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SIC - Concepto 1265

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto 1265
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Propiedad Intelectual
Año

Bogotá D.C.,

10

Asunto: Radicación: 15-053668- -00002-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 1

Estimado(a) Señora: Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Oficina con el número señalado en el asunto. De conformidad con lo anterior, advertimos que la Oficina Jurídica profiere conceptos de carácter general y abstracto sobre las materias de su competencia, sin que le sea posible resolver a través de estos, situaciones particulares o pronunciarse sobre la legalidad de una conducta, pues estaríamos vulnerando el principio y garantía constitucional del debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política. En su comunicación, solicita ampliación del “concepto de “Declaración de Conformidad” amparado en el Decreto 0925 del 09 de mayo de 2013”. Con posterioridad el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo trasladada a esta Superintendencia la comunicación radicada con el número 15 - 66468 , donde consulta: “1. Teniendo en cuenta que un “certi ficado de conformidad” lo emite un organismo acreditado y una “Declaración de conformidad” la puede emitir un organismo de primera parte. ¿Presentar una “certificación de conformidad” emitido por un organismo acreditado, es más o tan válido como presentar una “Declaración de conformidad”?

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organismo de primera parte. ¿Presentar una “certificación de conformidad” emitido por un organismo acreditado, es más o tan válido como presentar una “Declaración de conformidad”?

Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMO3. Para los casos donde la ley solicita “Declaración de conformidad”, como por ejemplo en el decreto 095 parágrafo del artículo 25, si se presenta un “certificado de conformidad”, este da mas confiabilidad y puede ser aceptado como una declaración de conformidad del proveedor?

2. Para los casos donde la ley solicita “Declaración de conformidad”, si se adjunta un “certificado de conformidad”, ¿para la SIC, es válido presentar el certificado de conformidad, aunque lo que se s olicite es una declaración de conformidad?.” Al respecto, nos permitimos informarle que el concepto de declaración de conformidad se encuentra definido en los siguientes referentes normativos: Literal m del artículo 2° del Decreto 2269 de 1993: “m) Declaración del Proveedor. Procedimiento mediante el cual un proveedor

conformidad se encuentra definido en los siguientes referentes normativos: Literal m del artículo 2° del Decreto 2269 de 1993: “m) Declaración del Proveedor. Procedimiento mediante el cual un proveedor da constancia por escrito de que un producto, un proceso o un servicio cumple determinados requisitos específicos; (…).”. Numeral 23 del artículo 7 del Decreto 1471 de 2014: “Declaración de conformidad de primera parte. Certificación emitida por la persona o la organización que suministra el objeto, respecto a la conformidad de este con el reglamento técnico (…)”. Adicionalmente, la norma ISO 17050 partes 1 y 2 abarcan todo lo relacionado sobre “declaración de conformidad del proveedor”, las cuales anexamos. Por su parte, el Decreto 2269 de 19 define en su artículo lo que debe entenderse por certificado de conformidad, así: “Certificado de Conformidad. Documento emitido de acuerdo con las reglas de un sistema de certificación, en el cual se manifiesta adecuada confianza de que un producto, proceso o servicio debidamente identificado está conforme con una norma técnica u otro documento normativo específico;(…)”. Ahora bien, de conformidad con el Decreto 4886 de 2011, le corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio velar por el cumplimiento de aquellos reglamentos técnicos cuyo control y vigilancia le haya sido as ignada, función que realiza dentro de los lineamientos que dichos reglamentos imponen. En consecuencia, la exigencia de demostrar la conformidad a través de un certificado de conformidad o de una declaración de conformidad, estará determinada por lo que específicamente requiera el reglamento, de modo que no le Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA

certificado de conformidad o de una declaración de conformidad, estará determinada por lo que específicamente requiera el reglamento, de modo que no le Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOestá permitido a esta Entidad validar mecanismos diferentes a los que en ellos se exige. Si usted desea una explicación desde lo reglamentado por el Decreto 0925 del 09 de mayo de 2013, expedido por e l Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, sugerimos direccionar su consulta a dicha Entidad. Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta Entidad, puede consultar nue stra página en Internet, www.sic.gov.co.

Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

Elaboró: Adonia Aroca

Revisó: William Burgos

Aprobó: William Burgos

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