SIC - Concepto 3399
Superintendencia de Industria y Comercio
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Disponible
Detalles
- Título
- SIC - Concepto 3399
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- —
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 11-010722- -00003-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 5
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la consulta En su escrito se refiere a la solicitud de registro de una marca, el cual, según sus palabras, el link que dan para ser seguimiento es de difícil utilización y hay campos obligatorios que no se sabe que poner.
Sobre el particular nos permitimos informarle lo siguiente:
2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta Entidad, entre otras funciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, protección de la competencia, administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, así como tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los asuntos jurisdiccionales en materia de protección al consumidor y competencia desleal.
Cra. 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia
desleal. Cra. 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co -Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 1r) Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente
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NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACION fl!A MINCOMERCIO fi INDUSTRIA Y TURISMO3. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de propiedad industrial Las funciones específicas de esta Entidad en relación con la propiedad industrial, se encuentran las señaladas en el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, la Decisión 486 de 2000 y la Circular externa No. 10 de la Superintendencia de Industria y Comercio, -Circular Única-. La Superintendencia de Industria y Comercio, a través efe la Dirección de Signos Distintivos tiene a su cargo " Decidir las solicitudes que se relacionen con el registro de marcas, y lemas comerciales, así como con su renovación y demás actuaciones posteriores a la concesión del registro \”,(Subrayado fuera del texto), de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 12 del Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010. 3.1. Trámite de registro de una marca La solicitud de registro de una marca en cualquiera de sus tipos sea nominativa
con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 12 del Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010. 3.1. Trámite de registro de una marca La solicitud de registro de una marca en cualquiera de sus tipos sea nominativa (palabra), figurativa (dibujo o logo) o mixta (figura y letras o palabra) se adelanta ante la Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio, para lo cual debe allegar los documentos y cumplir con los requisitos previstos en los artículos 138 y 139 de la Decisión 486 de 2000. Dentro de los requisitos necesarios para presentar una solicitud de registro de marca, en este caso -mixta-, debe adjuntarse el comprobante de pago de la tasa establecida, que para este año 2011, es de $692.000, siempre y cuando sea en línea y para demás solicitudes, el valor es de $728.000, de conformidad con lo establecido por la Resolución 72897 del 24 de diciembre de 2010. "Por la cual se fijan las tasas de propiedad industrial y se modifica la Circular Única del 19 de julio de 2001". Para su información puede ser consultada en su integridad en nuestra página de internet www.sic.gov.co ingresando por la pestaña \”Normatividad\” y \”Resoluciones\”. Con el fin de cancelar el valor de $728.000, debe consignar dicha suma en el Banco de Bogotá, cuenta Corriente No. 062754387, Código Rentístico 01, a nombre de la Superintendencia de Industria y Comercio, remitiendo el recibo de consignación junto con los demás requisitos. Respecto de los demás documentos que se deben presentar con el petitorio, son los siguientes:
Superintendencia de Industria y Comercio, remitiendo el recibo de consignación junto con los demás requisitos. Respecto de los demás documentos que se deben presentar con el petitorio, son los siguientes:
Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente
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/!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMO3.1.1. Petitorio Diligenciar y radicar -en línea-, el Formulario Único de Registro de Signos Distin tivos (PI01-F01) que puede descargar el formato de nuestra página de internet: www.sic.gov.co, por la pestaña ubicada al la do izquierdo de la pantalla en \”lnformación General\”, \”Formatos\” y \”Propiedad Industriad" y Signos Distintivos\”, escogiendo el /Formulario único de registro de signos distintivos/. En el primer punto, se es del caso marcar con una \”x\” en la casilla \”marca de productos o servicios\”. A renglón seguido, l lenar los datos obligatorios del solicitante del registro de una marca, ya sea por una persona natural o si es persona jurídica, especificar el tipo de
productos o servicios\”. A renglón seguido, l lenar los datos obligatorios del solicitante del registro de una marca, ya sea por una persona natural o si es persona jurídica, especificar el tipo de empresa con el Nit de identificación respectivo. 3.1.2. Poder A efectos de solicitar el registro de un signo podrá contratar un apoderado. En el evento que no desee presentar l a solicitud mediante apoderado no deberá indicar nada. En el punto número 4, se debe indicar el signo con el cual se aspira al registro, determinado la clase del mismo, sea nominativo (para la palabra o letras, etc), mi xto (en el caso de la expresión y el logo, junto con el arte final en tamaño 12 por 12 centímetros) y el figurativo hace relación solamente al logo o figura (debiendo allegar el respectivo arte final en tamaño 12 por 12 centímetros). Para el caso que se de see reivindicar o destacar los colores empleados en la figura, se deben indicar cuáles son. En el punto seis no debe señalar nada, puesto que no se trata de un lema comercial. Para el siguiente numeral usted debe consultar la Clasificación Internacional de Niza, indicando los productos y/o servicios con los cuales desea identificar su marca, la citada Clasificación de Niza la puede consultar en nuestra página Web www.sic.gov.co en la pestaña \”Normatividad\”. 3.1.3. Certificado de existencia y representación legal Si quien solicita el registro de una marca, es una persona jurídica, debe presentar el certificado de existencia y representación legal.
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3.1.3. Certificado de existencia y representación legal Si quien solicita el registro de una marca, es una persona jurídica, debe presentar el certificado de existencia y representación legal.
Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente
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/!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMO3.1.4. Tasas El valor de la solicitud del registro de una marca para el año 2011 es de $692.000, para el servicio en línea, tal y como arriba lo explicamos.
4. Procedimiento de registro De conformidad con el Título VI, Capítulo II de la Decisión 486 de 2000, el procedimiento de registro marcario comprende las siguientes etapas: Presentación de la solicitud de registro, la cual debe reunir los requisitos contenidos en los artículos 138 y 139 de la Decisión 486 de 2000, tal y como lo indicamos en precedencia. Admisión y asignación de la fecha de presentación, siempre y cuando la solicitud cumpla con los requisitos del artículo 140 ibídem. Examen de los requisitos de forma, dentro de los quince días siguientes a la
indicamos en precedencia. Admisión y asignación de la fecha de presentación, siempre y cuando la solicitud cumpla con los requisitos del artículo 140 ibídem. Examen de los requisitos de forma, dentro de los quince días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud, según lo establecido en el artículo 144. En el evento en que la solicitud no cumpla con todos los requisitos de forma, se le dará al solicitante un plazo de sesenta días para que los subsane. Una vez reunidos los requisitos formales, de conformidad con el artículo 145, se ordena la publicación en la gaceta de la propiedad industrial. Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la publicación, l os interesados pueden presentar, si es del caso, sus oposiciones, artículo 146 Ibídem. Una vez vencido el plazo establecido por el artículo 148 para presentar pruebas que soporten las oposiciones presentadas o en el caso en que no hubieran sido formuladas, la Superintendencia de Industria y Comercio procede a realizar el examen de registrabilidad, artículo 150. El artículo 150 de la citada decisión establece que la oficina nacional competente, en este caso, la Superintendencia de Industria y Comercio, debe decidir teniendo en cuenta si se hubiesen presentado o no oposiciones, mediante resolución en la que se pronunciará sobre la concesión o denegación del registro de la marca solicitada. Finalmente, si desea obtener información detallada sobre lo manifestado en precedencia, usted podrá llamar a la Línea Gratuita Nacional al número 01 80009 10165, al Cali Center al teléfono número 651 32 40, de lunes a viernes desde las 7:00 horas a las 16:30 horas.
precedencia, usted podrá llamar a la Línea Gratuita Nacional al número 01 80009 10165, al Cali Center al teléfono número 651 32 40, de lunes a viernes desde las 7:00 horas a las 16:30 horas.
Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente
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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOSin perjuicio de lo anterior, le sugerimos consultar las Guías de P ropiedad Industrial escogiendo \”Marcas\”, en nuestra página de Internet www.sic.gov.co, ubicadas al lado izquierdo de la pantalla.
Atentamente,
WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO
JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA
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Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente