SIC - Concepto-13027588
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-13027588
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C., 10
Asunto: Radicación: 13-027588- -00002-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 2
Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.
1. Consulta \”En los procesos de registro marcario, ¿en qué efecto se concede el recurso de apelación de la resolución que niega el registro de una marca?\"
2. Respuesta No hay norma especial sobre el efecto en que se conceden los recursos en trámites de propiedad industrial, razón por la cual, se aplica la norma general consagrada en el artículo 79 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de manera que el recurso de apelación contra el acto que niega el registro de una marca se concederá en el efecto suspensivo.
Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,