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SIC - Concepto-13057415

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto-13057415
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año

Bogotá D.C 10

Asunto: Radicación: 13-57415--2-0

Trámite: 113

Evento: Actuación: 440

Folios: 3

Estimado(a) Señor: [Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su comunicación radicada en esta Entidad con el número de la referencia, en los siguientes términos: 1 Consulta "En concepto de esa entidad, en qué clase de la Clasificación Internacional de Niza se debe registrar la marca para amparar un producto consistente en una mezcla para preparar bebidas a base de soya." 2 Materia objeto de consulta Mediante el Decreto 4886 de 2011 se le asignó a la Superintendencia de Industria y Comercio la función general de administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, que implica las especiales o específicas de (í) llevar el registro nacional De la propiedad industrial, instrumento en el que se inscriben todos los actos de concesión de derechos de propiedad industrial a través de registro o patente, los actos por los cuales se modifican y transfieren y los que establecen presunción de primer uso o conocimiento del mismo (depósitos), y (ii) tramitar y decidir las solicitudes de concesión de patentes de invención y de modelo de utilidad, registros de diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas y lemas, depósitos de nombres y enseñas comerciales, declaración y autorizaciones de uso de denominaciones de origen. Igualmente, la Superintendencia de Industria y Comercio ejerce funciones

jurisdiccionales frente a procesos de infracción de derechos de propiedad industrial, en virtud del artículo 24 de la Ley 1564 de 2012, a partir de la fecha de su promulgación, es decir, del 12 de de julio de 2012. De acuerdo con el anterior marco de funciones absolveremos su consulta. 2.1 Productos agrupados en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza (décima versión) De acuerdo con las notas explicativas de la clase 30 de la décima versión de la Clasificación Internacional de Niza: "café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo", se agrupan en ella los siguientes productos: "La clase 30 comprende principalmente los productos alimenticios de origen vegetal preparados para su consumo o conservación, así como los aditivos para realzar el sabor de los alimentos. Esta clase comprende en particular: - las bebidas a base de café, cacao, chocolate o té; - los cereales preparados para la alimentación humana (por ejemplo: copos de avena o de otros cereales). Esta clase no comprende, en particular: - ciertos productos alimenticios de origen vegetal (consultar la lista alfabética de productos); - la sal de conservación que no sea para conservar alimentos (el. 1); - las infusiones medicinales y los alimentos o sustancias dietéticas para uso médico (el. 5); - los alimentos para bebés (el. 5);

  • los complementos nutricionales (el. 5); - los cereales sin procesar (el. 31); - los alimentos para animales (el. 31)." De acuerdo con lo anterior, consideramos que la marca para identificar una mezcla para preparar bebidas a base de soya puede clasificarse en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, décima versión.

No obstante haberle prestado la anterior guía, debe tener en cuenta que es de carácter orientativo y que en ningún momento puede o debe comprometer las decisiones de la Delegatura de Propiedad Industrial ni la del solicitante del registro. Quede claro que aunque la Oficina Asesora Jurídica es la dependencia competente para rendir concepto sobre las normas regentes del tema de propiedad industrial, no lo es para clasificar los productos o servicios que van a ser identificados con la marca cuyo registro se solicita, función que sólo le corresponde al solicitante del registro. Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

Elaboró: Claudia Bohórquez

Revisó: William Burgos

Aprobó: William Burgos

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