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SIC - Acta 133 de 2018

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Acta 133 de 2018
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2018
  • l:JtIndustria y Comercio ,, fiSUPERINTENDENCIA Yo !e Juego l1mp10

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ACTA DE REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE QUE

TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P.

Proceso por Competencia Desleal

Radicación: 160146013

Demandante: SANrtAGO VELEZ & ASOCIADO!! CORREDORES DE SEGUROS S.A ..

Demandado: JESUS ORLANDO CHARRY LOPEZ, SMART SURGERY S.A.S., SMART /NSURANCE LTDA. y HECTOR FABIO

GUTIÉRREZ GONZÁLEZ.

CIUDAD Y FECHA: Bogotá, D. C., diecinueve (19) de enero de dos mil dieciocho (2018).

HORA INICIO: 9:00 a.m.

INTERVINIENTES: Por la Superintendencia de Industria y Comercio GREGORY DE JESÚS TORREGROSA REBOLLEDO, Asesor asignado a la Delegatura para

Asuntos Jurisdiccionales.

Por la demandante: El abogado CAMILO VARGAS JACOME, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.409.285 de Usaquén y Tarjeta Profesional de Abogado No. 63.696 del

Consejo Superior de la Judicatura.

Por la demandada: El doctor LUÍS CARLOS COBO PÉREZ, identificado con la cédula de

ciudadanía No. 1.122.408.692 y T.P. No. 281.166 del C.S. de la J. y el doctor DAVID

  • .- ~ VÁSQUEZ BUITRAGO, identificado con el número de cédula de ciudadanía No. 1.110.5 36.08 y T.P. No. 272.756 del e.S. de la J. y ARTURO SANABRIA GÓMEZ identificado con e.e. 79451316 y T.P. 64454 del e.S de la J.

ETAPAS EVACUADASFALLO DECISIÓN -4 En mérito de lo expuesto, el Asesor Asignado para la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por el Código General del proceso, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: DESESTIMAR las pretensiones de la demanda.

SEGUNDO: CONDENAR en costas a SAN7IAGO VELEZ & ASOGADOS CORREDORES DE SEGUROS S.A. Se fijan como agencias en derecho, teniendo en cuenta los criterios y límites establecidos en el numeral 1.3. del artículo 6º del Acuerdo 1887 del 2003, el equivalente al 1% de las pretensiones, esto es, la suma única de DOCE MILLONES DE PESOS {$12.000.000), los cuales deberá pagar a los demandados dentro de los treinta {30} días siguientes a la ejecutoria de la presente providencia.

Esta decisión quedó notificada en estrado a las partes.Q>- Industria y Comercio ¡Q ,, l,,suPERINTENDENCIA fi

TRAMITE DE LA APELACIÓN

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TRAMITE DE LA APELACIÓN

Yo le Juego Limpio a Colomhio ' r 'IODOSPORUN . 'fi- !'!!!>Efi! 9 ENt .8 En este estado de la diligencia el Despacho le concede la palabra a la parte demandante quien presentó recurso de apelación contra la sentencia proferida. En consecuencia, siendo la oportunidad procesal y estando dentro del término previsto en el inciso segundo del numeral 3 del artículo 322 del C.G.P., este Despacho concedió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en el efecto suspensivo, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. En consecuencia de lo anterior, este Despacho Resuelve: - Conceder en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra esta sentencia, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil de

Decisión.

El recurrente cuenta con el término de tres (3) días para presentar los reparos contra •• sentencia. El apoderado judicial de las sociedades demandadas solicitó que el recurso de apelación presentado por la parte demandante se declarara desierto, con base en las razones que quedaron consignado en la grabación. Frente a lo cual el Despacho resolvió esa petición en forma desfavorable, por las razones que quedaron consignadas en la grabación. No siendo otro el objeto de la diligencia se terminó la misma y se firmó el acta correspondiente,' una vez leída y aprobada por los que efi ella intervinieron. -- "-✓ / fi fi ---.:::fi-fi--- CAMILO VARGAS JACO E Apoderado de la parte dem ndante fififi ARTURO SANABRIAfi Apoderado de la parte demandada

fi fi ---.:::fi-fi--- CAMILO VARGAS JACO E Apoderado de la parte dem ndante fififi ARTURO SANABRIAfi Apoderado de la parte demandada fi-DAVID VASQUEZ BUITRAGO Apoderado de la parte demandada lu\S fir\oS cob-o Pé.fi=t. LUIS CARLOS ca EREZ EBOLLEDO suntos Jurisdiccionales.

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