SIC - Concepto 4259
Superintendencia de Industria y Comercio
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Disponible
Detalles
- Título
- SIC - Concepto 4259
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- —
Bogotá D.C.,
10
Asunto : Radicación: 11-172339- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 5
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados. Ley 1266 de 2008; Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la consulta En su escrito solicita concepto jurídico acerca de un "logo" que adjunta. A continuación manifiesta " nosotros somos el concesionario... y tenemos venta de vehículos usados y queremos saber si podemos usa la frase que envío adjunto y poderla registrar para que otro concesionario no pueda utilizarla ".
Sobre el particular, en primer lugar, nos permitimos manifestarle que mediante un concepto a la Superintendencia de Industria y Comercio no le es posible pronunciarse sobre situaciones particulares como las descritas en su comunicación. Sin embargo, a continuación le suministramos información relevante en relación con las marcas y los lemas comerciales, así como, las normas que son relevantes sobre el tema consultado, con el fin de brindarle mayores elementos de juicio al respecto.
2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio
Íc r Industria y Comercio
#SUPERINTENDENCIA
Cra. 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia
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Cra. 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes canales: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente
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NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACION fi MINC0MERCI0 \!Y INDUSTRIA Y TURISMODe acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta Entidad, entre otras funciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, protección de la competencia, administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, así como tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los asuntos jurisdiccionales en materia de protección al consumidor y competencia desleal.
3. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de propiedad industrial Las funciones específicas de esta Entidad en relación con la propiedad industrial, se encuentran señaladas en el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010 y la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, normativa comunitaria aplicable en Colombia.
La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de la Dirección de Signos
de 2010 y la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, normativa comunitaria aplicable en Colombia. La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de la Dirección de Signos Distintivos, tiene a su cargo " Decidir las solicitudes que se relacionen con el registro de marcas, y lemas comerciales, (...)\" de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 12 del Decreto 3523 de 2009.
4. Consulta de signos distintivos Para efectos de consultar si una marca o expresión se encuentra solicitada, en trámite o registrada ante esta Superintendencia, usted puede ingresar directamente a nuestra página de Internet www.sic.gov.copor la pestaña (ubicada en la parte inferior de la pantalla) "Trámites y Servicios", "De Propiedad Industrial", doble clic en /"Consulta de Marcas, Lemas, Nombres y Enseñas Comerciales"/, en la casilla \"Denominación\", \"Empieza por\" o \"Igual qué\", digitar la marca o nombre de su interés y, al final pulsar en \"Enviar consulta\", pudiendo de esta manera acceder a la información pública sobre las marcas registradas y/o solicitadas en la
Superintendencia de Industria y Comercio.
5. Requisitos y trámite de una solicitud de registro de marca La solicitud de registro de una marca de fábrica o de comercio en cualquiera de sus tipos sea nominativa (palabra), figurativa (dibujo o logo) o mixta (figura y letras o palabra) debe allegar los documentos y cumplir con los requisitos previstos en los artículos 138 y 139 de la Decisión 486 de 2000.
tipos sea nominativa (palabra), figurativa (dibujo o logo) o mixta (figura y letras o palabra) debe allegar los documentos y cumplir con los requisitos previstos en los artículos 138 y 139 de la Decisión 486 de 2000.
Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes cana les: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente
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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \!Y INDUSTRIA Y TURISMODentro de los requisitos necesarios para presentar una solicitud de registro de marca, debe adjuntarse el comprobante de pago de la tasa establecida, que para este año 2011, es de $692.000, siempre y cuando sea en línea y para demás solicitudes, el valor es de $728.000, de conformidad con lo establecido por la Resolución 72897 del 24 de diciembre de 2010. "Por la cual se fijan las tasas de propiedad industrial y se modifica la Circular Única del 19 de julio de 2001". Para su información la resolución puede ser consultada en nuestra página de internet www.sic.gov.coingresando por la pestaña \"Normatividad\" y \"Resoluciones\". Respecto de los demás documentos que se deben presentar con el petitorio, son los siguientes: 5.1. Petitorio
www.sic.gov.coingresando por la pestaña \"Normatividad\" y \"Resoluciones\". Respecto de los demás documentos que se deben presentar con el petitorio, son los siguientes: 5.1. Petitorio Diligenciar y radicar -en línea-, el Formulario Único de Registro de Signos Distintivos (PI01-F01) que puede descargar el formato de nuestra página de internet: www.sic.gov.co. 5.2 Poder A efectos de solicitar el registro de un signo podrá contratar un apoderado. 5.3 Certificado de existencia y representación legal Si quien solicita el registro de una marca, es una persona jurídica, debe presentar el certificado de existencia y representación legal. 5.4 Trámite del registro De conformidad con el Título VI, Capítulo II de la Decisión 486 de 2000, el procedimiento de registro marcario comprende las siguientes etapas: Admisión y asignación de la fecha de presentación, siempre y cuando la solicitud cumpla con los requisitos del artículo 140 ibídem.
Examen de los requisitos de forma, dentro de los quince días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud, según lo establecido en el artículo 144. En el evento en que la solicitud no cumpla con todos los requisitos de forma, se le dará al solicitante un plazo de sesenta días para que los subsane.
Una vez reunidos los requisitos formales, de conformidad con el artículo 145, se ordena la publicación en la gaceta de la propiedad industrial.
Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes cana les: www.sic.gov.co - Telefóno en Bogotá: 5920400Línea gratuita a nivel nacional: 018000 910165 , Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos más con el medio ambiente
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PAZ EQUIDAD EDUCACION /!iA MINC0MERCI0 \!Y INDUSTRIA Y TURISMO Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la publicación, los interesados pueden presentar, si es de! caso, sus oposiciones, artículo 146 Ibídem.
Una vez vencido el plazo establecido por el artículo 148 para presentar pruebas que soporten las oposiciones presentadas o en el caso en que no hubieran sido formuladas, la Superintendencia de Industria y Comercio procede a realizar el examen de registrabilidad, artículo 150.
El artículo 150 de la citada decisión establece que la oficina nacional competente, en este caso, la Superintendencia de Industria y Comercio, debe decidir teniendo en cuenta si se hubiesen presentado o no oposiciones, mediante resolución en la que se pronunciará sobre la concesión o denegación del registro de la marca solicitada.
5.5 Lemas comerciales El artículo 175 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, define el lema comercial como " la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca".
5.5 Lemas comerciales El artículo 175 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, define el lema comercial como " la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca". Dichos signos son denominados comercialmente como "slogans". Operan como mecanismo de publicidad o información del producto, razón por la cual, el lema cumple una función de complementariedad, la cual consiste en reforzar la distintividad de la marca que acompaña en relación con los mismos productos o servicios. (Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, Proceso 74-IP-2001) Respecto del lema comercial el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en el proceso 12-IP-95, manifestó que \" en el régimen andino no se ve impedimento para el registro de una frase publicitaria si cumple con las condiciones de distintividad y novedad adicionadas con el elemento de originalidad y capacidad de la propaganda para identificar un producto o servicio". En concordancia con lo anterior, el artículo 176 de la citada normativa dispone que \"La solicitud de registro de un lema comercial deberá especificar la marca solicitada o registrada con la cual se usará\". De las disposiciones arriba transcritas y en atención a su interrogante, tenemos que la solicitud de registro de lema comercial debe invocar los mismos productos o servicios comprendidos en la misma clase para la cual se solicitó o se concedió el registro de la marca. Cra . 13 #2700 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 10PBX: (571) 5870000-contactenos@sic.gov.coBogotá D.C., Colombia
Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solicitud, la entidad le ofrece los siguientes cana les:
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