SIC - Aviso de integración empresarial en actuación 25-34009-00 - PAREX,ECOPETROL (2025)
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Aviso de integración empresarial en actuación 25-34009-00 - PAREX,ECOPETROL (2025)
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
A los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025)
“Por instrucción de la Superintendencia de Industria y Comercio se informa que se ha presentado ante esta Entidad la siguiente operación de integración”:
Lo anterior, en aplicación del artículo 17 de la Ley 1340 de 2009, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley No. 19 de 2012, se procede en consecuencia a publi car en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento administrativo de una operación de integración empresarial.
Con radicación No. 25 -34009-00 del veintisiete (27 ) de enero de dos mil veinticinco (2025) 1 PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL (en adelante, PAREX) presentó una solicitud de procedimiento de pre-evaluación que involucra a ECOPETROL S.A., en los siguientes términos:
“La operación proyectada entre PAREX y ECOPETROL cuya autorización se solicita, consiste en el perfeccionamiento de unos acuerdos de colaboración empresarial, que sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones suspensivas, materializarían la potencial participación de PAREX (…) de los volúmenes de producción de crudo, una vez que se produzcan esos volúmenes de crudo y en el mismo punto donde ECOPETROL puede disponer de los hidrocarburos que le corresponden bajo los siguientes cuatro (4) Convenios suscritos con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (en adelante “ANH”): (i) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Orito del 11 de
Convenios suscritos con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (en adelante “ANH”): (i) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Orito del 11 de octubre de 2007; (ii) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Área Sur del 11 de octub re de 2007; (iii) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Nororiente; (iv) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Área Occidental del 11 de octubre de 2007 (la “Operación Proyectada”)”2.
De acuerdo con la operación proyectada, las empresas que participan en esta operación se denominan de la siguiente manera:
PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL3: sucursal de sociedad extranjera identificada con Nit 900268747-9, con domicilio en Bogotá D.C., cuya apertura se hizo
1 Mensaje electrónico enviado a contactenos@sic.gov.co e iempresariales@sic.gov.co desde el correo fgarcia@robledoabogados.com el 24 de enero de 2025 a las 16:28:00 y radicado con el No. 25-34009-0 el 27 del mismo mes y año a las 09:00:34, complementado con la radicación No. 25-34009-02 de la misma fecha. 2 Documento “Solicitud de Pre-evaluación PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL y ECOPETROL S.A. Descripción de la operación proyectada, del consecutivo “0”, página 4, (Documento PDF). Carpeta
2 Documento “Solicitud de Pre-evaluación PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL y ECOPETROL S.A. Descripción de la operación proyectada, del consecutivo “0”, página 4, (Documento PDF). Carpeta reservada del expediente. Aparte público no sujeto a reserva que corresponde a la descripción de la operación proyectada.
3 Documento Anexo 2., Certificado de Matrícula de sucursal de sociedad extranjera PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL, de la carpeta pública del Expediente No. 25-34009. Documento PDFmediante Escritura Pública No. 281 del 17 de febrero de 2009 en la Notaría 16 de Bogotá D.C., inscrita el 21 del mismo mes y año en la Cámara de Comercio de Bogotá bajo el No. 175060 del Libro VI. Su actividad principal es la de explorar, explotar, producir, procesar, comercializar, transportar, refinar, importar y exportar toda clase de hidrocarburos y minerales, y realizar todas las actividades propias complementarias al sector de los hidrocarburos y la minería y sus derivados, incluyen do, pero sin limitarse a la geología, ingeniería de petróleos, y cualesquiera otras ciencias, disciplinas o áreas involucradas en dichas industrias, las cuales se identifican con los códigos de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (en adelante CIIU) Nos. 06104 y 06205.
ECOPETROL S.A. 6 : empresa colombiana identificada con Nit 899999068 -1, con domicilio en Bogotá D.C., constituida por Escritura Pública No. 0002931 del 7 de julio
ECOPETROL S.A. 6 : empresa colombiana identificada con Nit 899999068 -1, con domicilio en Bogotá D.C., constituida por Escritura Pública No. 0002931 del 7 de julio de 2003 de la Notaría 2 de Bogotá D.C., y Decreto 1760 del 26 de junio de 2003 del Ministerio de Minas y Energía, se escinde, modificando su estructura orgánica, la EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS ECOPETROL , Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional creada por autorización de la Ley 165 de 1948, mediante el Decreto 0030 de 1951 la cual queda organizada como Sociedad Pública por Acciones, vinculada al Ministerio de Minas y Energía y que en adelante se denominara, "ECOPETROL S.A. Según su Certificado de Existencia y Representación Legal su actividad principal es el desarrollo en Colombia o en el exterior, de actividades industriales y comerciales correspondientes o relacionadas con la exploración, explotación, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de hidrocarburos, sus derivados y productos. Sus actividades se clasifican con los códigos CIIU No. 06107 y 06208.
Con fundamento en la información aportada por las INTERVINIENTES, la operación afecta el mercado de producción de hidrocarburos crudos en estado gaseoso (gas natural) y la extracción de hidrocarburos condensados, en el territorio colombiano. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a esta publicación en la página web de la Superintendencia, los interesados cuentan con la posibilidad de suministrar a la Entidad, la información que pueda aportar elementos de utilidad para el análisis de la operación
Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a esta publicación en la página web de la Superintendencia, los interesados cuentan con la posibilidad de suministrar a la Entidad, la información que pueda aportar elementos de utilidad para el análisis de la operación proyectada y para dicho propósito deben utilizar el número de radicación de la solicitud.
Anexo: Versión pública de la solicitud de pre-evaluación.
4 La extracción de petróleo crudo, condensado y bitumen por perforación de pozos en yacimientos sobre tierra o plataformas marinas. 5La producción de hidrocarburos crudos en estado gaseoso (g as natural). La extracción de hidrocarburos condensados. 6 Documento Anexo 3., Certificado de Existencia y Representación Legal ECOPETROL S.A. de la carpeta publica del expediente. Documento PDF. 7 La extracción de petróleo crudo, condensado y bitumen por perforación de pozos en yacimientos sobre tierra o plataformas marinas. 8La producción de hidrocarburos crudos en estado gaseoso (gas natural). La extracción de hidrocarburos condensados.Si desea acceder a la Carpeta Pública del expediente No. 25 - 34009, podrá enviar su solicitud al correo electrónico contactenos@sic.gov.co y/o iempresariales@sic.gov.co.1
Bogotá, D.C., 24 de enero de 2025
Doctora
CIELO ELAINNE RUSINQUE URREGO
Superintendente de Industria y Comercio
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO (SIC)
E. S. D.
Referencia: Solicitud de pre-evaluación de integración económica entre
PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL y
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO (SIC)
E. S. D.
Referencia: Solicitud de pre-evaluación de integración económica entre
PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL y
ECOPETROL S.A.
FELIPE GARCÍA PINEDA , identificado con C.C. 10. 006.855 de Pereira y portador de la T.P. No. 114.228 del Consejo Superior de la Judicatura , actuando en mi condición de apoderado de PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL , sucursal de sociedad extranjera debidamente constituida con domicilio en Bogotá, D.C., identificada con el NIT No. 900.268.747-9 (en adelante “ PAREX”), de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009, el Decreto 2153 de 1992 y la Resolución No. 2751 de 2021 de la Superintendencia de Industria y Comercio (en adelante “SIC”), someto a pre -evaluación la integración empresarial que pretenden llevar a cabo con ECOPETROL S.A., sociedad debidamente constituida bajo la ley colombiana, identificada con el NIT. 899.999.068-1, con domicilio principal en Bogotá, D.C. (en adelante “ECOPETROL”), así:
I. RESUMEN DE LA OPERACIÓN Y SUS EFECTOS EN EL MERCADO
Entre ECOPETROL y PAREX han llegado a un convenio contenido en unos acuerdos de colaboración empresarial , para que previo el cumplimiento de una serie de condiciones suspensivas, acciones y decisiones, ECOPETROL ceda a PAREX el cincuenta por ciento (50%) de la participación sobre los
acuerdos de colaboración empresarial , para que previo el cumplimiento de una serie de condiciones suspensivas, acciones y decisiones, ECOPETROL ceda a PAREX el cincuenta por ciento (50%) de la participación sobre los intereses, derechos y obligaciones que tiene ECOPETROL en los siguientes cuatro (4) convenios suscritos con la Agencia Nacional de Hidrocarburos de Colombia (en adelante “ANH”): (i) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Orito del 11 de octubre de 2007 (“Orito”); (ii) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Área Sur del 11 de octubre de 2007 (“Área Sur”); (iii) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Nororiente (“Área Nororiente”); y (iv) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Área Occidental del 11 de octubre de 2007 (“Área Occidental”).2 En el siguiente mapa se observa la ubicación de las Áreas de Operación Directa i) Orito, ii) Área Occidental, iii) Área Sur, iv) Nororiente objeto de la operación.
[eliminado por confidencialidad]
ECOPETROL y PAREX son compañías dedicadas a la exploración y producción de hidrocarburos. En la operación cuya autorización se solicita, el mercado relevante sobre el que esta recae es el de la producción de crudo a nivel nacional, pues ese es el hidrocarburo que se extrae y comercializa proveniente de los siguientes campos:
Área de Operación Directa Campo Área Occidental Caribe
relevante sobre el que esta recae es el de la producción de crudo a nivel nacional, pues ese es el hidrocarburo que se extrae y comercializa proveniente de los siguientes campos:
Área de Operación Directa Campo Área Occidental Caribe Área Occidental Churuyaco Área Occidental Alqamari Área Occidental Quriyana Área Occidental San Antonio Área Occidental Sucio Área Occidental Sucumbíos Área Sur Hormiga Área Sur Loro Área Sur Acae San Miguel Nororiente Mansoyá Orito Orito
Para el análisis de la operación que se proyecta realizar, es relevante tener en cuenta que estas Áreas de Operación Directa han estado en operación y explotación de ECOPETROL desde antes de la entrada en vigencia del Decreto Ley 1760 de 2003 y que por ello ECOPETROL tiene a su cargo su administración y explotación, toda vez que por disposición de ese mismo Decreto Ley 1760 de 20231 forman parte de su patrimonio.
La operación que se proyecta realizar entre PAREX y ECOPETROL consiste en unos acuerdos de colaboración empresarial para las Áreas de Operación, en la que habrá una Fase 1 de hasta 3 años en la que Parex realizará 100% a su costo y riesgo ciertas inversiones en las cuatro áreas. Como distribución de los
1 Decreto Ley 1760 de 2003 Artículo 54.4: “ ARTÍCULO 54. Patrimonio. Forman parte del patrimonio de Ecopetrol S. A.: (…) 54.4. Los derechos de producción en los campos que la Empresa Colombiana de Petróleos -Empresa Industrial y Comercial del Estado - se encuentre
patrimonio de Ecopetrol S. A.: (…) 54.4. Los derechos de producción en los campos que la Empresa Colombiana de Petróleos -Empresa Industrial y Comercial del Estado - se encuentre operando en la fecha de expedición del presente decreto, y en los campos explotados en ejecución de contratos pet roleros celebrados por dicha Empresa en la condición de administradora de los hidrocarburos de propiedad de la Nación que la misma detentaba con anterioridad a la creación de la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH.”3 beneficios bajo estos acuerdos de colaboración empresarial , PAREX recibiría el 50% de la producción obtenida a partir de dichas inversiones (producción incremental); y podría recibir hasta el 50% de la producción a partir del mes 18, en proporción al porcentaje de ejecución de las inversiones realizadas versus el valor total de ellas. A partir del año 3 y eventualmente a partir del mes 18, iniciará la Fase 2 de la operación, donde la producción total, esto es, básica más incremental, será del 50% para Ecopetrol y del 50% para Parex.
Con base a lo anterior, al llevar la operación que se proyecta realizar a volúmenes de producción, se observa que, conforme se detalla en las Tablas de Producción Fiscalizada publicadas por la ANH para los años 2022 (Ver Anexo 22), 2023 (Ver Anexo 23) y 2024 (Ver Anexo 24 correspondiente a eneronoviembre por ser la última publicada), entre las cuatro Áreas de Operación Directa se produjo para 2024 5.909 barriles de petróleo promedio por día (BPPD), que en su totalidad corresponden a producción básica.
Así las cosas, dado que a PAREX le correspondería hasta el 50% de la
Directa se produjo para 2024 5.909 barriles de petróleo promedio por día (BPPD), que en su totalidad corresponden a producción básica.
Así las cosas, dado que a PAREX le correspondería hasta el 50% de la producción a partir del mes 18 de Fecha Efectiva, se tiene que ese porcentaje corresponde hasta a 2954 BPPD (5909 x 50%), por lo cual con la operación proyectada se reduciría para Ecopetrol su oferta de producción básica en hasta
2954 BPPD.
Así las cosas, considerando que la producción nacional diaria de crudo a nivel nacional fue para 2024 (datos de enero a noviembre) de 774.180 BPPD, se tendría que los 2954 barriles diarios que proyecta ceder Ecopetrol a Parex representan tan solo menos del 0,38% de la producción nacional, por lo cual el cambio en las condiciones de mercado es mínimo y el efecto que tiene la operación proyectada en la competencia es insignificante, por no decir nulo.
Si a lo anterior se agrega que la operación genera una reducción en la participación de Ecopetrol, lo que se concluye es que su efecto en la competencia en el mercado es positivo.
Con base en lo anterior, solicito a la SIC autorizar la operación proyectada.
II. INFORMACIÓN DE LA OPERACIÓN
La solicitud se fundamenta en la siguiente información requerida por la Resolución No. 2751 de 2021 y el anexo 9.1 de la Circular Única de la SIC, así:
1. De la operación proyectada
1.1. Señalar la forma jurídica que revestirá la operación de integración, describiendo la misma e indicando las empresas intervinientes.4
1. De la operación proyectada
1.1. Señalar la forma jurídica que revestirá la operación de integración, describiendo la misma e indicando las empresas intervinientes.4
La operación proyectada entre PAREX y ECOPETROL cuya autorización se solicita, consiste en el perfeccionamiento de unos acuerdos de colaboración empresarial, que sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones suspensivas, materializarían la potencial participación de PAREX en hasta un cincuenta por ciento ( 50%) de los volúmenes de producción de crudo , una vez que se produzcan esos volúmenes de crudo y en el mismo punto donde ECOPETROL puede disponer de los hidrocarburos que le corresponden bajo los siguientes cuatro (4) Convenios suscritos con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (en adelante “ANH”) : (i) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Orito del 11 de octubre de 2007; (ii) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Área Sur del 11 de octubre de 2007; (iii) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Nororiente; (iv) Convenio de Explotación de Hidrocarburos - Área de Operación Directa Área Occidental del 11 de octubre de 2007 (la “Operación Proyectada”).
Las empresas intervinientes son:
(i) PAREX
PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL , sucursal de sociedad extranjera debidamente constituida con domicilio en Bogotá, D.C.,
Las empresas intervinientes son:
(i) PAREX
PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL , sucursal de sociedad extranjera debidamente constituida con domicilio en Bogotá, D.C., identificada con el NIT No. 900.268.747 -9, representada legalmente por DANIEL ADRIÁN FERREIRO, mayor de edad y domiciliado en Bogotá, D.C., identificado con la Cédula de Extranjería No. 376.906 según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal (Ver Anexo 2), y
(ii) ECOPETROL, entidad descentralizada del orden nacional, creada por autorización de la Ley 165 de 1948 y organizada por la Ley 1118 de 2006 como sociedad de economía mixta, vinculada al Ministerio de Minas y Energía, identificada con el NIT No . 899.999.068-1, representada legalmente por RICARDO ROA BARRAGÁN , mayor de edad y domiciliado en Bogotá, D.C., identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 19.451.246, según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal (Ver Anexo 3).
1.2. Precisar el cronograma en el que se dará la integración económica.
La Operación Proyectada está condicionada , entre otras condiciones suspensivas, a la aprobación de la presente solicitud por parte de la SIC. Una vez se cuente con la aprobación de la presente solicitud por parte de la SIC y se cumplan las demás condiciones suspensivas pactadas entre PAREX y ECOPETROL, se procederá con la materialización de la operación proyectada.5 1.3. Indicar si existen regulaciones y/o normas específicas respecto de
se cumplan las demás condiciones suspensivas pactadas entre PAREX y ECOPETROL, se procederá con la materialización de la operación proyectada.5 1.3. Indicar si existen regulaciones y/o normas específicas respecto de este tipo de operación de integración.
No existen regulaciones o normas específicas en materia de libre competencia económica respecto de este tipo de Operación Proyectada.
1.4. Señalar ante qué autoridades de competencia se están adelantando o se pretenden adelantar trámites similares al que se está presentado ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
No existen autoridades de competencia diferentes a la SIC que deban pronunciarse acerca de la Operación Proyectada.
2. De las empresas intervinientes
2.1. Identificar y describir detalladamente las actividades económicas desarrolladas, sin limitarse al objeto social consignado en registros públicos. Para cada actividad descrita se debe indicar el Código Industrial Internacional Uniforme (CIIU) vigente en Colombia al momento de solicitar la pre-evaluación.
(i) PAREX
PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL, sucursal de sociedad extranjera domiciliada en Suiza, debidamente establecida en Colombia según la escritura pública No. 281 del 17 de febrero de 2009 otorgada en la Notaría 16 del Círculo notarial de Bogotá, inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá bajo el número 175060 del libro VI, identificada con NIT No. 900.268.747 -9, establecida de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Petróleos y los artículos 470 y siguientes del Código de Comercio.
establecida de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Petróleos y los artículos 470 y siguientes del Código de Comercio.
Las actividades que realiza, de acuerdo con el Código Industrial Internacional Uniforme (CIIU), según consta en el Registro Único Tributario (Ver Anexo 5) son las siguientes:
CÓDIGO CIIU DESCRIPCIÓN 0610 Extracción de petróleo crudo 0620 Extracción de gas natural 0910 Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural 1921 Fabricación de productos de la refinación del petróleo6
(ii) ECOPETROL
Ecopetrol es una compañía organizada bajo la forma de sociedad anónima, del orden nacional, vinculada al Ministerio de Minas y Energía. Es una sociedad de economía mixta, de carácter comercial integrada del sector de petróleo y gas, que participa en todos los eslabones de la cadena de hidrocarburos: exploración, producción, transporte, refinación y comercialización, de conformidad con lo establecido en la Ley 1118 de 2006, regida por los estatutos sociales que se encuentran contenidos de manera integral en la Escritura Pública No. 10976 del 21 de mayo de 2021, otorgada en la Notaría Veintinueve del Círculo Notarial de Bogotá.
Las actividades que realiza, de acuerdo con el Código Industrial Internacional Uniforme (CIIU), según consta en el Registro Único Tributario (Ver Anexo 5) son las siguientes:
CÓDIGO CIIU DESCRIPCIÓN 0610 Extracción de petróleo crudo 0620 Extracción de gas natural
2.2 Identificar el NIT de las intervinientes y el nombre exacto como
son las siguientes:
CÓDIGO CIIU DESCRIPCIÓN 0610 Extracción de petróleo crudo 0620 Extracción de gas natural
2.2 Identificar el NIT de las intervinientes y el nombre exacto como aparece en los certificados de cámara de comercio y/o el documento respectivo que acredite la existencia de la empresa.
(i) PAREX, identificada con NIT 900.268.747-9 (Ver Anexo 4).
(ii) ECOPETROL S.A., identificada con NIT 899.999.068-1 (Ver Anexo 5).
2.3 Allegar el Balance General y el Estado de Resultados del año fiscal inmediatamente anterior, elaborados de conformidad con lo previsto en la ley, debidamente certificados o dictaminados por el Revisor Fiscal, para el caso de las empresas que lo tienen. En caso de no contar con estos estados financieros, aportar los últimos balances de prueba correspondientes.
(i) PAREX
Se aporta como Anexo 6 los Estados Financieros de PAREX con corte al 31 de diciembre de 2023 y con el informe del Revisor Fiscal.
(ii) ECOPETROL7
Se aporta como Anexo 7 los Estados Financieros de ECOPETROL con corte al 31 de diciembre de 2023 y con el informe del Revisor Fiscal.
2.4 Para las personas jurídicas que lleven más de un (1) año de constituidas y en funcionamiento, adjuntar el informe de gestión del año inmediatamente anterior.
(i) PAREX
Por tratarse de una sucursal de sociedad extranjera, no se cuenta con informe de gestión.
(ii) ECOPETROL
inmediatamente anterior.
(i) PAREX
Por tratarse de una sucursal de sociedad extranjera, no se cuenta con informe de gestión.
(ii) ECOPETROL
Se aporta como Anexo 8 Informe de Gestión de ECOPETROL.
2.5 Anexar la relación de socios o accionistas especificando el porcentaje de participación en el capital social.
(i) PAREX
Se aporta como Anexo 9 la certificación de la composición accionaria de PAREX.
(ii) ECOPETROL
Se aporta como Anexo 10 la certificación de la composición accionaria de
ECOPETROL.
2.6 Suministrar una relación de las personas jurídicas pertenecientes al mismo Grupo Empresarial en los términos del artículo 28 de la Ley 222 de 1995, siempre que dichas personas jurídicas se dediquen a la misma actividad económica o misma cadena de valor. Para el efecto, se deberá anexar la estructura u organigrama, señalando la razón y objeto social de cada una de las empresas que forman parte de la organización, porcentajes de participación, y si aplica para el caso, las actividades económicas desarrolladas en el territorio nacional.
(i) PAREX
Se aporta como Anexo 11 organigrama con la información requerida.
(ii) ECOPETROL8
Se aporta como Anexo 12 la información requerida.
2.7 Indicar las empresas que ejercen control, directa o indirectamente, sobre las empresas intervinientes, en los términos del numeral 4 del artículo 45 del Decreto 2153 de 1992 o en la norma que lo modifique,
2.7 Indicar las empresas que ejercen control, directa o indirectamente, sobre las empresas intervinientes, en los términos del numeral 4 del artículo 45 del Decreto 2153 de 1992 o en la norma que lo modifique, siempre que dichas empresas se dediquen a la misma actividad económica o misma cadena de valor. Para este caso se deberá indicar la actividad de esas empresas y el respectivo porcentaje de participación en el capital de las empresas intervinientes.
(i) PAREX
Se aporta como Anexo 11 la certificación de la composición accionaria de PAREX.
(ii) ECOPETROL
Ninguna empresa que se dediquen a la misma actividad económica o que pertenezca a la misma cadena de valor ejerce control sobre ECOPETROL.
2.8 Allegar una relación de inversiones permanentes de las empresas en las cuales las empresas intervinientes ejercen control, directa o indirectamente, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 45 del Decreto 2153 de 1992, y que se dediquen a la misma actividad económica o participen en la misma cadena de valor, indicando la actividad económica de cada una y el respectivo porcentaje de participación.
(i) PAREX
Se aporta como Anexo 13.
(ii) ECOPETROL
Se aporta como Anexo 14 se presenta la relación de inversiones permanentes en empresas en las cuales ECOPETROL ejerce control, directa o indirectamente, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 45 del Decreto 2153 de 1992 y que se dedican a la misma actividad económica o participan en la misma cadena de valor.
3. Del mercado producto
indirectamente, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 45 del Decreto 2153 de 1992 y que se dedican a la misma actividad económica o participan en la misma cadena de valor.
3. Del mercado producto
3.1. Relacionar de manera detallada los productos ofrecidos9 Los productos que ofrece ECOPETROL son gas natural, petróleo crudo, transporte de petróleo crudo y gas directamente y a través de subsidiarias y controladas.
Por su parte, el producto ofrecido por PAREX son petróleo crudo y gas natural.
Como se explica en esta solicitud, el mercado relevante afectado por la Operación Proyectada recae sobre petróleo - crudo.
3.2 Allegar la lista de los productos ofrecidos de manera coincidente y aquellos que formen parte de una misma cadena de valor por las empresas intervinientes (en adelante “productos afectados”). Respecto de cada producto afectado señalar lo correspondiente a los literales que aparecen abajo.
El producto coincidente ofrecido por Ecopetrol y PAREX Energy, recae sobre el petróleo - crudo, por lo cual este es el producto sobre el cual se enmarca la cesión de la participación de la operación que se proyecta realizar.
a) Descripción
El petróleo es una mezcla de hidrocarburos de origen natural, derivado de la descomposición de materia orgánica como plantas, materia animal, y microorganismos, que son depositados en rocas sedimentarias, y que posteriormente son expuestas a grandes temperaturas y presión, producto del soterramiento de las rocas a través del tiempo. El petróleo va desde el más sencillo compuesto por cuatro átomos de hidrógeno por cada átomo de
posteriormente son expuestas a grandes temperaturas y presión, producto del soterramiento de las rocas a través del tiempo. El petróleo va desde el más sencillo compuesto por cuatro átomos de hidrógeno por cada átomo de carbono, hasta los más complejos compuestos por cadenas de más de 40 átomos de carbono.
Las rocas que contienen los organismos y microorganismos que generan el petróleo al descomponerse, se denominan rocas fuentes o rocas generadoras, y generalmente son producto de la sedimentación en lagos o mares. Una vez que el petróleo se genera, este deb e migrar hacia una roca con suficiente porosidad para que el petróleo pueda alojarse en sus poros.
El petróleo, además de las moléculas de hidrocarburo compuestas por átomos de carbono e hidrógeno, puede tener otros elementos disueltos, tales como azufre, plomo, nitrógeno y oxígeno. Estos elementos deben ser separados del petróleo por procesos químicos y mecánicos, de forma tal que el petróleo sea más puro y pueda generar más derivados. En líneas generales, el petróleo tiene mayor valor a medida que es más limpio, es decir, tiene menos cantidad de azufre y plomo, y adicionalmente es más liviano, es decir, está compuesto por10 cadenas de hidrocarburos complejas. En este caso, mientras más liviano es el petróleo, más elementos pueden ser derivados del mismo.
Debido a su poder calorífico y a la gran cantidad de elementos que se pueden obtener, el petróleo tiene varios usos, principalmente como combustible de uso industrial o doméstico, una vez se obtengan los derivados como aceites o gasolinas. También se utiliza en la industria petroquímica para la generación
obtener, el petróleo tiene varios usos, principalmente como combustible de uso industrial o doméstico, una vez se obtengan los derivados como aceites o gasolinas. También se utiliza en la industria petroquímica para la generación de plásticos y fertilizantes, y en ocasiones se utiliza en la industria farmacéutica para la obtención de distintos productos.
Para poder utilizar el petróleo es necesario hacerle el debido tratamiento para separar las impurezas (azufre o plomo) y para obtener sus diferentes derivados. Es por ello que, el cliente principal para el petróleo son las refinerías, que son las plantas d onde se trata el petróleo para obtener los diferentes productos derivados.
b) Presentaciones disponibles o modalidades de servicio
El petróleo se vende principalmente a las refinerías, las cuales son plantas complejas donde se trata el petróleo para obtener sus distintos derivados o separar los elementos contaminantes.
El petróleo se vende bajo la unidad del barril americano, el cual corresponde a 42 galones de fluido. El precio del petróleo varía dependiendo de su calidad, mientras más liviano y con menor impurezas, el precio será mayor.
Para la medición de la calidad del petróleo crudo se utiliza la medida denominada gravedad API, la cual es una medida de la densidad del petróleo relacionada con la densidad del agua y se mide en grados API. Por regla general, el petróleo es menos denso qu e el agua, por ello el petróleo se considera más liviano que el agua. En estos casos la gravedad del petróleo tiene valores por encima de 10o API. En casos donde el petróleo es más pesado
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