SGC - Resolución 0728 de 2025
Servicio Geológico Colombiano
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SGC - Resolución 0728 de 2025
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
Página 1 de 3
RESOLUCIÓN No. 0728 DE 2025
“Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Licitación Pública No. SGCLP-005-2025.”
LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 5 del Decreto 2703 de 2013, así como el artículo 4° de la Resolución No. D -480 del 22 de diciembre de 2022, la Resolución No. 0533 del 27 de mayo de 2024; y demás normas vigentes y reglamentarias de la materia, y
CONSIDERANDO: Que el Servicio Geológico Colombiano, es un instituto adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que hace parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – SNCTI, al cual se le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 en materia de contratación de la administración pública y sus decretos reglamentarios.
Que mediante Decreto Ley 4131 de 2011 se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería – Ingeominas de establecimiento público a instituto científico y técnico denominado Servicio Geológico Colombiano, el cual cuenta con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica, financiera y patrimonio independiente. Que el Servicio Geológico Colombiano en virtud del artículo 3° del Decreto Ley 4131 de noviembre de 2011, tiene como objeto “realizar la investigación científica básica y
independiente. Que el Servicio Geológico Colombiano en virtud del artículo 3° del Decreto Ley 4131 de noviembre de 2011, tiene como objeto “realizar la investigación científica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico; administrar la información del subsuelo; garantizar la gestión segura de los materiales nucleares y radiactivos en el país; coordinar proyectos de investigación nuclear, con las limitaciones del artículo 81 de la Constituc ión Política, y el manejo y la utilización del reactor nuclear de la Nación.” Que el Director General mediante el artículo 4° de la Resolución No. D -480 del 22 de diciembre de 2022 delegó en la Secretaria General funciones en materia precontractual, contractual y pos contractual, el cual establece: “Expedir sin límite de cuantía, los actos administrativos requeridos dentro de los procesos de selección de adquisición de bienes y servicios durante las etapas previas, de ejecución y liquidación que adelante el SGC, cuya suscripción no se haya delegado e n otros funcionarios, y respecto de la totalidad de dependencias que integran la Entidad.” Que actualmente, el Servicio Geológico Colombiano (SGC) cuenta con sedes regionales en varias ciudades del país, entre ellas Bogotá, Bucaramanga, Pasto, Facatativá, Popayán, Manizales, Medellín y Cali. En Bogotá, la entidad opera principalmente en dos inmuebles: la sede central y la sede CAN. Por su parte, la sede CAN se encuentra en préstamo de uso del SGC en el marco del Contrato Interadministrativo de Comodato No. 384 de 2016, suscrito entre este y el Ministerio de Minas y Energía. En virtud de este
préstamo de uso del SGC en el marco del Contrato Interadministrativo de Comodato No. 384 de 2016, suscrito entre este y el Ministerio de Minas y Energía. En virtud de este instrumento, y según lo establecido en su Otrosí No. 1, corresponde al SGC, como comodatario, velar por la conservación y el mantenimiento funcional de la infraestructura entregada, lo que faculta técnicamente realizar su intervención en procura de mantener las instalaciones en adecuado estado. Que luego de adelantar trabajos de adecuación en la Sede Central, OVS Manizales y Litoteca Piedecuesta, la entidad ha focalizado sus esfuerzos en la sede CAN, dado que concentra uno de los mayores números de personal del SGC a nivel nacional y presenta actualmente condiciones importantes de deterioro en sus cubiertas. Que, por lo indicado en los incisos precedentes, se hace necesario contratar la intervención técnica integral, enmarcada dentro del mantenimiento correctivo mayor, orientada a renovar las cubiertas, mejorar las uniones y remates entre elementos de cubierta, vi ga-canales y sistemas de evacuación de aguas lluvias, y actualizar los materiales garantizando la funcionalidad y durabilidad de las edificaciones. Que el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de Licitación Pública de conformidad con lo estipulado en el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.2 . del Decreto 1082 de 2015, el 27 de junio de 2025, el Servicio Geológico Colombiano publicó en el SistemaPágina 2 de 3
Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, el proceso de Licitación Pública No.
2015, el 27 de junio de 2025, el Servicio Geológico Colombiano publicó en el SistemaPágina 2 de 3
Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, el proceso de Licitación Pública No. SGC-LP-005-2025 cuyo objeto es “Contratar por el sistema de precios unitarios fijos, sin formula de reajuste el mantenimiento preventivo y correctivo de las cubiertas planas y livianas, y demás adecuaciones necesarias en la infraestructura del Servicio Geológico Colombiano, sede CAN, ubi cada en la ciudad de Bogotá D.C.” Que, desde el 27 de junio de 2025 , en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015, se publicó el proyecto de pliego de condiciones (Electrónico – Anexo Generalidades del Pliego de Condiciones), el estudio previo, anexos y formatos en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II, lugar electrónico a través del cual se pueden consultar los documentos del proceso. Que, en los términos del cronograma del proceso, se estableció del 28 de junio al 14 de julio de 2025, el término para que los interesados en la contratación pudieran presentar observaciones o solicitar aclaraciones. Es así que se recibieron observaciones al proyecto de pliego de condiciones y demás documentos preliminares del proceso, a través de publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secopii.SECOP II, las cuales fueron resueltas en su oportunidad en la plataforma transaccional SECOP II. Que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por la suma de
www.colombiacompra.gov.co/secopii.SECOP II, las cuales fueron resueltas en su oportunidad en la plataforma transaccional SECOP II. Que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por la suma de hasta NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($972.775.575,00 ), incluido el IVA, AIU y todos los demás impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, con base en el análisis del estudio de mercado, el cual se origina en las cotizaciones allegadas y debidamente avaladas por el comité técnico estructurador. En todos los casos, el valor del contrato será por el valor de la propuesta económica del proponente adjudicatario. Se adjunta estudio de mercado, el cual hace parte integral de l estudio previo ; amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal PGN No. 84225 del 4 de julio de 2025.
Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015 y según la certificación emitida por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo – MINCIT, el umbral para limitar los procesos a MIPYMES, corresponde a $533.287.768, con una vigencia del 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, se tiene que el presupuesto oficial de este proceso supera los CIENTO VEINTICINCO MIL DÓLARES USD ($125.000.), por lo que, en este proceso no se realizó convocatoria para limitar a mipymes.
el presupuesto oficial de este proceso supera los CIENTO VEINTICINCO MIL DÓLARES USD ($125.000.), por lo que, en este proceso no se realizó convocatoria para limitar a mipymes. Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 . del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general, sin perjuicio de los dispuesto en las Disposiciones Especiales para las modalidades de selección”. Que el cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secopii, en el proceso de selección bajo la modalidad de Licitación Pública No. SGC-LP-0052025. Que, en mérito de lo expuesto, la Secretaria General,
RESUELVE: Artículo 1. Ordenar la apertura del proceso de Licitación Pública No. SGC-LP-005-2025 cuyo objeto es “Contratar por el sistema de precios unitarios fijos, sin fórmula de reajuste, el mantenimiento preventivo y correctivo de las cubiertas planas y livianas, y demás adecuaciones necesarias en la infraestructura del Servicio
Geológico Colombiano, sede CAN, ubicada en la ciudad de Bogotá D.C.”
Artículo 2. El valor del proceso de selección bajo la modalidad de Licitación Pública No.
SGC-LP-005-2025 es de NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES
SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS
SGC-LP-005-2025 es de NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($972.775.575,00 ), incluido el IVA, AIU y todos los demás impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, con base en el anális is del estudio de mercado ; el cual se encuentra amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal PGN No. 84225 del 4 de julio de 2025. 0728Página 3 de 3
Artículo 3. Desarrollar el presente proceso de selección de conformidad con el cronograma indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
Artículo 4. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 . del Decreto 1082 de 2015, el Servicio Geológico Colombiano convoca a las veedurías ciudadanas para que realicen el control social durante las etapas del presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 5. El cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el Proceso de selección de Licitación Pública No. SGC-LP005-2025, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii
Artículo 6. Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii
Artículo 6. Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
Artículo 7. La presente resolución rige a partir de l día siguiente a publicación y contra la misma no procede recurso alguno.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de julio del 2025.
PÚBLIQUESE Y CUMPLASE
JESSICA LIZETH MARTÍNEZ HUERTAS
SECRETARIA GENERAL
PROYECTÓ Y. Carolina Bejarano Pinzón Abogada – Grupo de Contratos y Convenios
REVISÓ Adibi Jalima Jalafes Montes Abogada – Grupo de Contratos y Convenios
REVISÓ José Alberto Higuera Alfonso Coordinador Grupo de Contratos y Convenios REVISÓ UNIO-CCA Consultoría, capacitaciones y asesoría legal SAS Asesora – Secretaría General
0728