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SIC - Concepto 3292

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto 3292
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Propiedad Intelectual
Año

Bogotá D.C.,

10

Asunto: Radicación: 14-242840- -00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 1

Estimado(a) Señor: Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Oficina con el número indicado en el asunto, en los siguientes términos.

1. Objeto de la consulta

El peticionario solicita información acerca de los documentos necesarios para realizar el registro de un invento ya que vive en Pasto y pregunta dónde debe realizar dichos trámites?

2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de propiedad industrial

De acuerdo con lo establecido en el numeral 57, artículo 1 del Decreto 4886 de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio tiene a su cargo la función de “Administrar el sistema nacional de la propiedad industrial y tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma”.

Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co -Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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www.sic.gov.co -Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOEn este sentido y según lo dispone el artículo 20 del referido decreto, a la Dirección de Nuevas Creaciones de esta Superintendencia le corresponde, entre otras, las siguientes funciones: “1. Tramitar las solicitudes de patentes de invención.

2. Tramitar las solicitudes de licencias obligatorias de patentes de invención.

3. Adelantar los trámites de caducidades de patentes de invención.

4. Decidir las solicitudes de inscripción de las actuaciones posteriores a la concesión de los derechos sobre nuevas creaciones, salvo aquellas atribuidas al Superintendente de Industria y Comercio.

5. Decidir las solicitudes relacionadas con patentes de modelos de utilidad, así como con las demás actuaciones posteriores a la concesión del derecho.

6. Decretar la caducidad de las patentes de modelos de utilidad.

(…)

9. Llevar los archivos y registros de las patentes de invención, de los modelos de utilidad, del registro de diseños industriales y de los esquemas de trazados de circuitos integrados.

10. Elaborar el material para la Gaceta de propiedad Industrial en lo referente al área a su cargo.

“(…)”. De acuerdo con dichas normas esta Superintendencia cuenta, entre otras, con las siguientes funciones: • Llevar el registro nacional de la propiedad industrial, instrumento en el que se

referente al área a su cargo. “(…)”. De acuerdo con dichas normas esta Superintendencia cuenta, entre otras, con las siguientes funciones: • Llevar el registro nacional de la propiedad industrial, instrumento en el que se inscriben todos los actos de concesión de derechos de propiedad industrial a través de registro o patente, los actos por los cuales se modifican y transfieren y los que establecen presunción de primer uso o conocimiento del mismo (depósitos). • Tramitar y decidir las solicitudes de concesión de patentes de invención y de modelo de utilidad, registros de diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas y lemas, depósitos de nombres y enseñas comerciales, declaración y autorizaciones de uso de denominaciones de origen.

Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co -Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOAdicionalmente el literal a) del numeral 3 del artículo 24 del Código General del Proceso -Ley 1564 de 2012otorgó facultades jurisdiccionales a la Superintendencia de Industria y Comercio para conocer de litigios por infracción a

Proceso -Ley 1564 de 2012otorgó facultades jurisdiccionales a la Superintendencia de Industria y Comercio para conocer de litigios por infracción a los derechos de propiedad industrial. Ahora bien, nos permitimos advertirle que en virtud del principio y garantía constitucional del debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política, no nos es posible resolver a través de conceptos situaciones particulares. Sin embargo y dentro del ámbito de las referidas competencias, a continuación le suministramos información relevante en relación con el tema planteado.

3. Patentes de invención - concepto

Es importante resaltar que la patente se constituye, dentro del régimen de la propiedad industrial, como el mecanismo de protección de las invenciones, las cuales, según el artículo 14 de la Decisión 486 de 2000, pueden ser de productos o procedimientos, siempre y cuando sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial. La doctrina ha definido la invención de producto como aquella “consistente en un cuerpo cierto determinad o” y, la invención de procedimiento como “el conjunto de operaciones o actividades técnicas que representan el ciclo que debe cumplirse para obtener el resultado planeado”. (Corporación de estudios sobre los Derechos de propiedad Industrial -CORPIC. Seminario sobre Patentes en la Comunidad Andina. Biblioteca Jurídica Diké, Medellín, 2001. Pág. 33). De acuerdo con lo anterior, tratándose de patentes de procedimiento no se protege el resultado obtenido sino el conjunto de operaciones o actividades que se realizan para su obtención.

3.1. Excepciones a la patentabilidad El artículo 15 de la Decisión 486 en mención señala aquello que no se considera como invención, así:

realizan para su obtención.

3.1. Excepciones a la patentabilidad El artículo 15 de la Decisión 486 en mención señala aquello que no se considera como invención, así: “a) los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos;

Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co -Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOb) el todo o parte de seres vivos tal y como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico existente en la naturaleza o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma de cualquier ser vivo natural; c) las obras literarias y artísticas o cualquier otra protegida por el derecho de autor; d) los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, juegos o actividades económico-comerciales; e) los programas de ordenadores o el soporte lógico, como tales; y f) las formas de presentar información”. 3.2. Requisitos de patentabilidad El artículo 16 de la citada decisión establece que “ Una invención se considerará

e) los programas de ordenadores o el soporte lógico, como tales; y f) las formas de presentar información”. 3.2. Requisitos de patentabilidad El artículo 16 de la citada decisión establece que “ Una invención se considerará nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica ”, el cual incluye “todo lo que haya sido accesible al público por una descripción escrita u oral, utilización, comercialización o cualquier otro medio antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente”. En cuanto al nivel inventivo, el artículo 18 establece que éste existe “si para una persona del oficio normalmente versada en la materia técnica correspondiente, esa invención no hubiese resultado obvia ni se hubiese derivado de manera evidente del estado de la técnica”. Para determinar la aplicación industrial de la invención, el artículo 19 establece que ésta se da “cuando su objeto pueda ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria, entendiéndose por industria la referida a cualquier actividad productiva, incluidos los servicios”. Todos los elementos enunciados anteriormente deberán ser tenidos en cuenta para llegar a determinar la procedencia del trámite de una solicitud de patente.

3.2.1. Requisitos de la solicitud Los requisitos y documentos necesarios de solicitud de patentes de invención y de modelo de utilidad, de acuerdo con los artículos 39, 26 y 27 de la Decisión 486 de Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia

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/!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMO2000, son: - Petitorio -Formulario Único de Patente No. PI02-F01-, que puede ser descargado de la página web www.sic.gov.co y radicarlo en la oficina virtual. El formulario debe ser diligenciado en forma clara, también si lo prefiere puede presentarlo y radicarlo en la Sede de la Superintendencia de Sociedades de Cali, ubicada en la Calle 10 No. 4 - 40 Oficina 201, teniendo en cuenta que Usted nos informa que se encuentra ubicado en la ciudad de Pasto. Los servicios de la propiedad industrial se ofrecen a través de internet como radicación de servicios en línea, los cuales tendrán un descuento de cinco por ciento 5% sobre la tasa del trámite correspondiente, según lo previsto en el artículo 6 de la Resolución 56451 de 2013, que puede ser consultada en la página web www.sic.gov.co ingresando por la pestaña “Normativa”/Resoluciones. Cabe mencionar que las solicitudes de patentes, las relativas a exámenes de patentabilidad y los servicios ofrecidos por el Banco de Patentes, presentadas por: –las personas naturales que carezcan de medios económicos, -las Micro, Pequeña o Mediana empresa (mipyme), -Universidades públicas o privadas reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional o – Entidades sin ánimo de

–las personas naturales que carezcan de medios económicos, -las Micro, Pequeña o Mediana empresa (mipyme), -Universidades públicas o privadas reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional o – Entidades sin ánimo de lucro registradas ante la cámara de comercio cuyo objeto sea el desarrollo de investigación científica y tecnológica, tendrán una reducción del 25 % de la tasa vigente (Resolución 56451 de 2013). La información que debe contener el formulario es la siguiente: - La descripción completa de la invención, de manera tal que con la información dada, una persona versada en la materia pudiera ejecutarla. - Las reivindicaciones que precisen la materia para la cual se solicita la protección. - Los dibujos, cuando fueren necesarios para comprender la invención, los cuales se considerarán parte integrante de la descripción. - Resumen y extracto para publicación, con el objeto y finalidad de la invención y de ser necesario, arte final del dibujo o figuras más características (si las hubiere) en duplicado. - El trámite de la solicitud de patente de invención, puede ser efectuado de manera directa por el inventor, no obstante si se decide actuar por intermedio de abogado, se deberán anexar los poderes correspondientes. Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co -Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165

Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co -Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOPago de la tasa de propiedad industrial. Las tasas señaladas para las patentes de invención durante el año 2014, es de $515.000 y el examen de patentabilidad de una invención es de $546.000. Las tasas las puede consultar en la página web www.sic.gov.co en “Normativa”, /Resoluciones/ 56451 del 27 de septiembre de 2013, tal y como arriba lo indicamos. - De ser el caso, la copia del documento en el que conste la cesión del derecho a la patente del inventor al solicitante o a su causante. Se reitera que la ausencia de alguno de estos requisitos, ocasionará que la solicitud sea considerada como no admitida a trámite y no se le asignará fecha de presentación hasta tanto no se completen todos los requisitos.

3.2.3. Disponibilidad de la información sobre patentes Desde su computadora conectada a Internet, puede consultar el texto completo de los documentos de patentes, publicados en bases de datos comerciales y gratuitos. El Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio presta servicios gratuitos y no gratuitos. Los servicios gratuitos son: (i) información general, ingresando a la página www.bancopatentes.gov.co, ii) sala de consulta,

gratuitos. El Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio presta servicios gratuitos y no gratuitos. Los servicios gratuitos son: (i) información general, ingresando a la página www.bancopatentes.gov.co, ii) sala de consulta, ubicada en la carrera 13 No. 27–00, piso 5, iii) boletín tecnológico, a través de la página www.sic.gov.co, iv) charlas, y v) consulta en la base de datos.

Los servicios no gratuitos son: i) expedición de certificaciones, ii) búsquedas tecnológicas nacionales e internacionales, y iii) vigilancia tecnológica, cuyas tarifas encontrará en la página www.sic.gov.co, entrando por la pestaña “Normativa” y

\"Resoluciones\". Para efectos de consultar las invenciones existentes o que se encuentren en trámite ante la Superintendencia de Industria y Comercio y que se relacionen con el tema a exponer, puede solicitar en el Banco de Patentes una búsqueda nacional, por la que deberá cancelar la suma de $196.000 pesos, o una búsqueda internacional, que le permitirán conocer el estado de la técnica a nivel nacional e internacional, en un sector específico. Cada uno de los anteriores servicios tiene un costo diferente y es en el momento de radicar la petición que se debe cancelar la tasa vigente a esa fecha.

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOLa petición de cualquiera de estos servicios no gratuitos se hace diligenciando el formulario diseñado para el efecto, disponible en la página en Internet, y puede enviarse por correo a la calle 13 No. 27-00, vía fax al número 5870284-, o al correo electrónico info@sic.gov.co o haciendo la radicación directamente en la Superintendencia de Industria y Comercio. En el formulario de petición se deberá describir claramente lo que se desea buscar, indicando las características técnicas esenciales que definen el producto o procedimiento sobre el que desea información y, en algunos casos, será necesario anexar dibujos o figuras características.

3.3. Procedimiento El procedimiento para obtener la concesión de una patente es: - Radicación de la solicitud - formulario - Examen de forma (duración de 30 días hábiles, tiempo para verificar el cumplimiento de los requisitos de la solicitud). Si la solicitud cumple con los requisitos formales pasa a la siguiente etapa - la Publicación en la gaceta de la propiedad industrial -Presentación de oposiciones - Solicitud de examen de patentabilidad y, - Decisión final que consiste en la concesión o negación-. Finalmente, para obtener información detallada de lo citado en precedencia puede

-Presentación de oposiciones - Solicitud de examen de patentabilidad y, - Decisión final que consiste en la concesión o negación-. Finalmente, para obtener información detallada de lo citado en precedencia puede acercarse a la Sala de Consulta de esta Superintendencia, -Banco de Patentes- , ubicada en la Carrera 13 No. 27 – 00 piso 5º., o contactarse al teléfono 587 00 00 extensiones 30022 o 30025, donde encontrará personas dispuestas a orientarlo. Si requiere mayor información sobre el desarrollo de las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página de internet www.sic.gov.co.

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/!iA MINC0MERCI0

\:!I INDUSTRIA Y TURISMOAtentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

Elaboró: Juliett Muñoz

Revisó: William Burgos

Aprobó: William Burgos

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JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

Elaboró: Juliett Muñoz

Revisó: William Burgos

Aprobó: William Burgos

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