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SIC - Concepto-12066683

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto-12066683
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año
—

Bogotá D.C., 10

Asunto: Radicación: 12-066683- -00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 1

Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos. 1 Consulta \"Me encuentro realizando un plan de negocios para sacar agua embotellada y quiero saber si un envase sencillo se puede patentar o debe tener una forma específica \" 2 Materia objeto de la consulta Absolveremos su consulta dentro del marco de nuestra competencia en materia de propiedad industrial, fijada mediante Decreto 4886 de 2011, como entidad administradora del sistema nacional de la propiedad industrial y ante la cual se tramitan y deciden solicitudes de concesión de patentes de invención y de modelo De utilidad, registros de diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas y lemas, depósitos de nombres y enseñas comerciales, declaración y autorizaciones de uso de denominaciones de origen, e inscripción de los actos que afecten la titularidad de los derechos de propiedad industrial sobre estos bienes intelectuales

3. Protección de envases Un envase puede ser protegido o constituirse sobre él derechos de propiedad industrial por varias vías: patente de invención, modelo de utilidad, diseño industrial o marca tridimensional, dependiendo de los requisitos que cumpla según el Régimen de Propiedad Industrial vigente en nuestro país, que encabeza

la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. Podrá obtenerse patente de invención sobre un envase, si cumple los requisitos del artículo 14 de la Decisión 486: novedad, nivel inventivo y susceptibilidad de aplicación industrial. Patente de modelo de utilidad, si cumple los requisitos del artículo 81 de esa norma: nueva forma, configuración o disposición de elementos que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que le incorpore o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. Registro de diseño industrial, si cumple los requisitos del artículo 113 de la misma norma: apariencia particular resultante de cualquier reunión de líneas o combinación de colores o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto. Registro de marca tridimensional, si cumple los requisitos del artículo 134 de la Decisión Andina: distintividad o aptitud para distinguir un producto o servicio en el mercado, susceptibilidad de representación gráfica y perceptibilidad por los sentidos. Así, la protección del objeto dependerá de las características del mismo y del seguimiento del procedimiento establecido en la ley para cada trámite. La explicación detallada sobre cada una de las instituciones de propiedad industrial por las que puede obtenerse la protección de productos como el que nos pone de presente, el procedimiento a seguir para tal fin, los requisitos y tasas puede consultarlos en los documento que están disponibles en la siguiente ruta electrónica: www.sic.gciv.co/propiedad industrial/API-Aula de Propiedad Industrial Para mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y de las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

Jefe Oficina Asesora Jurídica

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