SIC - Acta 43 de 2018
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Acta 43 de 2018
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2018
O'º Industria y Comercio 111111!,,suPERINTENDENCIA Yo le Juego limpio a Colombia
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ACTA DE AUDIENCIA DE INSTRUCCIÓN Y JUZGAMIENTO DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P. r:1:- ·1 ACTA No. ___ , _____ _
Proceso de Propiedad Industrial.
Radicación: 15-169459
Solicitante: TRIDEX FARMACÉUTICA S.A.
Solicitado: SESDERMA COLOMBIIA S.A.
CIUDAD Y FECHA: Bogotá, D. C., diez (10) de enero de dos mil dieciocho (2018).
HORA: 10:10 am. -10:50 am. 01:03 pm. -01:32 pm. • INTERVINIENTES: A la misma comparecieron: Por la demandante: CAMILO HERNÁN CORTEfi PRIETO, identificado con cédula de
ciudadanía No. 1.049.628.074 y T.P. No. 253.535 del C.S. de la J.
Por la demandada: PABLO ANDRÉS HERNÁNDEZ HUSSEIN, identificado con
cédula de ciudadanía No. 1.016.002.493 y T.P. No. 221.596 del C.S. de la J., a quien " se le reconoció personería jurídica en el marco de la diligencia, conforme a la sustitución del poder allegado a la diligencia. Por la Superintendencia de Industria y Comercio, JOSÉ FERNANDO SANDOVAL GUTIÉRREZ, Coordinador del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad !Industrial.
ETAPAS EVACUADAS
Por la Superintendencia de Industria y Comercio, JOSÉ FERNANDO SANDOVAL GUTIÉRREZ, Coordinador del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad !Industrial.
ETAPAS EVACUADAS
1. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN Se escucharon los alegatos de conclusión formulados por las partes.
2. SENTENCIA En mérito de lo expuesto, el Coordinador del Grupo del Grupo. de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por el Código General del proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la
Ley, IIndustria y Comercio SUPERINTENDENCIA (i) Yo le Juego limpio a Colombia RESUELVE: PRIMERO: Negar todas las pretensiones de la demanda.
SEGUNDO: Condenar en costas a la parte demandante. Por concepto de agencias en derecho se fija la suma equivalente al 5% del valor de las pretensiones negadas que ascendían a la suma de $330.000.000 lo cual equivale a $16.500.000 que deberán ser pagados por TRIDEX FARMACEUTICA S.A. a favor de SESDERMA
COLOMBIA S.A.
TERCERO: Levantar las medidas cautelares decretadas en este proceso.
En este punto de la diligencia, la presente sentencia se notifica en Estrados, la parte • accionante presenta apelación el cual será sustentado dentro de los tres días siguientes y el Despacho procede a concederlo en el efecto SUSPENSIVO toda vez que se negaron las pretensiones, una vez en firme la presente.
siguientes y el Despacho procede a concederlo en el efecto SUSPENSIVO toda vez que se negaron las pretensiones, una vez en firme la presente. Siendo las 01 :32 pfi da por ter • aa la presente diligencia y se firma el acta • correspondiente;eo(quienes en el ntervinieron. 1/ • /-CÁMILO HERNA ORTES PRIETO / Apoderado j,d; • 1 TRIDEX FAR A ÉUTICA r .A. =---==:::::..::=::fififi2 __,..- PABLO ANDRES HERNANDEZ HU E L' Apoderado judicial S SDERMA COLO REZ oordi ador del G upo del Grupo de T abajo d Competencia Desleal y Propiedad ndustri 1