SGC - Resolución DGB-1304 del 2023
Detalles
- Título
- SGC - Resolución DGB-1304 del 2023
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2023
Página 1 de 6
RESOLUCIÓN No. DGB-1304
“Por la cual se declara y se ordena el registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico, de la colección geológica del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC)”
LA DIRECTORA TÉCNICA DE GEOCIENCIAS BÁSICAS DEL SERVICIO
GEOLÓGICO COLOMBIANO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto 2703 de 2013 modificado por el artículo 2 del Decreto 1353 de 2018, por el cual se establece la estructura interna del Servicio Geológico Colombiano (SGC) y se determinan las funciones de sus dependencias, señala que la Dirección de Geociencias Básicas tiene dentro de sus funciones, entre otras, las siguientes: “9. Declarar y registrar los bienes muebles de interés geológico y paleontológico de la Nación de acuerdo con su valor intrínseco y/o su representatividad desde el punto de vista científico, estético, educativo, cultural y/o recreativo. 10. Dirigir y coordinar el Inventario Nacional G eológico y Paleontológico con el fin de identificar y proteger el Patrimonio Geológico y Paleontológico de la Nación". Que el Decreto 1353 de 2018 adicionó el capítulo 10 al Título V de la parte 2 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Admi nistrativo de Minas y Energía 1073 de 2015, regulando la gestión integral del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación y determinando que el Servicio Geológico Colombiano es la autoridad competente a nivel nacional para la protección del
Energía 1073 de 2015, regulando la gestión integral del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación y determinando que el Servicio Geológico Colombiano es la autoridad competente a nivel nacional para la protección del patrimonio geológico y paleontológico, así como para promover las acciones correspondientes para dicha protección, de allí que esté facultado para determinar las acciones y gestiones necesarias encaminadas a la conservación del patrimonio paleontológico mueble e inmueble. Que el artículo 2.2.5.10.1 del Decreto 1353 de 2018 estableció el Sistema de Gestión Integral del Patrimonio Geológico y Paleontológico de la Nación para la identificación, protección, conservación, rehabilitación y la transmisión a las futuras generaciones del patrimonio geológico y paleontológico, como parte del patrimonio de la Nación, el cual contempla como instrumentos de identificación, protección y conservación, el registro de bienes muebles de interés geológico y paleontológico en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico -INGEP, facultando al Servicio Geológico Colombiano para establecer la metodología y el procedimiento a seguir para la declaratoria de los bienes de interés geológico y paleontológico. Que mediante la Resol ución D -334 del 18 de agosto de 2017, la Dirección General del Servicio Geológico Colombiano delegó en el(la) Director(a) Técnico(a) de Geociencias Básicas, las funciones de realizar las actividades necesarias para desarrollar e implementar las políticas d e protección del patrimonio geológico o paleontológico del país, promover las acciones de competencia de la entidad en materia de protección del patrimonio geológico oPágina 2 de 6
necesarias para desarrollar e implementar las políticas d e protección del patrimonio geológico o paleontológico del país, promover las acciones de competencia de la entidad en materia de protección del patrimonio geológico oPágina 2 de 6
paleontológico del país e identificar, evaluar y establecer zonas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país. Que en esa medida la Directora técnica de Geociencias Básicas del Servicio Geológico Colombiano es competente para valorar, declarar y registrar los bienes muebles de interés geológico y paleontológico de la Nación; autorizar la tenencia temporal, exportación temporal, movilización y/o exhibición de los bienes de interés geológico y paleontológico, así como todas las acciones necesarias para promover la debida custodia, y protección del patrimonio geológico y paleontológico de la Nación. Que adicionalmente, mediante Resolución D-290 de 2021 el Servicio Geológico Colombiano adoptó la metodología de valoración del patrimonio geológico y paleontológico en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico (INGEP), definiendo los valores y criterios que permitan sustentar la representatividad de piezas o colecciones a nivel nacional. Que mediante Resolución D-192 del 17 de junio del 2022, el Servicio Geológico Colombiano estableció los requisitos y procedimientos para la gestión integral del Patrimonio Geológico y Paleontológico de la Nación, y, en el artículo 4 y siguientes reguló los trámites para el Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico. Que acorde con lo dispuesto en las disposiciones enunc iadas, en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico deben registrarse todos los bienes
siguientes reguló los trámites para el Registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico. Que acorde con lo dispuesto en las disposiciones enunc iadas, en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico deben registrarse todos los bienes geológicos y paleontológicos de interés científico y patrimonial que se identifiquen, dentro de los cuales se encuentran colecciones y piezas geológicas y paleontológicas. Que las colecciones de bienes geológicos y paleontológicos por su naturaleza se encuentran permanentemente actualizando e incrementando, sea por adquisición de nuevas piezas, por actividades de investigación, excavación o colecta, intercambio entre entidades, entregas o donaciones, entre otras, lo cual conlleva a que el Registro en el INGEP de la misma se constituya en un proceso continuo y de permanente actualización. Que en esa medida, en el marco del desarrollo de las actividades necesarias para implementar y ejecutar las políticas de protección del patrimonio geológico y paleontológico del país, el Servicio Geológico Colombiano a través del Grupo de Trabajo de Museo Geológico e Investigaciones Asociadas de la Dirección de Geociencias Básicas, realizó el 15 de octubre de 2021 la revisión del material paleontológico del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), ubicado en el edificio de Laboratorios de la UPTC en la calle 4a sur no . 15 - 134 del municipio de Sogamoso, departamento de Boyacá y que se encuentra administrado por la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, entidad del orden nacional identificada con el N IT 891800330-1, con la finalidad de adelantar las labores
Sogamoso, departamento de Boyacá y que se encuentra administrado por la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, entidad del orden nacional identificada con el N IT 891800330-1, con la finalidad de adelantar las labores necesarias para identificar, caracterizar y valorar el conjunto de elementos geológicos bajo la custodia de esta entidad y proceder a su declaratoria y registro en el Inventario Nacional Geológico y Paleontológico como Bien de Interés Geológico y Paleontológico. Que finalizado el proceso de valoración de la Colección Geológica del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, se presentó el “Informe de caracterización de la Colección Geológica del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la UniversidadPágina 3 de 6
Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC)” de noviembre de 2021, en el cual se concluye lo siguiente: “Considerando lo consignado en este documento, a continuación, se describen los valores científico, educativo y cultural asociados a la colección.
Valor científico:
Que el valor científico de esta colección se sustenta en que ella ha sido resultado y objeto de diversas investigaciones enmarcadas en las actividades universitarias. Entre ell as se destacan las piezas involucradas en las investigaciones sobre las Diatomitas de Chivatá realizadas por Naranjo -Merchan et al., (2007) y Manosalva y Naranjo (2009), los estudios de la Formación Floresta desarrollados por Andrés Felipe Pastor, la investigación de Huber Rosado, y la tesis de grado de Puerto y Barragán (2016), entre otros estudios que se han llevado a cabo con la colección.
Formación Floresta desarrollados por Andrés Felipe Pastor, la investigación de Huber Rosado, y la tesis de grado de Puerto y Barragán (2016), entre otros estudios que se han llevado a cabo con la colección.
Por su parte los fósiles de la colección son un reflejo de la gran la diversidad paleobiológica que resguarda el MUIG, pues incluye representantes de diversos grupos taxonómicos como invertebrados (moluscos, artrópodos, equinodermos, briozoos, braquiópodos y cnidarios), plantas y vertebrados (mamíferos, peces y reptiles). Cabe señalar también la diversidad de minerales y rocas que contiene la colección, que está contribuyendo con su importancia en términos de considerarla una colección de referencia.
Así mismo, las piezas paleontológicas de la colección son un reflejo de los cambios ambientales que ha experimentado el territorio. Como lo son los elementos paleontológicos que provienen de la Formación Floresta, que reflejan la acumulación sedimentaria en un mar epicontinental durante el Devónico Medio en Colombia (Janvier & Villarroel, 1998; Moreno–Sánchez et al., 2020). Así como los fósiles del Cretácico de Boyacá y Santander, áreas donde ocurrió la acumulación sedimentaria en ambientes marinos habitados por grandes reptiles e invertebrados (Noè & Gómez-Pérez, 2020), y son evidencia de la biodiversidad del mar cretácico en Colombia. Por su parte, la pieza del roedor Scleromys de La Venta es un testigo de la fauna que habitó el bosque húmedo tropical del Mioceno en Colombia (Spradley et al., 2019).
pieza del roedor Scleromys de La Venta es un testigo de la fauna que habitó el bosque húmedo tropical del Mioceno en Colombia (Spradley et al., 2019).
Adicionalmente, se destaca que la colección contiene piezas que provienen de zonas que están en explotación y de yacimientos que han desaparecido, por lo cual, la colección se constituye en una fuente valiosa de información.
Valor educativo:
Que la colección ha sido usada para la formación de profesionales durante más de tres décadas, y en ese contexto es usada como referencia para consulta por parte de los estudiantes de la Universidad.
Mediante la sala de exhibición con piezas de la colección y él guion museográfico, se divulga el conocimiento de las ciencias de la Tierra e n la comunidad, haciendo un recorrido por los diferentes tipos de rocas y sus procesos de formación, así comoPágina 4 de 6
se observa la diversa y abundante paleofauna que habitó en el territorio de Colombia durante algunos periodos del Paleozoico, Mesozoico y Cenozoic o, siguiendo con el conocimiento de los minerales y usos industriales, y finalizando con las investigaciones realizadas por estudiantes y profesores de la Universidad.
La colección es usada para la educación informal de estudiantes y miembros de la comunidad local que estén interesado en ilustración científica a partir de las piezas, y ello ha derivado en la posibilidad de que dichas personas hayan aprendido técnicas que les permiten acceder a oportunidades laborales e incluso la creación de microempresas en torno a las artesanías y productos que involucran contenido paleontológico en sus productos.
Adicionalmente, las actividades que el Museo realiza con la
que les permiten acceder a oportunidades laborales e incluso la creación de microempresas en torno a las artesanías y productos que involucran contenido paleontológico en sus productos.
Adicionalmente, las actividades que el Museo realiza con la colección, como lo son las publicaciones en redes sociales, la página web, los talleres y las cartillas, divulgan el conocimiento en ciencias de la Tierra y las piezas de la colección, y tienen un gran alcance, llegando a comunidades que quizás antes no tenían acceso a estos conocimientos y trascienden las fronteras nacionales.
Valor cultural:
Que el Museo y la colección son el resultado de las iniciativas de profesores, estudiantes y administrativos de la Universidad, se destaca su relación el sentido de pertenencia que tiene la comunidad universitaria por los mismos.
Las labores de sensibilización que el museo hace con la colección han permitido la apropiación social del conocimiento por parte de las comunidades locales. Así mismo, se destaca el apoyo que se presta desde la colección para resaltar el valor del conocimiento geocientífico de la región de Boyacá.
Por otra parte, se resalta el hecho de que la colección contiene información que proviene de yacimientos hoy desaparecidos o en peligro, por lo cual es una fuente de información valiosa para permitir que las comunidades puedan acceder a i nformación de su territorio. Y finalmente, considerando lo mencionado en el numeral anterior, sobre las oportunidades laborales y microempresariales que abren a partir de la educación, se debe reconocer y que la colección contribuye con el desarrollo económico local.
Como resultado de la valoración acá presentada, se establece
numeral anterior, sobre las oportunidades laborales y microempresariales que abren a partir de la educación, se debe reconocer y que la colección contribuye con el desarrollo económico local.
Como resultado de la valoración acá presentada, se establece que la colección geológica Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia cumple con los requisitos para ser declarada como Bien mueble de Interés Geológico y Paleontológico según lo determina el artículo 2.2.5.10.1.2 del Decreto 1353 de 2018, dado que se reconoce su significación geológica y paleontológica para el país sustentada por el reconocimiento de los valores descritos”.
Que conforme a lo señalado en el “Informe de caracterización de la Colección Geológica del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia” , del cual se retoma el apartado de valoración en la presente resolución, se concluye que la Colección Geológica del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica yPágina 5 de 6
Tecnológica de Colombia constituye un Bien de Interés Geológico y Paleontológico de la Nación debido a que cumple con los valores cie ntífico, educativo y cultural, y, permite conocer, estudiar e interpretar el origen y evolución de la Tierra, los procesos que la han modelado, los climas y paisajes del pasado y el presente por medio de las piezas que la conforman. Por lo cual debe ser declarada como bien mueble de interés geológico y paleontológico y en consecuencia es procedente ordenar el registro de las 770 piezas, las cuales se
del pasado y el presente por medio de las piezas que la conforman. Por lo cual debe ser declarada como bien mueble de interés geológico y paleontológico y en consecuencia es procedente ordenar el registro de las 770 piezas, las cuales se encuentran identificadas en el Anexo I “Listado de piezas de la colección geológica del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia” de la presente resolución. Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Declarar la Colección Geológica del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, ubicada en ubicado en el edificio de Laboratorios de la UPTC en la Calle 4a Sur no. 15 - 134 del municipio de Sogamoso, departamento de Boyacá, como bien de interés geológico y paleontológico de la Nación e n virtud de su relevancia científica, educativa y cultural, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente resolución, y de la cual hacen parte las 770 piezas relacionadas en el Anexo “Listado de piezas de la colección del Museo Universit ario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia”, que hace parte integral del presente acto administrativo.
Artículo 2. Registrar en el Inventario Nacional Geológico y PaleontológicoINGEP la Colección Geológica del Museo Universitario de Ingeniería Geológica de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, relacionada en el artículo primero y las piezas relacionadas en el Anexo I bajo el código INGEP-M-150, el cual podrá ser consultado en la página web del Servicio Geológico Colombiano.
la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, relacionada en el artículo primero y las piezas relacionadas en el Anexo I bajo el código INGEP-M-150, el cual podrá ser consultado en la página web del Servicio Geológico Colombiano.
Artículo 3. Comunicar la presente decisión al señor Enrique Vera López, identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.242.183 de Bucaramanga, como rector y representante legal de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC) a la dirección Avenida Central del Norte 39-115, Sede Central, Edificio Administrativo 5to. piso, en la ciudad de Tunja, Boyacá y a los correos electrónicos rectoria@uptc.edu.co y notificaciones.judiciales@uptc.edu.co.
Artículo 4. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución 738 de 2018 del Servicio Geológico Colombiano.
Artículo 5. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.Página 6 de 6
Dada en Bogotá, D.C., los once (11) días del mes de agosto de 2023
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
YENNY PAOLA CASALLAS VELOZA
Directora Técnica de Geociencias Básicas
Proyectó: Adriana Vera, contratista, Museo Geológico e Investigaciones Asociadas ,
SGC.
Revisó Aspectos Técnicos: Diana María Montoya Arenas, Coordinadora , Museo Geológico e
Investigaciones Asociadas, SGC.
Proyectó: Adriana Vera, contratista, Museo Geológico e Investigaciones Asociadas ,
SGC.
Revisó Aspectos Técnicos: Diana María Montoya Arenas, Coordinadora , Museo Geológico e
Investigaciones Asociadas, SGC.
Aprobó Aspectos Técnicos: Diana María Montoya Arenas, Coordinadora , Museo Geológico e
Investigaciones Asociadas, SGC.
Revisó Aspectos Jurídicos: Oscar David Cortés Pérez, abogado contratista, Oficina Asesora Jurídica,
SGC.
Aprobó Aspectos Jurídicos: Jessica Martínez Huertas, Jefe Oficina Asesora Jurídica, SGC.