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SIC - Acta 3040 de 2016

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Acta 3040 de 2016
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2016

. .• fi Industria y Comercio ,, ► S U P E R I N T E N D E N C I A Yo le Juego limpio o Colombia -- .. • ACTA DE AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P. Proceso de Competencia Desleal Radicación 15-285313

Demandante: HEEL COLOMBIA L TDA.

ACTA No. __ fi_._fi ... - 3 Ü 4 Ü

Demandada: LABORA TORIO HOMEOPÁTICO ALEMÁN.

Ciudad y fecha: Bogotá, D. C., veintiuno (21) de diciembre de dos mil dieciséis (2016).

Hora Inicio: 9:50 a.m.

Intervinientes: Por la Superintendencia de Industria y Comercio - JOSÉ FERNANDO SANDOVAL GUTIÉRREZ,

Coordinador del Grupo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial.

Por la demandante: PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA, identificado con cédula de ciudadanía No. 6762418 y T. P 41801 del C. s. de la J., en su calidad de apoderado sustituto judicial del extremo demandante.

Por la demandada: JULIO CESAR RAMIREZ PIÑA identificado con cédula de ciudadanía No. 79.779.990 y T.P 113206 del C. S. de la J. en su calidad de apoderado jJdicial de la demandada.

ETAPAS EVACUADAS

1. Se reconoció personería para actuar al abogado PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA, como ·')oderado judicial sustituto de la demandante. -2. Encontrándonos en este punto de la diligencia, este Despacho procede de conformidad con el artículo

278 del C.G.P., el cual expresa que:

·')oderado judicial sustituto de la demandante. -2. Encontrándonos en este punto de la diligencia, este Despacho procede de conformidad con el artículo 278 del C.G.P., el cual expresa que: "En cualquier estado del proceso, el juez deberá dictar sfintencia anticipada, total o parcial, en los siguientes eventos:

3. Cuando se encuentre probada la cosa juzgada, la transacción, la caducidad, la prescripción extintiva y la carencia de legitimación en la causa." fi MINCOMERCIO fi INDUSTRIA Y TURISMO.. lfi Industria y Comercio ,, ► S U P E R I N T E N D E N C I A Yo le Juego limpio a Colombia Así, en cumplimiento de lo establecido en el CGP, se procedió a dictar la siguiente SENTENCIA: "RESUELVE PRIMERO: Desestimar las pretensiones de la demanda, teniendo en cuenta lo expuesto a lo largo de esta providencia acerca de la "cosa juzgada" y de la ''prescripción".

SEGUNDO: CONDENAR en costas a HEEL COLOMBIA L TDA. Para el efecto se fija por concepto de agencias en derecho a favor de LABORA TORIO HOMEOPA T/CO ALEMAN L TDA., la suma correspondiente a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes, esto es, la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA PESOS ($3'447.270), los cuales rleberá pagar HEEL COLOMBIA L TDA. -Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente."

3. Se concedió a la demandan suste m::Hfi;ftaififi=-,... • ecurso de apelación de la sentencia en el efecto suspensivo que fue

-Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente."

3. Se concedió a la demandan suste m::Hfi;ftaififi=-,... • ecurso de apelación de la sentencia en el efecto suspensivo que fue ecretaría, envíese el fixpediente al Tribunal Superior del Distrito TAVIO MUNAR CADENA Apoderado de la demandante.

ANDOVAL GUTIÉR \ EZ o de Competencia Desleal y Propiedad Industrial. 1 \ fi MINCOMERCIO

\!Y INDUSTRIA Y TURISMO

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