SIC - Concepto-14072009
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Concepto-14072009
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- —
Bogotá D.C., 10
Asunto: Radicación: 14-072009- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Estimado(a) Señor: Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Oficina con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.
1. Objeto de la consulta El idioma oficial de Colombia, según lo dispone el artículo 10 de la Constitución Política es el castellano, por lo cual, pese a que la consulta de la referencia fue formulada en inglés, será resuelta en castellano.
El peticionario solicita se le informe dónde puede encontrar información sobre los requisitos o estándares que se deben cumplir en Colombia para un sistema de cargador de batería de camiones híbridos y buses.
2. Funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de reglamentos técnicos y metrología legal.
La Superintendencia de Industria y Comercio, según lo disponen los numerales 22 al 31, 42 al 46 y 61 al 66 del artículo 1 del Decreto 4886 de 2011, a través del cual se modificó la estructura de la Entidad, en materia de reglamentos técnicos y metrología legal, tiene entre otras las siguientes facultades: • Oficializar los patrones de medida. • Fijar los requisitos mínimos de calidad e idoneidad para determinados bienes y servicios mientras se expiden los reglamentos técnicos cuando se encuentre que
un producto puede poner en peligro la vida, salud o seguridad de los consumidores. • Ejercer el control metrológico de los instrumentos de medición y de los productos preempacados. • Imponer, previas explicaciones, sanciones y medidas por la violación sobre las disposiciones de metrología legal o incumplimiento de reglamentos técnicos. • Velar por el cumplimiento de las normas sobre control de precios, especulación e incumplimiento en los reportes de precios. Al respecto, en primer lugar, nos permitimos advertirle que en virtud del principio y garantía constitucional del debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política, no nos es posible resolver a través de conceptos situaciones particulares, como la que usted expone en su comunicación. Sin embargo, dentro del ámbito de las referidas competencias, a continuación le brindamos información relacionada con la materia consultada.
3. Reglamentos Técnicos cuya vigilancia está a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio.
En nuestra página web (www.sic.gov.co) puede encontrar un listado de los reglamentos técnicos cuya vigilancia ha sido encomendada a la Superintendencia de Industria y Comercio, o a través del siguiente link: http://www.sic.gov.co/es/metrologia Específicamente en atención a su consulta encontramos que los siguientes son los reglamentos técnicos a cargo de esta Superintendencia que hacen referencia a vehículos: • Cinturones de Seguridad para uso en Vehículos Automotores, establecido a través de la Resolución 1949 del 17 de julio de 2009. • Acristalamientos de seguridad para uso en vehículos automotores y sus remolques, regulado por la Resolución 0322 de abril 29 de 2002 modificada por las
Resoluciones 0935 del 21 de abril de 2008 y 1289 del 27 de mayo de 2008. • Acristalamientos de seguridad resistente a las balas para uso en vehículos automotores y sus remolques, previsto en la Resolución 934 del 21 de abril de 2008. • Sistemas de frenos de vehículos automotores, creado mediante la Resolución 4983 de 2011. • Llantas Neumáticas, regulado por la Resolución 481 del 4 de marzo de 2009. Para obtener mayor información acerca de dichos reglamentos técnicos y conocer el texto de las normas citadas puede acceder al siguiente link: http://www.sic.gov.co/es/reglamentos-tecnicos1#cu o siguiendo esta ruta: • Ingresar a la página web: www.sic.gov.co • Seleccionar la opción: Reglamentos Téc y Metrología Legal • Seleccionar la opción: Vehículos Finalmente, le recomendamos consultar al Ministerio de Transporte, lo cual puede hacer accediendo a la siguiente página web www.mintransporte.gov.co o remitiendo un correo electrónico a la esta dirección quejasyreclamos@mintransporte.gov.co Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta Entidad, puede consultar nuestra página en Internet, www.sic.gov.co. Atentamente,
WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO
JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA
Elaboró: Mariana Naranjo
Revisó: William Burgos
Aprobó: William Burgos