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SIC - Concepto 4109

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Concepto 4109
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Propiedad Intelectual
Año

Bogotá D.C.,

10

Asunto: Radicación: 11-140210- -00001-0000

Trámite: 113

Evento: 0

Actuación: 440

Folios: 6

Respetado(a) Señor (a):

[Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012]

Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:

1. Objeto de la consulta Es su escrito solicita se le informe cuáles son los requisitos y el proceso para presentar una solicitud de patente de invención.

Sobre el particular nos permitimos manifestarle lo siguiente:

2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta entidad, entre otras funciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, sobre protección de la competencia, administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, así como tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los asuntos jurisdiccionales en materia de protección del consumidor y competencia desleal.

Cra. 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia

Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co -Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 1r) Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACION fl!A MINCOMERCIO fi INDUSTRIA Y TURISMO3. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de propiedad industrial Las funciones específicas de esta Entidad en relación con la propiedad industrial, se encuentran señaladas en el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, y en la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, normatividad comunitaria aplicable en Colombia, la cual puede ser consultada en su integridad en nuestra página web ww.sic.gov.co, ingresando por la pestaña "Normatividad", /"Supranacionales"/ y /"Decisión 4867. La Superintendencia de Industria y Comercio a través de la Dirección de Nuevas Creaciones, tiene a su cargo "Decidir las solicitudes de patentes de invención \”, de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 13 del Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010. 3.1. Patentes de invención - concepto La patente se constituye, dentro del régimen de la propiedad industrial, como el mecanismo de protección de las invenciones, las cuales, según el artículo 14 de la Decisión 486 de 2000, pueden ser de productos o procedimientos, siempre y cuando sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial.

mecanismo de protección de las invenciones, las cuales, según el artículo 14 de la Decisión 486 de 2000, pueden ser de productos o procedimientos, siempre y cuando sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial. La doctrina ha definido la invención de producto como aqu ella " consistente en un cuerpo cierto determinado " y la invención de procedimiento como " el conjunto de operaciones o actividades técnicas que representan el ciclo que debe cumplirse para obtener el resultado planeado ".(Corporación de estudios sobre los De rechos de propiedad Industrial -CORPIC. Seminario sobre Patentes en la Comunidad Andina. Biblioteca Jurídica Diké, Medellín, 2001. Pág. 33). De acuerdo con lo anterior, tratándose de patentes de procedimiento no se protege el resultado obtenido sino el conjunto de operaciones o actividades que se realizan para su obtención. 3.2. Excepciones a la patentabilidad A renglón seguido el artículo 15 de la normatividad en mención señala aquello que no se considera como invención, así: "a) los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos; b) el todo o parte de seres vivos tal y como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico existente en la naturaleza o Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia

Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOaquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germopl asma de cualquier ser vivo natural; c) las obras literarias y artísticas o cualquier otra protegida por el derecho de autor; d) los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, juegos o actividades económico-comerciales; e) los programas de ordenadores o el soporte lógico, como tales; y f) las formas de presentar información". 3.3. Requisitos de patentabilidad El artículo 16 de la citada decisión establece que "Una invención se considerará nueva cuando no está comprendida en el estado de la técni ca", el cual incluye "todo lo que haya sido accesible al público por una descripción escrita u oral, utilización, comercialización o cualquier otro medio antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente". En cuanto al nivel inventivo, el artículo 18 establece que éste existe " si para una persona del oficio normalmente versada en la materia técnica correspondiente, esa invención no hubiese resultado obvia ni se hubiese derivado de manera evidente del estado de la técnica". Para determinar l a aplicación industrial de la invención, el artículo 19 establece que ésta se da " cuando su objeto pueda ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria, entendiéndose por industria la referida a cualquier actividad productiva, incluidos los servicios".

Para determinar l a aplicación industrial de la invención, el artículo 19 establece que ésta se da " cuando su objeto pueda ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria, entendiéndose por industria la referida a cualquier actividad productiva, incluidos los servicios". Todos los elementos enunciados anteriormente deberán ser tenidos en cuenta para llegar a determinar la procedencia del trámite de una solicitud de patente. 3.3.1. Requisitos de la solicitud Los requisitos y documentos necesarios de solicitud de pate ntes de invención y de modelo de utilidad, de acuerdo con los artículos 39, 26 y 27 de la Decisión 486 de 2000, son:  Petitorio -Formulario Único de Patente No. PI02 -F01-, que puede ser descargado de la página web www.sic.gov.co, entrando por la pestaña "Propiedad Industrial\”, y en el título \”Patentes y Nuevas Creaciones", clic en el botón "Formatos", ir al /Formulario Único de Solicitud de Patente "PI02-F017. Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMOEl formulario debe ser diligenciado en forma clara, presentado y radicado en el Centro Documental de la Superintendencia de Industria y Comercio , ubicado en el piso 3 del Edificio Bochica, carrera 13 No. 27 - 00 de Bogotá. La información que debe contener el formulario es la siguiente:  La descripción completa de la invención, de manera tal que con la información dada, una persona versada en la materia pudiera ejecutarla.

 Las reivindicaciones que precisen la materia para la cual se solicita la protección.

 Los dibujos, cuando fueren necesarios para comprender la invención, los cuales se considerarán parte integrante de la descripción.

 Resumen y extracto para publicación, con el objeto y finalidad de la invención y de ser necesario, arte final del dibujo o figuras más características (si las hubiere) en duplicado, tamaño 12 cm. x 12 cm.

 Poderes que fuesen necesarios. El trámite de la solicitud de patente de invención, puede ser efectuado de manera directa por el inventor, no obstante, si se decide actuar por intermedio de abogado, se deberán anexar los poderes correspondientes.  Pago de la tasa de propiedad industrial. Las tasas señaladas para las patentes de invención durante el año 2011, es de $571.000 y el examen de patentabilidad de una invención es de $478.000, cuya consignación en la

 Pago de la tasa de propiedad industrial. Las tasas señaladas para las patentes de invención durante el año 2011, es de $571.000 y el examen de patentabilidad de una invención es de $478.000, cuya consignación en la cuenta corriente 062754387 del Banco de Bogotá, a nombre de la Superintendencia de Industria y Comercio, código r entístico 01. Las tasas las puede consultar ingresando a nuestra página de Internet www.sic.gov.co en la pestaña "Normatividad", /Resoluciones/ y escoger la número 72897 del 24 de diciembre de 2010.

 De ser el caso, la copia del documento en el que conste la cesión del dere cho a la patente del inventor al solicitante o a su causante. Se reitera que la ausencia de alguno de estos requisitos, ocasionará que la solicitud sea considerada como no admitida a trámite y no se le asignará fecha de presentación hasta tanto no se completen todos los requisitos. Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMO3.3.2. Disponibilidad de la información sobre patentes Desde su computadora conectada a Internet, puede consultar el texto completo de los documentos de patentes, publicados en bases de datos comerciales y gratuitas. El Banco de Patentes de la Superintendencia de Industria y Comercio presta servicios gratuitos y no gratuitos. Los servicios gratuitos son: (i) información general, ingresando a la página www.bancopatentes.gov.coJi) sala de consulta, ubicada en la carrera 13 No. 27-00, piso 5, ni) boletín tecnológico, a través de la página www.sic.gov.co, iv) charlas, y v) consulta en la base de datos.

Los servicios no gratuitos son: i) expedición de certificaciones, ii) búsquedas tecnológicas nacionales e internacionales, y iii) vigilancia tecnológica, cuyas tarifas encontrará en la página www.sic.gov.co, entrando p or la pestaña "Normatividad" y \”Resoluciones\” ir al número 72897 de 2010.

Para efectos de consultar las invenciones existentes o que se encuentren en trámite ante la Superintendencia de Industria y Comercio y que se relacionen con el tema a exponer, puede solicitar en el Banco de Patentes una búsqueda nacional, por la que deberá cancelar la suma de $181.000 pesos, o una búsqueda internacional, que le permitirán conocer el estado de la técnica a nivel nacional e internacional, en un sector específico. Cada uno de los anteriores servicios tiene un costo diferente y es en el momento de

deberá cancelar la suma de $181.000 pesos, o una búsqueda internacional, que le permitirán conocer el estado de la técnica a nivel nacional e internacional, en un sector específico. Cada uno de los anteriores servicios tiene un costo diferente y es en el momento de radicar la petición que se debe cancelar la tasa vigente a esa fecha. La petición de cualquiera de estos servicios no gratuitos se hace diligenciando el formulario diseñado para el efecto, disponible en nuestra página en Internet, y puede enviarse por correo a la calle 13 No. 27-00, vía fax al número 5870285-, o al correo electrónico info@sic.gov.co o haciendo la radicación directamente en la Superintendencia de Industria y Comercio. En el formulario de petición se deberá describir claramente lo que se desea buscar, indicando las características técnicas esenciales que definen el producto o procedimiento sobre el que desea información y, en algunos casos, será necesario anexar dibujos o figuras características. 3.4. Procedimiento El procedimiento para obtener la concesión de una patente es.

Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \:!I INDUSTRIA Y TURISMO Radicación de la solicitud – formulario

 Examen de forma (dura 30 días hábiles y en ese tiempo se verifica el cumplimiento de los requisitos de la solicitud) Si la solicitud cumple con los requisitos formales para a la siguiente etapa que es la  Publicación en la gaceta de la propiedad industrial.

 Presentación de oposiciones

 Solicitud de examen de patentabilidad

 decisión final que consiste en la concesión o negación Finalmente, para obtener información detallada de lo citado en precedencia puede acercarse a la Sala de Consulta de esta Superintendencia, -Banco de Pa tentes-, ubicada en la Carrera 13 No. 27 - 00 piso 5°., o contactarse al teléfono 587 00 00 extensiones 1183 y 1184, dónde encontrará personas dispuestas a orientarlo. Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y sobre las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página de internet www.sic.gov.co.

Atentamente,

WILLIAM ANTONIO BURGOS DURANGO

JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA Í r Industria y Comercio fiSUPERINTENDENCIA

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Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente

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