SIC - Concepto-12067570
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-12067570
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C 10
Asunto: Radicación: 12-067570--00003-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Estimado(a) Señor: [Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos. 1 Consulta (…) (i) si pueden publicar la guía del consumidor “Consuma Con Sumo Cuidado – Muebles”, en 4 puntos estratégicos del almacén, con el fin de informar al consumidor sobre sus derechos, deberes y garantías, y (ii) si la Superintendencia puede enviar el logo de la entidad para ponerlo en la cartelera. 2 Respuesta De acuerdo con los artículos 29 a 32 de la Decisión Andina 351, 91 y 183 de la Ley 23 de 1982 (este último, modificado por el artículo 30 de la Ley 1450 de 2001), los derechos de autor sobre las obras que en cumplimiento de nuestra función de divulgación, promoción y capacitación en materia de protección del consumidor ha creado y publicado la Superintendencia de Industria y Comercio a través de varios medios, como su página en Internet, medios masivos de comunicación, folletos y guías impresas, etc., corresponden a la entidad, no obstante estar destinadas al acceso del público como instrumento informativo acerca de los derechos, deberes y acciones que implican las relaciones de consumo. Precisamente, en consideración a esta función de divulgación, considera la Oficina
Asesoré Jurídica que las guías y demás documentos sobre protección al consumidor pueden ser reproducidos, siempre y cuando (i) se haga de manera íntegra y haciendo mención de la fuente y los autores que en el mismo documento haya citado la Superintendencia de Industria y Comercio, (ii) tenga el propósito de ilustrar al público sobre los derechos, deberes y acciones que implican las relaciones de consumo, para lo cual deberá tener en cuenta la vigencia del contenido de acuerdo con la normativa vigente, y (iii) esté desprovisto de fines de lucro directos o indirectos. Es importante advertir que recientemente, el 12 de abril de 2012, entró en vigencia la Ley 1480 de 2011, Estatuto del Consumidor, frente al cual es necesario actualizar el contenido de los documentos que en materia de protección al consumidor ha publicado la Superintendencia de Industria y Comercio. Ahora, en cuanto al uso logotipo de la Superintendencia de Industria y Comercio, con el propósito de evitar interpretaciones equivocadas o imprecisas, consideramos que los terceros sólo podrán usarlo de la manera como lo presenta la misma entidad, es decir, haciendo parte de los documentos que esta entidad haya publicado. Para mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y de las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,
WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO
Jefe Oficina Asesora Jurídica