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SIC - Concepto-13037717

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto-13037717
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año

Bogotá D.C., 10

Asunto: Radicación: 13-037717- -00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 2

Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.

1. Consulta Se pregunta si para la Superintendencia de Industria y Comercio son equivalentes las expresiones LIMITED y LTD y, por lo tanto, no hay lugar a rechazo o requerimiento.

2. Respuesta Aunque de acuerdo con la atribución de funciones del Decreto 4886 de 2011 corresponde a la Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia decidir el asunto particular que usted plantea y que, en ese sentido, tal como lo precisó la Corte Constitucional en Sentencia C-542 de 2005, \"[l]os conceptos emitidos por las entidades en respuesta a un derecho de petición de consulta no constituyen interpretaciones autorizadas de la ley o de un acto administrativo. No pueden reemplazar un acto administrativo. Dada la naturaleza misma de los conceptos, ellos se equiparan a opiniones, a consejos, a pautas de acción, a puntos de vista, a recomendaciones que emite la administración pero que dejan al administrado en libertad para seguirlos o no\”, dentro de estos límites opinamos que si la expresión LTD que obra en el poder para el trámite de renovación de marca es realmente la

abreviatura del tipo societario designado con la palabra inglesa LIMITED inscrita en el poder para registrar la marca que se quiere renovar, sin que pueda llegar a pensar el funcionario competente que haya cambiado el tipo societario del titular, debería aceptarse el nuevo poder. Atentamente,

JAZMIN ROCIO SOACHA PEDRAZA

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA (E)

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