SIC - Resolución 52606 de 2021
Superintendencia de Industria y Comercio
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SIC - Resolución 52606 de 2021
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- 2021
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMOSUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESOLUCION NUMERO 52606 DE 2021 (20/08/2021) “Por la cual se modifica el nombre de un Grupo de Trabajoy se adicionan funciones” EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIOen ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 115 de la Ley 489 de 1998, el articulo 8 delDecreto 2489 de 2006, el Decreto 4886 de 2011, y CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está alservicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad,moralidad, eficiencia, economía, celeridad e imparcialidad mediante la descentralización y ladelegación de funciones. Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece respecto a la competencia para la creacióny organización de grupos internos de trabajo lo siguiente: “Artículo 115. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de losorganismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo casoel director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, lasnecesidades de la organización y sus planes y programas. Con el fin de atender fasnecesidades del servicio y cumplir con la eficacia y la eficiencia de los objetivos,políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear yorganizar, con carácter permanente o transitorio, grupos intemos de trabajo.
En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberáncumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias parasu funcionamiento.” Que mediante Resolución No, 71206 del 28 de noviembre de 2014 se creó y organizó el Grupode Trabajo de Vía Gubernativa, adscrito al Despacho de! Delegado para la Propiedad Industrial. Que la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo ContenciosoAdministrativo, sustituyó el concepto de vía gubernativa por el de actuación administrativa. Que el numeral 12 del artículo 18 del Decreto 4886 del 2011 establece como función deldespacho de la Delegatura para la Propiedad Industrial, dirigir las dependencias a su cargo yvelar por el eficiente desempeño de las funciones que les corresponden. Que para la correcta ejecución de funciones y distribución de competencias en la Entidad yteniendo en cuenta los principios de eficiencia y celeridad de la función administrativa, se hacenecesaria la asignación de una nueva función y cambiar el nombre al Grupo de Trabajo de ViaGubernativa, teniendo en cuenta las actuales necesidades de servicio de la Entidad. Que en mérito de lo expuesto,RESOLUCIÓN NÚMERO 52606 DE 2021 HOJA No, 2 “Por la cual se modifica el nombre de un Grupo de Trabajoy se adicionan funciones” RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar el artículo primero de la Resolución 71206 de 2014, en el sentido deseñalar que el Grupo de Trabajo de Vía Gubernativa, se denominará, en adelante, Grupo deTrabajo de Vía Administrativa, adscrito al Despacho del Superintendente Delegado para laPropiedad Industrial.
ARTÍCULO 2. Modificar el artículo segundo de la Resolución 71206 de 2014, con el fin dedeterminar todas las funciones que desarrollará el Grupo de Trabajo de Vía Administrativa,adscrito al Despacho del Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, como seseñala a continuación:
1. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se resuelvan los recursos de apelación,recursos extraordinarios de queja y las solicitudes de revocatoria directa contra las decisionesque confieren o deniegan patentes de modelos de utilidad, cumpliendo para ello con losparámetros y especificaciones contenidos en todas las normas aplicables a la materia y enparticular, a los criterios institucionales para su resolución dentro del término establecido en laley.
2. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se resuelvan los recursos de apelación,recursos extraordinarios de queja y las solicitudes de revocatoria directa contra las decisionesque conceden o deniegan el registro de marcas de productos y servicios, lemas comerciales,marcas colectivas, marcas de certificación y diseños industriales, cumpliendo para ello con losparámetros y especificaciones contenidos en todas las normas aplicables a la materia y enparticular, a los criterios institucionales para su resolución dentro del término establecido en laley.
3. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se resuelvan los recursos de apelación,recursos extraordinarios de queja y las solicitudes de revocatoria directa contra las decisionesque conceden o deniegan el depósito de nombres y enseñas comerciales.
4. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se resuelvan los recursos de apelación,recursos extraordinarios de queja y las solicitudes de revocatoria directa contra las decisionesque conceden o deniegan la protección de los esquemas de trazado de circuitos integrados,cumpliendo para ello con los parámetros y especificaciones contenidos en todas las normasaplicables a la materia y en particular, a los criterios institucionales para su resolución dentrodel término establecido en la ley.
5. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se resuelvan los recursos de reposición ylas solicitudes de revocatoria directa contra las decisiones que conceden o deniegan laprotección de las denominaciones de origen, la autorización de uso de denominaciones deorigen y la delegación de facultad para autorizar el uso de denominaciones de origen.
6. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se resuelvan los recursos de apelación,recursos extraordinarios de queja y las solicitudes de revocatoria directa contra las decisionesque conceden o deniegan la inscripción de afectaciones al registro y en general cualquier actoque afecte o modifique la titularidad del registro.
7. Atender los asuntos de regulación de competencia de la Delegatura para la PropiedadIndustrial, preparando estudios jurídicos sobre temas concernientes a la propiedad industrial, yproyectando observaciones a proyectos de ley, proyectos de actos administrativos y demásproyectos normativos que pueden tener impacto en los asuntos propios de la Delegatura, encoordinación con la Oficina Asesora Jurídica, para mantener la unidad institucional en laprestación de los servicios.
8. Proyectar contestaciones a acciones de tutela que se interpongan respecto a temas decompetencia de la Delegatura para la Propiedad Industrial en coordinación con la OficinaAsesora Jurídica, para mantener la unidad institucional en la prestación de los servicios.RESOLUCIÓN NÚMERO 52606 DE 2021 HOJA No, 3 “Por la cual se modifica el nombre de un Grupo de Trabajoy se adicionan funciones”
9. Proyectar contestaciones a todas las actuaciones que se surtan ante la jurisdicción de locontencioso administrativo respecto a temas de competencia de la Delegatura para laPropiedad industrial en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica, para mantener la unidadinstitucional en la prestación de los servicios.
10. Brindar el apoyo oportuno durante el desarrollo de las acciones que deban adoptarse parael logro de los objetivos y metas propuestas en el marco de los planes y programasestablecidos por la entidad y el Despacho del Delegado para la Propiedad Industrial.
ARTÍCULO 3. El Grupo de Trabajo de Via Administrativa, adscrito al Despacho delSuperintendente Delegado para la Propiedad Industrial, estará conformado por los mismosservidores públicos que se encuentren adscritos al Grupo de Trabajo de Vía Gubernativa previoa la expedición de la presente resolución. ARTÍCULO 4. Toda referencia que a partir de la fecha de expedición de la presente resoluciónse haga en relación con el Grupo de Trabajo de Vía Gubernativa, se entenderá como Grupo deTrabajo de Vía Administrativa.
ARTÍCULO 5. Las funciones del Coordinador del Grupo de Trabajo de Vía Administrativa,adscrito al Despacho del Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial serán asumidaspor quien venía ejerciendo las de Coordinador del Grupo de Trabajo de Via Gubernativa. ARTÍCULO 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lopertinente los artículos primero y segundo de la Resolución 71206 de 2014, las demásdisposiciones se mantendrán incólumes.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 20/08/2021
EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Mu sly Ml i.
Revisó: Amanda Pedraza R./ Libia Hernández R. / Andri Osorio BetancourProyecto: Daniel Mor García / Juan Pablo Mateus Bernal / Maria José Lamug Becerra
Aprobó Angélica Maria Acuña P Y