SIC - Concepto-12092101
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-12092101
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C., 10
Asunto: Radicación: 12-092101- -00002-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 5
Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la consulta Con fundamento en el artículo 75 de la Ley 1480 de 2011, se consulta lo siguiente: 1. ¿Qué gestiones ha adelantado la SIC para poner en funcionamiento la Red Nacional de Protección al Consumidor?
2. En el evento de que la respuesta a la anterior pregunta sea negativa ¿qué gestiones o acciones tiene planeado ejecutar la SIC y cuáles son los tiempos de ejecución?
3. Sírvase informar si ya el Gobierno Nacional incluyó en el Presupuesto Nacional las partidas presupuéstales entre los miembros de la Red Nacional de Protección al Consumidor o si, en su defecto, la SIC está adelantando gestiones para que las mismas queden incluidas en el presupuesto para el 2013. 4. ¿Cómo se distribuirán las partidas presupuéstales entre los miembros de la Red Nacional de Protección al Consumidor, es decir, consejos de protección al consumidor de carácter nacional o local donde existan, las alcaldías y las autoridades administrativas del orden nacional que tengan asignadas funciones de protección al consumidor, las ligas y asociaciones de consumidores y la SIC? 5. ¿Qué se ha adelantado en materia de la creación del Consejo Nacional de
Protección al Consumidor?
6. En el evento en que la respuesta al anterior interrogante sea negativa, ¿qué acciones piensan tomar al respecto para su implementación?
2. La Superintendencia de Industria y Comercio y la Red Nacional de Protección al Consumidor Por medio del artículo 75 de la Ley 1480 de 2011 se le confirió a la Superintendencia de Industria y Comercio la función de ejercer la Secretaría Técnica de la Red Nacional de Protección al Consumidor, condición en la cual velará por su adecuada conformación y funcionamiento.
En cumplimiento de esta función la Superintendencia ha adelantado las gestiones que mencionaremos respondiendo puntualmente su cuestionario:
3. Respuesta al cuestionario 3.1 ¿Qué gestiones ha adelantado la SIC para poner en funcionamiento la Red
Nacional de Protección al Consumidor?
Respuesta: En cumplimiento de la función de velar por la adecuada conformación y funcionamiento de la Red Nacional de Protección al Consumidor, cuya misión es la de difundir y apoyar el cumplimiento de los derechos de los consumidores en todas las regiones del país, recibir y dar traslado a la autoridad competente de todas las reclamaciones administrativas que en materia de protección al consumidor se presten y brindar apoyo y asesoría a las alcaldías municipales para el cumplimiento adecuado de las funciones a ellos otorgadas por la Ley 1480 de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio está llevando a cabo las siguientes actividades en desarrollo de
su Plan de Acción 2012: (i) Jornadas de divulgación del Estatuto del Consumidor. Hasta el momento, con la realización de 47 eventos se han cubierto las siguientes ciudades: Barranquilla,
Cartagena, Medellín, Itagüí, Bogotá, Montería, Bucaramanga, Pereira, Valledupar, Santa Marta, Cúcuta y Cali. El cronograma de estas actividades puede consultarse en la siguiente ruta electrónica: www.sic.gov.co/Más novedades de industria y comercio/Archivo de boletines/Todas las regiones de Colombia con acceso a la socialización del nuevo Estatuto del Consumidor. (ii) Gestión para la consecución del presupuesto necesario para el adecuado funcionamiento de la Red, ante el Ministerio de Hacienda y Planeación Nacional. (iii) Elaboración de la base de datos de los miembros de la Red. (iv) Elaboración del reglamento interno de la Red. (vi) Diseño e implementación de la plataforma informática para la Red -primera parte- (vii) Realización de convenios para la vinculación de los miembros a la Red. (vii) Modificación de la estructura interna para cumplir con las funciones asignadas como Secretaria Técnica de la Red (viii) Preparación del evento para el lanzamiento de la Red Nacional de Protección al Consumidor, en octubre de 2012. 3.2. En el evento de que la respuesta a la anterior pregunta sea negativa ¿qué gestiones o acciones tiene planeado ejecutar la SIC y cuáles son los tiempos de ejecución? No hay lugar a respuesta. 3.3. Sírvase informar si ya el Gobierno Nacional incluyó en el Presupuesto Nacional las partidas presupuestaos entre los miembros de la Red Nacional de Protección al Consumidor o si, en su defecto, la SIC está adelantando gestiones para que las mismas queden incluidas en el presupuesto para el 2013.
Respuesta: Hasta la fecha, el Gobierno Nacional no ha asignado las partidas
presupuéstales a las que se refiere el inciso 4 del artículo 75 de la Ley 1480 de 2011, pero es esencial aclarar que de esta norma no se concluye que van a distribuirse partidas presupuéstales entre los miembros de la Red Nacional de Protección al Consumidor. La Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de sus funciones como Secretaria Técnica de la Red velará por su adecuada conformación y funcionamiento, es decir, estará a cargo de garantizar que la Red cumpla con las funciones que le asignó la ley: (i) difundir y apoyar el cumplimiento de los derechos de los consumidores en todas las regiones del país, (ii) recibir y dar traslado a la autoridad competente de todas las reclamaciones administrativas que en materia de protección al consumidor se presenten y (iii) brindar apoyo y asesoría a las alcandías municipales para el cumplimiento adecuado de las funciones a ellos otorgadas por el Estatuto del Consumidor. Con el propósito de conseguir los recursos económicos para el cumplimiento de su función legal, la Superintendencia de Industria y Comercio ha realizado las siguientes acciones ante Planeación Nacional y el Ministerio de Hacienda: (i) radicación de los oficios 12-61353 del 13 de abril de 2012 y 12-61353-1 del 19 de junio de 2012 ante Planeación Nacional, con copia al Ministerio de Hacienda, para solicitar la inclusión de esas partidas en el presupuesto 2012-2013, y (ii) presentación del Proyecto de Inversión Implementación y Funcionamiento de la Red Nacional de Protección al Consumidor, para el año 2013, inscrito en Planeación
Nacional con el código 20122011000402. 3.4. ¿Cómo se distribuirán las partidas presupuéstales entre los miembros de la Red Nacional de Protección al Consumidor, es decir, consejos de protección al consumidor de carácter nacional o local donde existan, las alcaldías y las autoridades administrativas del orden nacional que tengan asignadas funciones de protección al consumidor, las ligas y asociaciones de consumidores y la SIC?
Respuesta: Acorde con la anterior respuesta, no hay lugar a la distribución de partidas entre los miembros de la Red Nacional de Protección al Consumidor. 3.5. ¿Qué se ha adelantado en materia de la creación del Consejo Nacional de
Protección al Consumidor?
Respuesta: El Consejo Nacional de Protección al Consumidor fue creado mediante el Decreto 3468 de 1982 y la Superintendencia de Industria y Comercio ejerce la Secretaría Técnica Permanente del mismo. Su última reunión fue el pasado 23 de julio de 2012. 3.6. En el evento e que la respuesta al anterior interrogante sea negativa, ¿qué acciones piensan tomar al respecto para su implementación?
No hay lugar a respuesta. Para mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y de las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,