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SIC - Resolución 52604 de 2021

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Resolución 52604 de 2021
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Propiedad Intelectual
Año
2021

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMOSUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN NÚMERO 52604 DE 2021 (20/08/2021) “Por la cual se crea un Grupo de Trabajo y se le asignan unas funciones” EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIOen ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo 8 delDecreto 2489 de 2006, el Decreto 4886 de 2011, y CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está alservicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad,moralidad, eficiencia, economía, celeridad e imparcialidad mediante la descentralización y ladelegación de funciones. Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece respecto a la competencia para la creación yorganización de grupos internos de trabajo lo siguiente: “Artículo 115. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismosy entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director delorganismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de laorganización y sus planes y programas. Con el fin de atender las necesidades delservicio y cumplir con la eficacia y la eficiencia de los objetivos, políticas y programasdel organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácterpermanente o transitorio, grupos internos de trabajo.

En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumpliry las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para sufuncionamiento.” Que mediante Resolución 55572 del 19 de septiembre de 2013, se creó y organizó el Grupo deTrabajo de Forma, adscrito a la Dirección de Signos Distintivos, el cual fue suprimido medianteResolución 52601 de 2021, para la correcta ejecución de funciones y distribución decompetencias dentro de la Dirección de Signos Distintivos Que el numeral 12 del artículo 18 del Decreto 4886 del 2011 establece como función deldespacho del Despacho del Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, dirigir lasdependencias a su cargo y velar por el eficiente desempeño de las funciones que lescorresponden. Que para la correcta ejecución de funciones y distribución de competencias en la Entidad yteniendo en cuenta los principios de eficiencia y celeridad de la función administrativa, se hacenecesaria la creación de un nuevo Grupo de Trabajo adscrito a la Dirección de Signos Distintivos,denominado Grupo de Trabajo de Protocolo de Madrid y Trámites Especiales, que reemplace alGrupo de Trabajo Forma y desarrolle nuevas funciones, teniendo en cuenta las actualesnecesidades de servicio de la Entidad. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE:RESOLUCIÓN NÚMERO 52604 DE 2021 HOJA NO, 2 Por la cual se crea un Grupo de Trabajo y se le asignan unas funciones ARTÍCULO 1. Crear y organizar el Grupo de Trabajo de Protocolo de Madrid y TrámitesEspeciales, adscrito a la Dirección de Signos Distintivos.

ARTÍCULO 2. El Grupo de Trabajo de Protocolo de Madrid y Trámites Especiales desarrollará lassiguientes funciones: 1. 10. 11. Tramitar las solicitudes de depósito de los nombres y enseñas comerciales y proyectar parafirma del Director de Signos Distintivos los actos administrativos que correspondan. Realizar el examen de forma a las solicitudes de registro de marcas y lemas comerciales en lascuales el solicitante haya optado por el Examen Acelerado de Requisitos de Forma, realizar losrequerimientos que correspondan, y proyectar para firma del Director de Signos Distintivos losactos administrativos de abandono cuando a ello haya lugar. Realizar el examen de registrabilidad de las solicitudes de registro de marcas y lemascomerciales en las cuales el solicitante haya optado por el Examen Acelerado de Requisitos deForma, y proyectar para firma del Director de Signos Distintivos los actos administrativos quepongan fin a la actuación administrativa. Realizar el examen de forma de las solicitudes de Registro internacional en las que laSuperintendencia de Industria y Comercio sea oficina de origen en los términos del Protocolo deMadrid para el Registro Internacional de Marcas. Realizar la certificación y el envío de las solicitudes de Registro Internacional en las cuales laSuperintendencia de Industria y Comercio sea oficina de origen de conformidad con el Protocolode Madrid para el Registro Internacional de Marcas. Realizar el examen de forma de las solicitudes de extensión territorial o de aquellas solitudes enlas cuales se extiendan los efectos territoriales de un registro internacional, de conformidad conlo establecido en la normatividad aplicable, realizar los requerimientos correspondientes yproyectar para firma del Director de Signos Distintivos el acto administrativo de abandonocuando a ello haya lugar.

Realizar el examen de registrabilidad de las solicitudes de registro de marcas y lemascomerciales de las solicitudes de extensión territorial o de aquellas solitudes en las cuales seextiendan los efectos territoriales de un registro internacional, de conformidad con lo establecidoen la normatividad aplicable y proyectar para firma del Director de Signos Distintivos los actosadministrativos que pongan fin a la actuación administrativa. Adelantar el estudio de forma de las solicitudes de registro de marcas y lemas comerciales quetengan solicitud de concesión anticipada de conformidad con lo establecido en la normatividadaplicable, ordenando su publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial, realizar losrequerimientos correspondientes y proyectar para firma del Director de Signos Distintivos el actoadministrativo de abandono cuando a ello haya lugar. Realizar el examen de registrabilidad de las solicitudes de registro de marcas y lemascomerciales que tengan solicitud de concesión anticipada de conformidad con lo establecido enla normatividad aplicable, y proyectar para firmar del Director de Signos Distintivos los actosadministrativos que pongan fin a la actuación administrativa. Adelantar las funciones establecidas en los numerales anteriores respecto de cualquier clase desolicitudes de registro y/o depósito de signos distintivos cuando así lo requieran las necesidadesde servicio de la Dirección de Signos Distintivos. Realizar las labores de actualización, complementación y corrección en la base de datos de laentidad, de las solicitudes que estén a su cargo, asi como adelantar las labores relativas a losexámenes de la transacción de solicitudes de extensión territorial que le sean asignados por elDirector de Signos Distintivos.RESOLUCIÓN NÚMERO 52604 DE 2021 HOJA Ne, 3

Por la cual se crea un Grupo de Trabajo y se le asignan unas funciones

12. Atender oportunamente y dentro de los términos legales las peticiones que sean recibidas por el grupo.

13. Brindar el apoyo oportuno durante el desarrollo de las acciones que deban adoptarse para ellogro de los objetivos y metas propuestas en el marco de los planes y programas establecidospor la entidad y el Despacho del Delegado para la Propiedad industrial.

14. Las demás funciones que le asigne el Director de Signos Distintivos de acuerdo con lanaturaleza del Grupo de Trabajo.

Parágrafo: Para efectos de la presente Resolución, se entienden como trámites especiales lassolicitudes de depósito de nombres comerciales, solicitudes de depósito de enseñas comerciales, lassolicitudes de registro de marcas y lemas comerciales que tengan solicitud de concesión anticipadade conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable, las solicitudes de registro de marcasy lemas comerciales en las cuales el solicitante haya optado por el Examen Acelerado de Requisitosde Forma, y aquellos que puedan surgir.

ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 20/08/2021 EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Revisó: Amanda Pedraza R. / Libia Hernández R. / Andri Osorio BetancourtProyecto: Daniel Mor Garcia / Juan Pablo Mateus Bernal / María José Lamu&\Becerra

Aprobó: Angélica Maria Acuña P,

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