SGC - Resolución 0916 del 21 de agosto de 2025
Servicio Geológico Colombiano
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SGC - Resolución 0916 del 21 de agosto de 2025
- Autor
- Servicio Geológico Colombiano
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Desastres Naturales
- Año
- 2025
Página 1 de 3
RESOLUCIÓN No. 0916 DE 2025
“Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Licitación Pública
No. SGC-LP-007-2025.”
LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO GEOLÓGICO COLOMBIANO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2008, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 5 del Decreto 2703 de 2013, así como el artículo 4 de la Resolución D-480 del 22 de diciembre de 2022, Resolución No. 0533 del 27 de mayo de 2024; y demás normas vigentes y reglamentarias de la materia, y
CONSIDERANDO: Que el Servicio Geológico Colombiano, es un instituto adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que hace parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – SNCTI, al cual se le aplican las disposiciones de las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 en materia de contratación de la administración pública y sus decretos reglamentarios.
Que mediante Decreto Ley 4131 de 2011 se cambió la naturaleza jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería – INGEOMINAS de establecimiento público a instituto científico y técnico denominado Servicio Geológico Colombiano, el cual cuenta con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica, financiera y patrimonio independiente. Que el Servicio Geológico Colombiano en virtud del artículo 3° del Decreto Ley 4131 de noviembre de 2011, tiene como objeto “realizar la investigación
técnica, financiera y patrimonio independiente. Que el Servicio Geológico Colombiano en virtud del artículo 3° del Decreto Ley 4131 de noviembre de 2011, tiene como objeto “realizar la investigación científica básica y aplicada del potencial de recursos del subsuelo; adelantar el seguimiento y monitoreo de amenazas de origen geológico; administrar la información del subsuelo; gara ntizar la gestión segura de los materiales nucleares y radiactivos en el país; coordinar proyectos de investigación nuclear, con las limitaciones del artículo 81 de la Constituc ión Política, y el manejo y la utilización del reactor nuclear de la Nación.” Que el Director General mediante artículo 4° de la Resolución No. D-480 del 22 de diciembre de 2022 delegó en la Secretaria General funciones en materia precontractual, contractual y pos contractual, el cual reza: “Expedir sin límite de cuantía, los actos administrativos requeridos dentro de los procesos de selección de adquisición de bienes y servicios durante las etapas previas, de ejecución y liquidación que adelante el SGC, cuya suscripción no se haya delegado en otros funcionarios, y respecto de la tot alidad de dependencias que integran la Entidad.” Que el presente proceso de selección se adelantará bajo la modalidad de Licitación Pública de conformidad con lo estipulado en el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.1.1.2.1.2 y 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015, el 23 de julio de 2025, el Servicio Geológico Colombiano publicó el proyecto de pliego de condiciones (Electrónico
2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015, el 23 de julio de 2025, el Servicio Geológico Colombiano publicó el proyecto de pliego de condiciones (Electrónico – Anexo Generalidades del Pliego de Condiciones), el estudio previo, anexos y formatos en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II del proceso de Licitación Pública No. SGC-LP-007-2025 cuyo objeto es “Adquisición, instalación y conexión eléctrica de plantas eléctricas, con sus elementos asociados, incluyendo sistemas de transferencia automática y distribución, destinadas a garantizar la continuidad del servicio eléctrico en las sedes de Bogotá edificio Químico, bloque A – sede CAN, y sede regional Cali – Valle del del Servicio Geológico Colombiano.”Página 2 de 3
Que, en los términos del cronograma del proceso, se estableció del 24 de julio al 06 de agosto de 2025, para que los interesados en la contratación pudieran presentar observaciones o solicitar aclaraciones. Es así que se recibieron observaciones al proyecto de pliego de condiciones y demás documentos del proceso, a través de publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secopii.SECOP II, las cuales fueron resueltas en su oportunidad en la plataforma transaccional SECOP II, el día 20 de agosto de 2025. Que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por la suma de hasta DOS MIL SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE
MIL QUINIENTOS CATORCE PESOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS MCTE
Que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por la suma de hasta DOS MIL SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CATORCE PESOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS MCTE ($2.069.267.514,69), incluido el IVA y todos los demás gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, con base en el análisis del estudio de mercado, el cual se origina en las cotizaciones allegadas y debidamente avaladas por el comité técnico estructurador , los cuáles se encuentran amparados en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal PGN No. 88825 del 24 de julio de 2025 y SGPR No. 97525 del 24 de julio de 2025.
Que en cumplimiento a lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015 y | la certificación emitida por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo – MINCIT, el umbral para limitar los procesos a MIPYME, corresponde a $533.287.768, con una vigencia del 1 de enero del 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, se tiene que el presupuesto oficial de este proceso supera los CIENTO VEINTICINCO MIL DÓLARES USD ($125.000.), por lo que, en este proceso no se realizó convocatoria para limitar a mipymes. Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 . del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto
se realizó convocatoria para limitar a mipymes. Que el artículo 2.2.1.1.2.1.5 . del Decreto 1082 de 2015, prescribe que “La Entidad Estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general, sin perjuicio de los dispuesto en las Disposiciones Especiales para las modalidades de selección”. Que el cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el proceso, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii, en el proce so de Licitación Pública No.
SGC-LP-007-2025.
Que, en mérito de lo expuesto, el Secretario General,
RESUELVE:
Artículo 1. Ordenar la apertura del Proceso de Licitación Pública No. SGC-LP007-2025 cuyo objeto es “Adquisición, instalación y conexión eléctrica de plantas eléctricas, con sus elementos asociados, incluyendo sistemas de transferencia automática y distribución, destinadas a garantizar la continuidad del servicio eléctrico en las sedes de Bogotá edificio Químico, bloque A – sede CAN, y sede regional Cali – Valle del del Servicio Geológico Colombiano.”
Artículo 2. Establecer que el presupuesto oficial estimado para la presente contratación es por un valor de hasta DOS MIL SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CATORCE PESOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS MCTE ($2.069.267.514,69) incluido el IVA y todos los demás gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la
SESENTA Y NUEVE CENTAVOS MCTE ($2.069.267.514,69) incluido el IVA y todos los demás gravámenes, costos directos e indirectos y conceptos que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección, con base en el análisis del estudio de mercado, el cual se ori gina en las cotizaciones allegadas y debidamente avaladas por el comité técnico estructurador. Amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal PGN No. 88825 del 24 de julio de 2025 y SGPR No. 97525 del 24 de julio de 2025.
0916Página 3 de 3
Artículo 3. Desarrollar el presente proceso de selección de conformidad con el cronograma indicado en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –
SECOP II.
Artículo 4. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 . del Decreto 1082 de 2015, el Servicio Geológico Colombiano convoca a las veedurías ciudadanas para que realicen el control social durante las etapas del presente proceso de selección de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 5. El cronograma, el estudio previo, así como el pliego de condiciones y demás documentos relacionados con el Proceso Licitación Pública No. SGCLP-007-2025, pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii
Artículo 6. Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
Contratación Pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co/secop-ii
Artículo 6. Publicar el presente acto administrativo en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II.
Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no procede recurso alguno.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de agosto del 2025
PÚBLIQUESE Y CUMPLASE
JESSICA LIZETH MARTÍNEZ HUERTAS
Secretaria General
PROYECTÓ Tatiana Flórez Lozano Abogada – Grupo de Contratos y Convenios
REVISÓ Daniela Henao Taborda Abogada – Grupo de Contratos y Convenios
REVISÓ Jose Alberto Higuera Alfonso Coordinador - Grupo de Contratos y Convenios
REVISÓ UNIO-CCA Consultoría, capacitaciones y asesoría legal SAS Asesora – Secretaría General
0916