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SIC - Concepto-13192457

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto-13192457
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Comercial
Año

Bogotá D.C., 10

Asunto: Radicación: 13-192457- -00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 2

Respetado(a) Señor (a): [Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012] Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.

1. Objeto de la consulta En su escrito consulta: "Solicito que por favor me ayuden informándome cuales son las condicione financieras, comerciales y legales definidas por la Superintendencia de Industria y Comercio para que un almacén clasifique como de Gran Superficie."

2. Gran almacén Sea lo primero indicar que la Superintendencia no se ha referido al tema de Grandes Superficies, en cambio, la Circular Única de la Entidad, en el numeral 2.11 del Título II establece el procedimiento que deben tener todos los almacenes de cadena respecto de la atención de peticiones, quejas y reclamos. A continuación, trae la definición que hace dentro de la citada circular sobre "gran almacén": "2.11.1 Definición de gran almacén: "Todo establecimiento de comercio que venda bienes de consumo masivo al detal y cuyos ingresos brutos bimestrales sean iguales o mayores a tres mil (3.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, tales como almacenes de cadena, almacenes por departamentos, supermercados e hipermercados."

Lo anterior nos indica que se deben cumplir dos requisitos para ser considerado "gran almacén", acorde con la instrucción de la Superintendencia. Por un lado, debe ser un establecimiento de comercio que venda bienes de consumo masivo al por menor y, por otro, que sus ingresos sean iguales o superiores a tres mil salarios mínimos en un periodo de dos meses. Quienes cumplan estos requisitos, serán considerados "gran almacén". De cualquier forma, debe tenerse en cuenta que cada establecimiento debe examinar si cumple con los requisitos citados. En consecuencia, para la verificación de tales requisitos usted podrá solicitar los documentos que acrediten que el establecimiento "venda bienes de consumo masivo al detal" y que demuestren que tenga "ingresos brutos bimestrales sean iguales o mayores a tres mil (3.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes". Se precisa que tal condición no es de verificación previa por parte de la Entidad. Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta Entidad, puede consultar nuestra página de internet www.sic.gov.co. Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

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