SIC - Acta 711 de 2020
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Acta 711 de 2020
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2020
rr i _/ Industria y Comercio SUPERINTENDENCIA ACTA DE AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P.
Proceso por Competencía Desleal Radicación: 18 • 014463
Demandante: DATACONTROL PORTUARIO S.A.S.
ACTA Nº 7 -rr
Demandado: SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL DE BUENAVENTURA S.A. S.P.R. BUN
En la ciudad de Bogotá D.C., tres (3) de julio de 2020.
A la misma comparecieron: POR LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO: JOSÉ FERNANDO SANDOVAL GUTIÉRREZ, El Asesor asignado a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales.
POR LA DEMANDANTE: De manera virtual se conectó a la audiencia JULIO CÉSAR CASTAÑEDA AGOSTA,
identificado con Cédula de Ciudadanía No. 7'228.667 y T.P. 90.827 del C.S. de la J., en calidad de apoderado de la sociedad demandante, quien se identificó plenamente a través de este medio, tal como quedó registrado en a grabación de la audiencia.
POR LA DEMANDADA: De manera virtual se conectó a la audiencia ANDRÉS JARAMILLO HOYOS, identificado
con Cédula de Ciudadanía No. 7'562.626 y portador de la T.P. No. 75.015 del C.S. de la J., en calidad de apoderado de la sociedad demandada, quien se identificó plenamente a través de este medio, tal como quedó registrado en la grabación de la audiencia. ETAPAS EVACUADAS Control de legalidad. No se advirtió ninguna irregularidad que afecte el trámite del proceso. Se concedió el uso de la palabra a las partes y en
de la audiencia. ETAPAS EVACUADAS Control de legalidad. No se advirtió ninguna irregularidad que afecte el trámite del proceso. Se concedió el uso de la palabra a las partes y en uso de la misma, cada una de las partes, manifestaron no advertir ninguna irregularidad. Oposición a exhibición de documentos. Se resolvió la oposición a exhibición de documentos presentada por Maritrans, en la forma quedó consi nada en la grabación. Notificada la decisión ninguna parte interpuso ningún recurso.
Sentencia.
Se procedió a dictar la correspondiente sentencia dentro del presente caso (se deja consignada solamente la parte resolutiva) RESUELVE PRIMERO: NEGAR todas las pretensiones de la demanda.
SEGUNDO: CONDENAR en costas a DATACONTROL PORTUARIO S.A. Para el efecto se fija por concepto de agencias en derecho la suma de CIENTO VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS TRES PESOS ($125.440.403) los cuales deberá pagar a favor de SOCIEDAD P.ORTUARIA
REGIONAL DE BUENA VENTURA S.A.
TRAMITE DE LA APELACIÓN.
En este estado de la diligencia el Despacho le concede la palabra a la parte demandante quien presentó recurso de apelación contra la sentencia proferida. 1 La parte demandada en uso de la palabra interpuso de recurso de apelación contra la negativa de la e cepción de prescripción. En consecuencia, siendo la oportunidad procesal, este Despacho concedió el recurso de apelación interp esto por las parte en el efecto suspensivo. VAL GUTIÉRREZ gatura para Asuntos Jurisdiccionales