SIC - Concepto-12120404
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-12120404
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C., 10
Asunto: Radicación: 12-120404- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 3
Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Consulta \”Quisiéramos saber si existe una certificación o documento donde se indique que nosotros somos la única empresa de ingenieros de sonido en el país que trabaja desarrollando nuevos prototipos basados en sonido o cómo podemos demostrar esto\”.
2. Registros administrados por la Superintendencia de Industria y Comercio De acuerdo con el Decreto 4886 de 2011, por medio del cual se modificó la estructura de la Superintendencia de Industria y Comercio, se determinaron las funciones de sus dependencias y se dictaron otras disposiciones, la Superintendencia tiene a cargo los siguientes registros públicos: (i) Registro Nacional de Avaluadores, sobre el cual ejerce control y vigilancia y lleva la lista que lo conforma de acuerdo con lo previsto por el Decreto 422 de 2000 y las Leyes 546 y 550 de 1999 y la modificación introducida a esta última por la Ley 1116 de 2006; (ii) Registro de Fabricantes e Importadores de Productos y Proveedores de Senvicios Sujetos al Cumplimiento de Reglamentos Técnicos, que lleva de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto 2269
de 1993 y las normas que lo modifiquen o adicionen, en el que deben inscribirse, previamente al inicio de actividades de comercialización, todos los fabricantes e importadores de bienes y los proveedores de servicios sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos cuyo control y vigilancia haya sido asignado a la Superintendencia de Industria y Comercio, sean personas naturales o jurídicas, y (iii) Registro de la Propiedad Industrial, en el que se inscriben todos los actos de concesión, modificación y disposición de derechos de propiedad industrial (patentes de invención, patentes de modelo de utilidad, registro de diseños industriales, marcas y lemas, depósitos de nombres comerciales y enseñas comerciales, actos de autorización de uso de denominaciones de origen, renovaciones, modificaciones o afectaciones por cambio de nombre, cambio de domicilio, cambio de dirección, transferencias, licencias y sublicencias de uso, desanotaciones de licencias y sublicencias de uso, renuncia a derechos y medidas cautelares).
3. Tipos de protección otorgada a las creaciones técnicas Nuestro ordenamiento jurídico reconoce varias modalidades de propiedad industrial, por las cuales se busca proteger las creaciones técnicas: (i) patente de invención, (ii) patente de modelo de invención y (iii) registro de diseño industrial.
La invención es el desarrollo de una solución práctica a una necesidad o problema técnico y se puede otorgar patente de invención sobre productos, procedimientos, métodos de fabricación, máquinas o aparatos, que reúnan 3 condiciones: novedad (que no exista a nivel mundial), nivel inventivo (que no sea un desarrollo obvio para alguien experto en la materia que trata el invento) y aplicación industrial (que lo
inventado pueda ser utilizado o fabricado en cualquier industrial). La patente de modelo de utilidad se otorga a aquellas invenciones consistentes en una nueva forma, configuración o disposición de elementos de un artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o parte de los mismos, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. Las condiciones que debe reunir el invento para ser protegido por patente de modelo de utilidad son: debe ser un producto (no un procedimiento) novedoso y con aplicación industrial. El registro de diseño industrial se puede otorgar sobre una forma externa bidimensional o tridimensional de un producto, que le da una apariencia particular, que es la que se protege.
4. Conclusión La Superintendencia de Industria y Comercio no tiene a cargo algún registro ni expide alguna certificación que indique que una empresa es la única que desarrolla en el país determinado objeto social. Dentro del marco de nuestras funciones como administrador del sistema nacional de propiedad industrial podemos decirle que la forma de demostrar que se ejercen derechos sobre una creación técnica es mediante una patente de invención o de modelo de utilidad o de un registro de diseño industrial, que se obtiene de la Superintendencia de Industria y Comercio, siguiendo un trámite definido por la ley y que usted puede consultar en nuestra página en Internet,
www.sic.gov.co/Propiedad Industrial/Nuevas Creaciones. Atentamente,