SIC - Concepto-13049894
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-13049894
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C., 10
Asunto: Radicación: 13-049894- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 3
Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Consulta \”Solicito a quien corresponda proveerme información sobre casos particulares que haya resuelto la SIC y que tenga relación con la tercera causal de irregistrabilidad marcaria: sean idénticos o se asemejen a un lema comercial solicitado o registrado, siempre que dadas las circunstancias, su uso pudiera originar un riesgo de confusión o de asociación\”
2. Materia objeto de consulta Mediante el Decreto 4886 de 2011 se le asignó a la Superintendencia de Industria y Comercio la función general de administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, que implica las especiales o específicas de (i) administrar el registro nacional de la propiedad industrial, instrumento en el que se inscriben todos los actos de concesión de derechos de propiedad industrial a través de registro o patente, los actos por los cuales se modifican y transfieren y los que establecen presunción de primer uso o conocimiento del mismo (depósitos), y (ii) tramitar y decidir las solicitudes de concesión de patentes de invención y de modelo de utilidad, registros de diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos
integrados, marcas y lemas, depósitos de nombres y enseñas comerciales, declaración y autorizaciones de uso de denominaciones de origen. Igualmente, la Superintendencia de Industria y Comercio ejerce funciones jurisdiccionales frente a procesos de infracción de derechos de propiedad industrial, en virtud del artículo 24 de la Ley 1564 de 2012, a partir de la fecha de su promulgación, es decir, del 12 de de julio de 2012. En el marco de estas funciones emitiremos nuestro concepto.
3. Respuesta No encontramos en la Oficina Asesora Jurídica conceptos sobre la causal de irregistrabilidad consagrada en el literal c del artículo 136 de la Decisión 486 Andina, pero, a continuación, relacionamos los expedientes en los cuales, en el período 2011-2013, la Delegatura de Propiedad Industrial se ha pronunciado al respecto, con
sus resoluciones correspondientes:
1. Expediente 11-99599
Decisión CONCESION Resolución 66633/12
2. Expediente 11-153656
Decisión NEGACION Resolución 59093/12
3. Expediente 11-181190
Decisión CONCESION Resolución 39157/12
4. Expediente 11-181191
Decisión CONCESION Resolución 51879/12
5. Expediente 12-836
Decisión NEGACION Resolución 59133/12
6. Expediente 12-90298
Decisión NEGACION Resolución 65312/12 Las resoluciones correspondientes a estos casos puede encontrarlas accediendo a consulta de trámites, por la siguiente ruta electrónica: www.sic.gov.co/Propiedad industrial/Trámites en línea y servicios-Lista completa de los trámites y servicios de Propiedad Industrial/Consulta de actos administrativos.
Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,