🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SIC - Concepto-13115196

Superintendencia de Industria y Comercio

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SIC - Concepto-13115196
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año

Bogotá D.C 10

Asunto: Radicación: 13-115196--1-0

Trámite: 113 Evento:

Actuación: 440

Folios: 2

Estimado(a) Señora: [Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su comunicación radicada en esta Entidad con el número de la referencia, en los siguientes términos:

1. Consulta "En el caso en el que se haya presentado oportunamente un escrito de oposición a un registro de marca, pero posteriormente la Superintendencia de Industria y Comercio, haya realizado una nueva publicación por error interno de la entidad. La oposición presentada y el pago de la tasa oficial correspondiente es tenido en cuenta? O se debe realizar de nuevo el escrito y pagar de nuevo la tasa oficial, aún cuando fue un error interno de la entidad?"

2. Respuesta Toda oposición a registro de marca, presentada en las condiciones y dentro del término señalado en el artículo 146 del Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, en el formulario indicado en el punto 1.2.1.11 del Título X de la Circular Única de la superintendencia de Industria y Comercio y anexando prueba del pago de la tasa vigente para ese trámite, será tenida en cuenta en el proceso de registro de marca, aún cuando posteriormente se deba realizar una nueva publicación por errores internos.

Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra

página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

Elaboró: Claudia Bohórquez

Revisó: William Burgos

Aprobó: William Burgos

Consultar sobre este documento ...