventario Nacional Geológico y PaleontológicoINGEP de conformidad con lo señalado en los artículos 2.2.5.10.1.1 y 2.2.5.10.1.2, facultando al Servicio Geológico Colombiano para establecer la metodología y el procedimiento a seguir para la declaratoria de los bienes de interés geológico y paleontológico mueble en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.5.10.4.

Que acorde con lo expuesto, el Servicio Geológico Colombiano expidió la Resolución No. 732 de 2018, derogada por la Resolución D -192 del 17 de junio del 2022, por medio de la

cual se establecieron los requisitos y procedimientos para la gestión integral del Patrimonio“Por medio la cual se resuelve la solicitud de registro en el inventario nacional geológico y paleontológico, correspondiente al trámite No. 20222600091832”

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Geológico y Paleontológico de la Nación, y, en su artículo 4 y siguientes reguló lo relacionado con el Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico.

Que teniendo en cuenta que sólo se declarará como bien de interés geológ ico y paleontológico todo aquel elemento, pieza y/o colección que desde el punto de vista científico, educativo y cultural posea un valor intrínseco y/o de representatividad; mediante la Resolución No. 858 del 19 de diciembre del 2018, derogada por la Resolución D-290 del 12 de octubre del 2021, se adoptó la “Metodología de Valoración de patrimonio geológico y paleontológico mueble” , la cual analiza estas características y permite identificar los posibles bienes de interés que hacen parte del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación y por lo tanto sean registrados en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico

(INGEP).

Que en el marco de la metodología de valoración se contempla que parte de la naturaleza de las colecciones consiste en incrementar y actualizar permanentemente su inventario, sea por adquisición de nuevas piezas, por actividades de investigación, excavación o colecta, intercambio entre entidades, entregas o donaciones, entre otras. Característica que implica que el Registro en el INGEP de la misma se constituya en un proceso continuo de permanente actualización.

Que el 16 de septiembre de 2021 mediante comunicación electrónica, el señor John Jairo

implica que el Registro en el INGEP de la misma se constituya en un proceso continuo de permanente actualización.

Que el 16 de septiembre de 2021 mediante comunicación electrónica, el señor John Jairo Sánchez Aguilar identificado con cédula de ciudadanía No. 75.064.107 poseedor de la Colección de Rocas Volcánicas, ubicada en la Calle 65 No. 78 – 28, bloque M1, oficina 316 de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia – Sede Medellín, , solicitó al grupo de trabajo de Museo Geológico e Investigaciones Asociadas de la Dirección de Geociencias Básicas del Servicio Geológico Colombiano solicitud de información sobre el proceso de registro de las piezas en el INGEP.

Que mediante radicado SGC No. 20213800053891d el 22 de septiembre de 2021 se dio respuesta a la solicitud enviando la información correspondiente para proceder con el inicio del trámite de registro en el inventario nacional geológico y paleontológico y adelantar el registro de las piezas

Que atendiendo a la información suministrada, el 22 de octubre de 2021, el señor John Jairo Sánchez Aguilar presentó solicitud de registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de 112 piezas de la colección geológica que está en su posesión derivada de la colecta producto del ejercicio de docencia.

Que el 22 de noviembre de 2021 se llevó a cabo reunión entre el grupo de trabajo de Museo Geológico e Investigaciones Asociadas con el señor John Jairo Sánchez Aguilar con el fin de socializar el procedimiento de registro, solucionar dudas y realizar una entr evista enfocada en la información de la colección para adelantar el Registro en el INGEP; para

Geológico e Investigaciones Asociadas con el señor John Jairo Sánchez Aguilar con el fin de socializar el procedimiento de registro, solucionar dudas y realizar una entr evista enfocada en la información de la colección para adelantar el Registro en el INGEP; para adelantar las labores necesarias para identificar, caracterizar y valorar el conjunto de elementos geológicos bajo la custodia su custodia y proceder a su declar atoria y registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico como Bien de Interés Geológico y Paleontológico.

Que el 29 de noviembre de 2021 y 8 de abril de 2022, el señor John Jairo Sánchez Aguilar adicionó la solicitud de registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico con 69 piezas, para un total de 181 que componen la Colección Geológica de Rocas Volcánicas.

Que con fundamento en lo anterior y en cumplimiento a lo señalado en el Decreto 1073 de 2015 y la Resolución No. D-192 de 2022, la Dirección de Geociencias Básicas del Servicio Geológico Colombiano a través del Grupo Museo Geológico e Investigaciones Asociadas, inició el trámite de Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico de la Colección de Rocas Volcánicas, ubicada en la calle 65 #78 – 28, bloque M1, oficina 316 de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia (sede Medellín) en la ciudad de Medellín, Antioquia, compuesta por ciento ochenta y un (181) piezas y adelantar su declaratoria como bien de interés geológico y paleontológico.

CONCEPTO TÉCNICO“Por medio la cual se resuelve la solicitud de registro en el inventario nacional geológico y paleontológico,

declaratoria como bien de interés geológico y paleontológico.

CONCEPTO TÉCNICO“Por medio la cual se resuelve la solicitud de registro en el inventario nacional geológico y paleontológico, correspondiente al trámite No. 20222600091832”

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Que una vez realizada la evaluación técnica sustentada en el Informe de Caracterización y Valoración de la Colección de Rocas Volcánicas por parte de la Dirección de Geociencias Básicas, Grupo Museo Geológico e Investigaciones Asociadas del Servicio Geológ ico Colombiano, conforme a la Metodología de Valoración del patrimonio geológico y paleontológico mueble o ex situ, se evidenció lo siguiente:

Que la colección está compuesta ciento ochenta y un (181) piezas, donde se tiene diferentes elementos petrográf icos que registran una gran diversidad de procesos volcánicos; colección que ha sido conformada principalmente por medio de jornada de colecta y donaciones realizadas por el Dr. John Jairo Sánchez Aguilar en ejercicio de su labor profesional y docente.

Que las piezas que conforman esta colección fueron algunas donadas desde fuera de país y otras recolectadas en varios lugares de Colombia (Complejo Volcánico Nevado del Ruiz, Complejo Volcánico Chiles Cerro Negro, Complejo Volcánico Cumbal, Complejo Volcánico Azufral, Formación Saldaña, Macizo Ofiolítico de Ginebra entre otros); y han sido clasificadas por el Dr. John Jairo Sánchez Aguilar en colaboración con sus estudiantes de tesis y proyectos de investigación de diferentes universidades del país.

Que los factores que llevaron a la conformación de la Colección de Rocas Volcánicas se

clasificadas por el Dr. John Jairo Sánchez Aguilar en colaboración con sus estudiantes de tesis y proyectos de investigación de diferentes universidades del país.

Que los factores que llevaron a la conformación de la Colección de Rocas Volcánicas se remontan al año 2010, donde por iniciativa del Dr. John Jairo Sánchez Aguilar ve la necesidad de agrupar las diferentes piezas geológicas que se recolectaron en salidas de campo enfocadas en vulcanología en el territorio colombiano. El propósito de su creación se centró en la docencia siendo estas piezas adquiridas y recolectadas como insumo complementario para l a formación académica de los estudiantes de pregrado de los programas de Geología e Ingeniería geológica.

Que respecto al uso dado a las piezas, a lo largo de los años, la colección ha sido utilizada con fines investigativos por estudiantes de pregrado, posgrado e investigadores particulares que han trabajado a lo largo de los años con el Dr. John Jairo Sánchez Aguilar. Las piezas han sido utilizadas en exposiciones de clase, prácticas de laboratorio y ocasionalmente se comparten en modalidad de préstamo a otras instituciones. Adicionalmente desde su creación se han realizado diferentes análisis de las piezas rutinariamente por medio de inspección visual directa, utilizando ayudas como lupas y estereoscopios.

Que una vez verificado el cumplimiento de lo señalado en el artículo 5 de la Resolución D192 de 2022, así como a lo señalado en el artículo 2.2.5.10.3 en concordancia con los artículos 2.2.5.10.1.1 y 2.2.5.10.1.2 del Decreto 1073 de 2015 y a la Resolución D -290 de 2021, se concluye que la colección presenta los siguientes valores:

artículos 2.2.5.10.1.1 y 2.2.5.10.1.2 del Decreto 1073 de 2015 y a la Resolución D -290 de 2021, se concluye que la colección presenta los siguientes valores:

Valor científico Que la Colección de Rocas Volcánicas conserva piezas geológicas que registran diversos tipos de procesos de actividad volcánica; son piezas típicas que relacionan estos procesos a partir de caracte rísticas muy especiales en su forma y en la diversidad morfológica que mantienen.

Que al ser piezas que tienen su origen tanto por donaciones internacionale s como por colecta en varios lugares de Colombia (Complejo Volcánico Nevado del Ruiz, Complejo Volcánico Chiles Cerro Negro, Complejo Volcánico Cumbal, Complejo Volcánico Azufral, Formación Saldaña, Macizo Ofiolítico de Ginebra entre otros) por parte del Dr. John Jairo Sánchez Aguilar y sus estudiante, ésta colección constituye un recurso valioso en el estudio y entendimiento de los complejos volcánicos del país además de constituir un recurso para el conocimiento del público en general y el desarrollo de diferentes investigaciones enfocadas en el estudio de estos sistemas dinámicos. Alguna s de estas investigaciones han sido plasmadas a lo largo de los años en tesis de pregrado, posgrado y publicaciones que involucran el uso de las piezas de la colección y el estudio a detalle de sus características.

Valor educativo Que l a Colección de Roca s Volcánicas se destaca por la estrecha relación con las actividades de índole pedagógico e investigativo que involucran estudiantes de pregrado, posgrado e investigadores; donde las piezas que la conforman son insumo para el

Que l a Colección de Roca s Volcánicas se destaca por la estrecha relación con las actividades de índole pedagógico e investigativo que involucran estudiantes de pregrado, posgrado e investigadores; donde las piezas que la conforman son insumo para el desarrollo de tesis de grado y publicaciones en boletines geológicos colombianos. Adicional“Por medio la cual se resuelve la solicitud de registro en el inventario nacional geológico y paleontológico, correspondiente al trámite No. 20222600091832”

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a esto a partir de las investigaciones realizadas desde su conformación se han realizado diferentes producciones científicas; las cuales se han presentado en diversos espacios de divulgación de las geociencias en el país.

Valor cultural Que en diferentes investigaciones de la Colección de Rocas Volcánicas se ha realizado un trabajo en conjunto con las comunidades que se asocian a las piezas de interés por medio de procesos de socialización y explicaciones sobre los procesos que formaron estas piezas. Por ejemplo, el trabajo en instituciones educativas el municipio de Cumbal (Nariño, Colombia) realizando una socialización acerca de amenazas volcánicas llevando piezas para los talleres.

Que una vez analizada la información allegada y adelantada la valoración de la colección conforme al concepto técnico expuesto, se concluye que la Colección de Rocas Volcánicas debe ser declarada como bien mueble de interés geológico y paleontológico conforme a los artículos 2.2.5.10.1.1 y 2.2.5.10.1.2 del Decreto 1073 de 2015, y la Resolución No. D -290 de 2021, por tanto, se procederá a su registro en el Inventario Nacional Geológico y

artículos 2.2.5.10.1.1 y 2.2.5.10.1.2 del Decreto 1073 de 2015, y la Resolución No. D -290 de 2021, por tanto, se procederá a su registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico - INGEP, de acuerdo al artículo 6 de la Resolución No. D -192 de 20 22 y demás normas que regulan la materia.

Que teniendo en cuenta que toda colección está sujeta a incrementar su tamaño por entregas voluntarias, nuevos hallazgos o por procesos de excavación paleontológica, es necesario que a medida que se adquieran nue vas piezas estas sean reportadas y adicionadas al presente Registro con el fin de declararlas como bienes de interés geológico y paleontológico y se registre en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico – INGEP, en el marco de la identificación y p rotección del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación.

Que las 181 piezas relacionadas en el Anexo “Listado de piezas de la colección”, que hace parte integral de la presente Resolución, conforman la Colección Geológica de Rocas Volcánicas, y por lo tanto, hacen parte del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación, dado que es un elemento representativo para el país debido a que cumple con los valores científico, educativo y cultural, y, permite conocer, estudiar e interpr etar el origen y evolución de la Tierra, los procesos que la han modelado, los climas y paisajes del pasado y el presente.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. – Declarar la Colección de Rocas Volcánicas, ubicada en la calle

y el presente.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. – Declarar la Colección de Rocas Volcánicas, ubicada en la calle 65 #78 – 28, bloque M1, oficina 316 de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia (sede Medellín) en la ciudad de Medellín, Antioquia, como bien de interés geológico y paleontológico de la Nación en virtud de su relevancia científica, educativa y cultural, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente resolución, y de la cual hacen parte las 181 piezas relacionadas en el Anexo “Listado de piezas de la colección” que hace parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. – Ordenar el Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico - INGEP del bien de interés geológico y paleontológico relaciona do en el artículo primero y las piezas que la conforman y en consecuencia otorgar el código INGEPM-143, el cual podrá ser consultado en la página web del Servicio Geológico Colombiano.

ARTÍCULO TERCERO. – Advertir al Dr. John Jairo Sánchez Aguilar, que en caso de que se realicen entregas voluntarias, las piezas deberán ser reportadas en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico - INGEP de la Colección de Rocas Volcánicas identificada con el Registro INGEP No. M-143, en virtud de l as recomendaciones hechas por el Servicio Geológico Colombiano y a la dinámica de la colección de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO. – Notificar personalmente la presente decisión al Dr. John Jairo

por el Servicio Geológico Colombiano y a la dinámica de la colección de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO. – Notificar personalmente la presente decisión al Dr. John Jairo Sánchez Aguilar, al correo electrónico autorizado jjsanchezag@unal.edu.co, d e conformidad con lo establecido en los artículos 56 y 67 del Código de Procedimiento“Por medio la cual se resuelve la solicitud de registro en el inventario nacional geológico y paleontológico, correspondiente al trámite No. 20222600091832”

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Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO QUINTO. – Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer con las formalidades legales, por escrito ante la Dirección de Geociencias Básicas del Servicio Geológico Colombiano dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de noviembre de 2022

JOSÉ GILBERTO BERMÚDEZ

Director de Geociencias Básicas del Servicio Geológico Colombiano (E)

Proyectó: Luisa Fernanda Rengifo Cajias, Museo Geológico e Investigaciones Asociadas Revisó y aprobó aspectos técnicos: Marcela Gómez Pérez, Coordinadora Museo Geológico e Investigaciones Asociadas

Proyectó: Luisa Fernanda Rengifo Cajias, Museo Geológico e Investigaciones Asociadas Revisó y aprobó aspectos técnicos: Marcela Gómez Pérez, Coordinadora Museo Geológico e Investigaciones Asociadas Reviso aspectos jurídicos: Laura N. Forero, Abogada Oficina Asesora Jurídica, SGC.

Aprobó aspectos jurídicos: Rubiela González González, Jefe Oficina Asesora Jurídica (E), SGC.

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