SIC - Resolución 1000 de 2025
Superintendencia de Industria y Comercio
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SIC - Resolución 1000 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. 1000 22 de enero de 2025
POR LA CUAL SE DA POR TERMINADO EL PROCESO COACTIVO Radicación coactiva No. 18 - 68970
CONSIDERACIONES Que mediante RESOLUCION No. 81567 del 11 de diciembre de 2017, la Superintendencia de Industria y Comercio impuso una sanción pecuniaria a TONIS ALBERTO GANDARA MIELES, identificado(a) con CC número 12581954, por la suma de DOSCIENTOS SEIS
MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS ($ 206,560).
Que por medio de RESOLUCION No. 58479 del 15 de agosto de 2018, el Grupo de Trabajo de Cobro Coactivo libró mandamiento de pago en contra de TONIS ALBERTO GANDARA MIELES, identificado(a) con CC número 12581954, por la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS ($ 206,560), más los correspondientes intereses y gastos administrativos. Que el día 17 de diciembre de 2024, el comité de cartera de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Acta No. 17, recomendó al Representante Legal de la Entidad o a quien este Delegue, la supresión de los registros contables por cartera de imposible recaudo, de conformidad con el artículo 2 del Decreto 2452 de 2015. Que por medio de la Resolución No. 81991 del 27 de diciembre de 2024 por la cual se declara la remisión de unas obligaciones de unos procesos de cobro coactivo, se ordenó el archivo del presente proceso coactivo.
En mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE
declara la remisión de unas obligaciones de unos procesos de cobro coactivo, se ordenó el archivo del presente proceso coactivo.
En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE PRIMERO: Dar por terminado el presente proceso Coactivo.
SEGUNDO: Levantar las medidas cautelares si fuera procedente.
TERCERO: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario, contra este acto administrativo no procede recurso alguno.