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SIC - Concepto-13113004

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto-13113004
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año

Bogotá D.C., 10

Asunto: Radicación: 13-113004- -00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 1

Estimado(a) Señores: [Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su comunicación radicada en esta Entidad con el número de la referencia, en los siguientes términos:

1. Consulta \"Solicito me informen si la acción de nulidad, prevista en el artículo 172 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, es necesario para darle trámite el pago de la tasa. De serlo solicito que me informen la resolución donde se establece el valor de la misma.\"

2. Respuesta La acción de nulidad prevista en el artículo 172 de la Decisión 486 Andina se adelanta ante el Consejo de Estado, máximo organismo de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de acuerdo con los artículos 104, 162 y 149 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011. La presentación de la demanda no requiere el pago de tasa.

Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

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