SGC - Circular 0011 de 2023
Servicio Geológico Colombiano
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Detalles
- Título
- SGC - Circular 0011 de 2023
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2023
CIRCULAR No.
PARA: FUNCIONARIOS Y COLABORADORES DEL SERVICIO GEOLÓGICO
COLOMBIANO
DE: SECRETARIA GENERAL
ASUNTO: ACTUALIZACIÓN DE TARIFAS PARA COMISIONES Y DESPLAZAMIENTOS
Teniendo en cuenta que m ediante Resolución D -233 de 18 de agosto de 2021, modificada parcialmente por la Resolución D-462 del 7 de diciembre de 2022, la Entidad reglamentó el trámite de comisiones de servicios de funcionarios y autorizaciones para el desplazamiento de contratistas al interior y exterior del país en el Servicio Geológico Colombiano, y adoptó las tarifas correspondientes en el Anexo 1 del citado acto , corresponde a la Secretaria General actualizar e informar mediante Circular las tarifas que regirán para la presente vigencia. Así mismo, considerando que a la fecha el Gobierno Nacional no ha expedido el Decreto Anual por el cual se fija la escala de viáticos para los empleados públicos correspondiente a la vigencia 2023 , continuarán vigentes las tarifas de escala de viáticos, gastos de alimentación y alojamiento para funcionarios y contratistas señaladas mediante Circular 010 del 1 de abril de 2022. Una vez se profiera el Decreto correspondiente, esta Secretaria General actualizará e informará el cambio de las tarifas que regirá para el rest o de la vigencia 2023. Para las t arifas de los gastos por concepto de actividades por servicios transitorios , el numeral 3 ° del Anexo 1 de la Resolución D -233 de 18 de agosto de 2021 , modificado mediante Resolución D-462 del 7 de diciembre de 2022, indicó que: “3. (...) La tarifa de los
numeral 3 ° del Anexo 1 de la Resolución D -233 de 18 de agosto de 2021 , modificado mediante Resolución D-462 del 7 de diciembre de 2022, indicó que: “3. (...) La tarifa de los gastos por concepto de actividades por servicios transitorios, se podrá incrementar en la misma proporción del salario mínimo legal mensual vigente ”. Teniendo en cuenta lo anterior, mediante Decreto 2613 de 2022 “Por el cual se fija el salario mínimo mensual legal” , el Gobierno Nacional reconoció un incremento del 16% para el salario mínimo y un incremento del 20% del auxilio de transporte. En virtud de ello, resulta necesario actualizar la tarifa de los gastos por concepto de actividades por servicios transitorios para la vigencia 2023, conforme al porcentaje reconocido para el salario mínimo, así: 0011 24 de marzo de 2023TARIFA DE LOS GASTOS POR CONCEPTO DE ACTIVIDADES POR SERVICIOS TRANSITORIOS: El valor a reconocer por este concepto será de $72.616 por día y en las zonas de difícil acceso por motivados debidamente justificados se podrá pagar hasta $103.800, previa autorización del Director o la Secretaria General. Cordialmente,
MARIA ALEJANDRA QUINTERO POVEDA
Secretaria General
Proyectó: Adriana P. Andrade – Líder Grupo de Servicios Administrativos
Revisó: Carlos M. Suarez – Coordinador URF
Revisó: Laura Soto Garnica – Abogada, Secretaría General