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SIC - Acta 2583 de 2018

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Acta 2583 de 2018
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2018

AUDIENCIA DE.QUE TRATAEL ARTÍCULO 373 DELC:G;P.

Proceso de Competencia Desleal Radicación 17°297886

Demandante: EMBLEMA HOSPITALITY TRAVEL S.A.S . . Demandada: JORGEJ)ELGADO LERZUNDI En Bogotá a los 16 días del mes de noviembre de 2018, se da inició ála audienciádé qué trata el artículo 373 del C.G.P.

Ala misma comparecieron: Por la Superintendencia de Industria y Comercio DIEGO ANDRÉS CASTILLO GUZMÁN, Coordinador del . grupo de Competencia Desleal y

Propiedad Industrial . . Po r la demandante: CAMILO ANDRÉS ALBA.RRAN .. MARTÍNEZ, . identificado con . Cédula ele Ciudadanía No. 1,020:775.949 y T:P No: 258.378 del C. S. de la J., en su calidad de.apoderado judicial del extremo demandante.

Por la demandada: ANA CRISTINA SOLER GARCÍA, identificada con Cédula de Ciudadanía No.-1·ll18A12.827 y T.P. No. 222.841 del C.S. de la J. en su calidad de apoderado de la parte demandada.

CIERRE ETAPAPROBATORIA: Teniendo. en cuenta la etapa procesal y que no existen pruebas· por practicar, se ciérra el debate probatorio. •• • • ••• •••••• •• • • • ••• ••• ••

SANEAMIENTO DEL PROCESO: ••

Exam . inado el estado de las actuaciones no advierte el Despacho irregularidad formal que Ueve a la

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SANEAMIENTO DEL PROCESO: ••

Exam . inado el estado de las actuaciones no advierte el Despacho irregularidad formal que Ueve a la declaración de nulidad alguna y deba encauzar para sanear el litigio Esta decisión quedó notificada en estrados.

ALEGATOS DE CONCLUSIÓN: Se otorga el. uso de la palabra a la parte demandante y demandada para que presenten sus alegatos hasta por un término de 30 minutos.

SENTENCIA: En el entendido que los pr¡,supuestos procesales se encuentrctn reunidos, el agotamiento de las etapas del proceso se dio en legal forma y ante la ausencia de causales de nulidad, se dictó sentencia del proceso cuya parte resolutiva corresponde a lo siguislnte: 1.;i;;fifi)fi¡;;fifififi,fififi;;:;fififi;;-;fifi· fifififi=="·····•·.·.......... ¡ tfiera;¡t,¡)27Dlljl"pt¡i¡,;1mififiW,Y,lci,Jillil.fi1.it¡;t¡¡¡-¡¡b¡i¡C•:íe!<fó."niíl:IS'll1'fiJ -'fillifi¡tli\p . •• .. •••fi ""º'-'ª" J 6 NOV 2018

RESUELVE: PRJMEf3G_, Negqr t9das las pretensiones de la demanda pres entada por EMBLEPIIJJ. HG_SPITALITY

TRAVEL S.A.S.

SEGUNDO. Condenar encostas a EMBLEMA HOSP/TAL/TY TRAVEL S:A.S . •• TERCERO. Por concepto de agencias en derecho se fija ei valor .. equivalente al 5% de las pret ensiones negadás, ·esto es la suma de $. 32.386.421. ·

TERCERO. Por concepto de agencias en derecho se fija ei valor .. equivalente al 5% de las pret ensiones negadás, ·esto es la suma de $. 32.386.421. · ·Por secretaria realícese la respectiva liquidación CUARTO: SANCIONAR a.EMBLEMA HOSP/TALITY TRAVEL. S.A.S. a la sanción establecida en el parágrafo de/ EJrfícµfq 206 del Código Gen eral del Proceso, la . t,u111a E1qüivalé11te al 5% de lo pretendido a través de la demanda, esto es, $ 32.386.421, los cuales deberá pagarla demandada dentro de los treinta (30) días hábiles . siguientes a la ejecLJtoria de/a:presente . providencia a favor de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial del Consfljo Superior dfl la Judicatura. Esta decisión queda notificada en estrados.

RECURSO DE APELACIÓN: L;;i . parte demandante pre$entó récursó de . apelacJón c:ontra la $entencia i optó por pre$entar los reparós dentro dé lóstrés (3)días siguientes a la notificación de la misma. Pór ló tanto sé le concede el recurso de apelación en el efecto suspensivo. • • • Una vez cumplido lo anterior, por Secretaría, remítase el original del expedienté dé la referencia, incluyendo el Acta de la presente audiencia y el CD de audio contentivo de la providencia a la Sala

Civil del Tribunal SüperiordeBógotá: · • • •• •• ••• •• •• .,. • • •••••• GUZMAN e .· ómpetencia Desleal y Propie .

Civil del Tribunal SüperiordeBógotá: · • • •• •• ••• •• •• .,. • • •••••• GUZMAN e .· ómpetencia Desleal y Propie . d. ad . Industrial. ,., .. , . .,•.,•.,•- -'• •·· ' . "'71fififitfifi;;;¡:fifi·- ' ' ' .. · ., j/JiJ!e$1SfifC.%fififilefi1ªti,J/Ji¡i¡jfi#!(ifi¡;¡;fi;§íj\fi1;,:,;fififtfij,fifi,fifi{.fififi\ .1- . . . . · · .. " " ; 1

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