SIC - Resolucion 12562 2024
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Resolucion 12562 2024
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Propiedad Intelectual
- Año
- 2024
REPUBLICA DE COLOMBIA Y COLOMBIA : ps (G POTENCIA DE LA > tadustria y Comercio VID ly SUPERINTENDENCIA ]
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESOLUCIÓN NÚMERO 12362DE 2024 (2.2 MAR 2024 ? “Por la cual se fijan las tasas de Propiedad Industrial y se modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Unica” EL SECRETARIO GENERAL (E) En ejercicio de sus facultades legales, y en particular las conferidas por el numeral 20 del artículo 22 del Decreto 4886 de 2011, y CONSIDERANDO Que el artículo 277 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina faculta a las oficinas nacionales competentes para establecer las tasas que consideren para la tramitación de los procedimientos a que hace referencia dicha Decisión. Que el inciso primero del artículo 273 de la precitada Decisión, establece que para los efectos de la misma se entiende como Oficina Nacional Competente al órgano administrativo encargado del registro de la Propiedad Industrial. Que de conformidad con el numeral 51 del artículo 1 del Decreto 4886 de 2011 modificado por el Decreto 092 de 2022, a la Superintendencia de Industria y Comercio le corresponde administrar el Sistema Nacional de la Propiedad Industrial, así como tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, por lo que esta entidad es la Oficina Nacional Competente en Colombia en los términos de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina. Que de conformidad con el artículo 78 de la Ley 1480 de 2011, la Superintendencia de Industria y
términos de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina. Que de conformidad con el artículo 78 de la Ley 1480 de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio podrá cobrar a su favor, en los casos en los que considere conveniente, tasas por los servicios de instrucción, formación, enseñanza o divulgación que preste en los temas relacionados con consumidor, propiedad industrial y protección a la competencia. Para estosefectos, la Entidad podrá fijar la tarifa correspondiente a la recuperación de los costos de los servicios que preste a los usuarios interesados. Que el numeral 20 del artículo 22 del Decreto 4886 de 2011 establece como función de la Secretaría General la de señalar los precios públicos y demás tarifas o tasas que deban ser cobrados por la venta de bienes y las prestaciones de servicios que preste la Superintendencia”. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 41. Modificar el Capítulo Primero del Título X de la Circular Única, el cual quedará así:DE 2024 $256 RESOLUCIÓN NÚMER HOJA No. “Por la cual se fijan las tasas de Propiedad Industrial y se modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Unica” 2 e] 111.1
CAPÍTULO PRIMERO: PARTE GENERAL
1.1 Tasas de Propiedad Industrial Tasas de Nuevas Creaciones Solicitudes Nacionales En línea En físico PAMAA Solicitud de patente de invención (contiene el derecho a presentar las 10 primeras reivindicaciones), incluidas las modificaciones relacionadas con el cambio de solicitante por cesión de la solicitud, momento de la publicación, modificación del resumen, inventor, datos de prioridad o datos de solicitud
primeras reivindicaciones), incluidas las modificaciones relacionadas con el cambio de solicitante por cesión de la solicitud, momento de la publicación, modificación del resumen, inventor, datos de prioridad o datos de solicitud PCT y correcciones de errores materiales (Se entenderán incluidas las correcciones de errores materiales posteriores a la concesión del derecho). 107.000 132,500 Solicitud de patente de modeto de utilidad (contiene el derecho a presentar las 10 primeras reivindicaciones), incluidas las modificaciones relacionadas con el cambio de solicitante por cesión de la solicitud, momento de la publicación, modificación del resumen, inventor, datos de prioridad o datos de solicitud PCT y correcciones de errores materiales (Se entenderán incluidas las correcciones de errores materiales posteriores a la concesión del derecho). 95.000 116.500 Reivindicación adicional para patente de invención (a partir de la undécima 11 reivindicación). 54.000 63.500 Reivindicación adicional para patente de modelo de utilidad (a partir de la undécima 11 reivindicación). 29.500 32.000 Solicitud de registro de esquema de trazado de circuitos integrados. 853.000 1.022.500 Solicitud de registro de diseño industrial. 853.000 1.022.500 Solicitud de registro de diseño industrial presentada por artesanos certificados como tales por Artesanías de Colombia y beneficiarios certificados de los programas de cocinas tradicionales establecidos por el Ministerio de Cuitura. 214.000 257.000 Solicitud de registro de diseño industrial presentada por jóvenes entre los 18 y 28 años. Para acreditar que el solicitante se encuentra en este rango de edad, deberá presentar copia de la cédula de ciudadanía si es colombiano, o copia
Solicitud de registro de diseño industrial presentada por jóvenes entre los 18 y 28 años. Para acreditar que el solicitante se encuentra en este rango de edad, deberá presentar copia de la cédula de ciudadanía si es colombiano, o copia de la cédula de extranjería o del documento de identificación en el país de nacimiento del solicitante, si este es extranjero. 214.000 257.000 —= 1,1.1.1:9 Invocación de una prioridad. 275.500 335.500 1.1.1.1.10 Solicitud de examen de patentabilidad de una solicitud de patente de invención. 1.656.000 1.983.500 (AA | Solicitud de examen de patentabilidad de una solicitud de patente de modelo de utilidad. 936.000 | 1.116.500 LIAZ 11421 Solicitudes Internacionales -PCT- (Tratado de Cooperación en materia de Patentes) Fase Internacional En línea En físico 111,211 Transmisión de solicitudes internacionales radicadas en la Superintendencia de Industria y Comercio. 326.000 431.000 1.1.1.2.2 Fase Nacional En línea En físico 1.1.1,2.2.1 Solicitud de patente de invención (contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones), incluidas las modificaciones relacionadas con el cambio de solicitante por cesión de la solicitud, momento de la publicación, modificación del resumen, inventor, datos de prioridad o datos de solicitud PCT y correcciones de errores materiales (Se entenderán incluidas las correcciones de errores materiales posteriores a la concesión del derecho). 107.000 132.500 111:242:2 Solicitud de patente de modelo de utilidad (contiene el derecho de presentar
PCT y correcciones de errores materiales (Se entenderán incluidas las correcciones de errores materiales posteriores a la concesión del derecho). 107.000 132.500 111:242:2 Solicitud de patente de modelo de utilidad (contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones), incluidas las modificaciones relacionadas con el cambio de solicitante por cesión de la solicitud, momento de la publicación, modificación del resumen, inventor, datos de prioridad o datos de solicitud PCT y correcciones de errores materiales (Se entenderán incluidas las correcciones de errores materiales posteriores a la concesión 95.000 116.500RESOLUCIÓN NÚMERO, 7 3 Ú ¿DE 2024 HOJA No. “Por la cual se fijan las tasas de Propiedad Industrial y se modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Única” del derecho). Reivindicación adicional (a partir de la undécima reivindicación incluida en la duodécimo año. 111223 ie oticitud inicial o durante el trámite). id 20000 Reivindicación adicional para modelo de utilidad (a partir de la undécima 11 1.1.1.2.2.4 reivindicación). 29.500 32.000 | 111225 A examen de patentabilidad de una solicitud de patente de 1.447.500| 1.736.500 111226 o examen de patentabilidad de una solicitud de patente de modelo 763.000 822.000 Petición de restablecimiento de los derechos en caso de incumplimiento de ea los actos mencionados en el artículo 22 del PCT. 893,DUD maiad. 1.1.1.3 Tasas comunes a solicitudes nacionales e internacionales en Fase Nacional 1.1.1.3.1 Actuaciones en trámite En línea En físico
ea los actos mencionados en el artículo 22 del PCT. 893,DUD maiad. 1.1.1.3 Tasas comunes a solicitudes nacionales e internacionales en Fase Nacional 1.1.1.3.1 Actuaciones en trámite En línea En físico Divisional de una solicitud de patente de invención (contiene el derecho de e Po , Mn . 9.1.1 presentar las 10 primeras reivindicaciones). lc baaa] Divisional de una solicitud de patente de modelo de utilidad (contiene el 1918: 1.2 derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones). 32,000 110,000 1.1.11.3.1.3 | Divisional de una solicitud de diseño industrial. 853.000| 1.022.500 Divisional de una solicitud de diseño industrial presentada por artesanos certificados como tales por Artesanias de Colombia y beneficiarios 1.1.1.3.14 certificados de los programas de cocinas tradicionales establecidos por el 214.000 257.000 Ministerio de Cultura. 111315 Solicitud de examen de patentabilidad de una solicitud divisional de una 4.447.500| 1.736.500 patente de invención. Solicitud de examen de patentabilidad de una solicitud divisional de una 1113.16 | datente de modelo de utilidad. 18800 | 621400 Solicitud de prórroga de términos o plazo adicional previstos en los artículos 1.1.1.3.1.7 |39, 42, 43, 45, 120, 122 y 123 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de 182.000 223.000 la Comunidad Andina. Solicitud de modificaciones y correcciones a solicitudes en trámite
la Comunidad Andina. Solicitud de modificaciones y correcciones a solicitudes en trámite 1.11.3.1.8 [relacionadas con el capítulo descriptivo o reivindicatorio o listado de 214.000 257.000 secuencias o dibujos. 111319 Solicitud de modificaciones y correcciones relacionadas con los dibujos en 214.000 257.000 solicitudes en trámite de diseños industriales. 1.1.1.3.1.10 | Presentación de oposición. 557.000 668.500 1.1.1.3.1.11 | Prestación de caución. 445.500 533.500 1.1.1.3.1.12 | Fusión de solicitud. 214.500 257.000 1.1.1.3.1.13 | Solicitud de inscripción de licencias. 197.000 240.500 1.1.1.3.2 Actuaciones posteriores a la Concesión En línea En físico Modificación o limitación al alcance de las reivindicaciones o solicitud 1,4:1:42:1 divisional de patente concedida. 824000] 1.9500 111322 Inscripción de cambios de titularidad de una nueva creación (transferencia) o 440.000 533.500 modificación de inventor, por registro a afectar. 1.1.1.32.3 | Inscripción de licencias. 487.000 593.000 1.11.13.2.4 | Fusión de patentes. 520.500 635.000 1.1.1.32.5 | Inscripción de renuncia a derechos. 487.000 593.000 111326 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del primero al 351.500 422 000 cuarto año. 111327 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del quinto al 546.500 655.500
111326 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del primero al 351.500 422 000 cuarto año. 111327 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del quinto al 546.500 655.500 octavo año. 111328 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del noveno al 818.500 983.500 312562= RESOLUCIÓN NÚMERO ” ” ” “DE 2024 HOJA No. . “Por la cual se fijan las tasas de Propiedad Industrial y se modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Única” 4 111329 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del 12705001 1524500 decimotercero al decimosexto año. 1113210 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del décimo 1688.500| 2.026.000 séptimo al vigésimo año. 1113211 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del primero al 522.500 827.000 cuarto año con recargo en plazo de gracia. Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del quinto al 1 A Aede octavo año con recargo en plazo de gracia. O 974.000 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del noveno al 111621 duodécimo año con recargo en plazo de gracia. 1.092.000 | 1.311.000 Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del VALERA decimotercero al decimosexto año con recargo en plazo de gracia. 1.079.500 AQRO0A! Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del décimo
Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del VALERA decimotercero al decimosexto año con recargo en plazo de gracia. 1.079.500 AQRO0A! Tasa anual para el mantenimiento de patente de invención del décimo 1061 séptimo al vigésimo año con recargo en plazo de gracia. 2.251.500| 2.699.000 1.1.1.3.2.16 | Tasa anual para el mantenimiento de patente de modelo de utilidad. 326.500 396.500 1113217 Tasa anual para el mantenimiento de patente de modelo de utilidad con 438.500 524 000 recargo en plazo de gracia. 1.1.1.3.2.18 | Solicitud de licencia obligatoria. 2.170.000| 2.616.500 Servicios del Centro de información Tecnológica y Apoyo a e ea 1.1.1.4 eS ñ , lín En físico la Gestión de la Propiedad Industrial CIGEPI En lines 29 Búsqueda nacional en cualquier campo tecnológico exceptuando productos a biológicos y combinaciones de entidades químicas. EN SBaLEAD 11142 Búsqueda nacional de combinaciones de entidades químicas o productos 1.338.000| 1565.000 biológicos. 11143 Búsqueda internacional en cualquier campo tecnológico (no incluye a 529.000 838.500 Colombia). 111.144 Búsqueda nacional de diseños industriales, 69.000 83.000 Informe estadístico nacional sobre documentos de Pl por modalidad de AS protección y por variable estadística. 20.500 104.000 1.1146 |Mapeo tecnológico. 700.500 823.500 Hora de obtención de otros análisis patentométricos a incluir dentro de un
AS protección y por variable estadística. 20.500 104.000 1.1146 |Mapeo tecnológico. 700.500 823.500 Hora de obtención de otros análisis patentométricos a incluir dentro de un 1.1.1.4.7 mapeo tecnológico. N/A Var aU0/ pa e Tasas de signos distintivos 1.1.2.1 — Solicitudes nacionales En línea En físico 1.12.1.1 [Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial por una clase, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que 1.219.000] 1.482.500 no sea divisional. 112.12 ¡Solícitud de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial por cada clase adicional en una misma solicitud. Ruedo AA 000 1,121.33 |Solicitud de registro de marca colectiva o de certificación por una clase, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o 1.622.500| 1.976.500 servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional. 1.12,1.4 |Solicitud de registro de marca colectiva o de certificación, por cada clase adicional en una misma solicitud. RL. 8DB $88.000 11215 [Solicitud de registto de marca de productos o servicios, o de lema comercial por una clase, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional, presentadas por micro, pequeñas y medianas empresas 878.000| 1.067.000 (Mipyme), debidamente acreditadas conforme a lo establecido en el
limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional, presentadas por micro, pequeñas y medianas empresas 878.000| 1.067.000 (Mipyme), debidamente acreditadas conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.13.2.4 del Capítulo 13 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015.RESOLUCIÓN NÚMERO] 2 ) 6 PE 2024 HOJA No. “Por la cual se fijan las tasas de Propiedad Industrial y se modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Única” 5 11.216 Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial por cada clase adicional en una misma solicitud, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional, presentadas por micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme), debidamente acreditadas conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.13.2,4 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, 439.000 507.500 112.15 Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial por una clase, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional, presentadas por Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) formalmente constituidas, de acuerdo con el Capitulo 15 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. 878.000 1.067.000
Colectivo (BIC) formalmente constituidas, de acuerdo con el Capitulo 15 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. 878.000 1.067.000 11:2.1.8 Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial por cada clase adicional en una misma solicitud, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional, presentadas por Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) formalmente constituidas, de acuerdo con el Capitulo 15 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. 439.000 507.500 1.1.2.1.9 Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial por una clase presentada por artesanos certificados por Artesanías de Colombia y beneficiarios certificados de los programas de cocinas tradicionales establecidos por el Ministerio de Cultura, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional. 84.000 103.500 4.1,2.1.10 Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial, presentada por artesanos certificados como tales por Artesanias de Colombia y beneficiarios certificados de los programas de cocinas tradicionales establecidos por el Ministerio de Cultura, por cada clase adicional en una misma solicitud. 84.000 103.500 11:21. F1 Solicitud de registro de marca colectiva o de certificación presentada por artesanos certificados por Artesanias de Colombia y beneficiarios certificados de los programas de cocinas tradicionales establecidos por el
84.000 103.500 11:21. F1 Solicitud de registro de marca colectiva o de certificación presentada por artesanos certificados por Artesanias de Colombia y beneficiarios certificados de los programas de cocinas tradicionales establecidos por el Ministerio de Cultura por una clase, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos oO servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional. 117.000 142.500 Pla Da Solicitud de registro de marca colectiva o de certificación presentada por artesanos certificados por Artesanias de Colombia y beneficiarios certificados de los programas de cocinas tradicionales establecidos por el Ministerio de Cultura, por cada clase adicional en una misma solicitud. 117.000 142.500 ELIT Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o lema comercial, presentada por personas que hagan parte de los programas relacionados con el posconflicto, certificados por las Entidades con las que la Superintendencia de Industria y Comercio haya establecido alianzas estratégicas para la determinación de tasas especiales de registro, en una sola clase, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional. 84.000 103.500 1.1.2. 1,14 Solicitud de registro de marca de productos y servicios, o lema comercial presentada por personas que hagan parte de los programas relacionados con el posconflicto, certificados por las Entidades con las que la Superintendencia de Industria y Comercio haya establecido alianzas estratégicas para la determinación de tasas especiales de registro, por cada clase adicional. 84.000 103.500 144211 Solicitud de registro de marca colectiva o de certificación presentada por
Superintendencia de Industria y Comercio haya establecido alianzas estratégicas para la determinación de tasas especiales de registro, por cada clase adicional. 84.000 103.500 144211 Solicitud de registro de marca colectiva o de certificación presentada por personas que hagan parte de los programas relacionados con el posconflicto, certificados por las Entidades con las que la Superintendencia de Industria y Comercio haya establecido alianzas estratégicas para la determinación de tasas especiales de registro, en una sola clase, incluidas las modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional. 117.000 142.500325625 6 RESOLUCIÓN NÚMER DE 2024 HOJA No. “Por la cual se fijan las tasas de Propiedad Industrial y se modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Unica” 1.1.2.1.16 Solicitud de registro de marca colectiva o de certificación presentada por . personas que hagan parte de los programas relacionados con el posconflicto, certificados por las Entidades con las que la Superintendencia 117.000 442 500 de Industria y Comercio haya establecido alianzas estratégicas para la : es determinación de tasas especiales de registro, por cada clase adicional en una misma solicitud. 1.1.2.1.17 | Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o lema comercial por una clase presentada por Entidades Estatales, incluidas las 84 000 103.500 modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional. 1.1.2.1.18 | Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o lema comercial
modificaciones relacionadas con limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional. 1.1.2.1.18 | Solicitud de registro de marca de productos o servicios, o lema comercial por cada clase adicional en una misma solicitud presentada por Entidades 84.000 103.500 Estatales. 1.1.2.1.19 | Solicitud de registro de marca de certificación por una clase presentada por Entidades Estatales, incluidas las modificaciones relacionadas con a de : 117.000 142.500 limitaciones de productos o servicios y las no sustanciales del signo, que no sea divisional. 1.12.1.20 Solicitud de registro de marca de certificación por cada clase adicional en 57.500 69.500 una misma solicitud presentada por Entidades Estatales. 1.1.2.1.21 : Solicitud de depósito de nombre o enseña comercial. 865.500| 1.055.000 1.1.2.1.22 | Solicitud de depósito de nombre o enseña comercial presentada por micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme), debidamente acreditadas 651.500 792.500 conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.13.2.4 del Capítulo 13 del " Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. | 12 Solicitud de depósito de nombre o enseña comercial presentada por | 1.1.2.1.23 Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) formalmente 651.500 792.500 constituidas, de acuerdo con el Capítulo 15 del Título 1 de la Parte 2 del " : ! Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. dt A Solicitud de protección de una denominación de origen extranjera. 811.500 988.000
constituidas, de acuerdo con el Capítulo 15 del Título 1 de la Parte 2 del " : ! Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. dt A Solicitud de protección de una denominación de origen extranjera. 811.500 988.000 1.1.2.1.25 [Solicitud de delegación de la facultad de autorizar el uso de una denominación de origen colombiana. 814.500 988.000 1,1.2.1.26 | Solicitud de declaración de protección de una denominación de origen colombiana y de delegación de la facultad de autorizar el uso de esta en 1.217.000 | 1.481.500 un mismo documento. 1.122 Actuaciones en trámite de Signos Distintivos En línea En físico Solicitud de prórroga de términos o plazo adicional previstos en los 1.1221 [artículos 146 y 148 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la| 182.000 223.000 Comunidad Andina. 11222 E ie de modificación de la protección de una Denominación de 375.500 454.500 rigen. ; 1.1.2.2.3 | Presentación de oposición por cada clase. 557.500 668.500 1.1.2.2.4 | Prestación de caución. 445.500 533.500 1.1225 | Inscripción de licencias. 197.000 240.500 112256 | Invocación de prioridad por clase. 275.500 335.500 1.11.2.2.7 | Invocación de notoriedad dentro de un trámite de oposición por signo. 1.095.500 1.336.000 1.12.2.8 | Divisional de la solicitud de registro. 1.135.500 1.384.000
1.11.2.2.7 | Invocación de notoriedad dentro de un trámite de oposición por signo. 1.095.500 1.336.000 1.12.2.8 | Divisional de la solicitud de registro. 1.135.500 1.384.000 Divisional de la solicitud de registro presentada por micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme), debidamente acreditadas conforme a lo ii establecido en el artículo 2.2.1.13.2.4 del Capítulo 13 del Titulo 1 de la nd 1UEL.a0a Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015.RESOLUCIÓN NÚMERO| 2 5 6 DE 2024 HOJA No. “Por la cual se fijan las tasas de Propiedad Industrial y se modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Única” 7 1,1.2,2440 Divisional de la solicitud de registro presentada por Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) formalmente constituidas, de acuerdo con el Capítulo 15 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. 853.000 1.022.500 1.1.2.2.11 Divisional de la solicitud de registro presentada por artesanos certificados por Artesanías de Colombia y beneficiarios certificados de los programas de cocinas tradicionales establecidos por el Ministerio de Cultura. 84.000 103.500 1122.12 Divisional de la solicitud de registro presentada por personas que hagan parte de los programas relacionados con el posconflicto, certificados por las Entidades con las que la Superintendencia de Industria y Comercio haya establecido alianzas estratégicas para la determinación de tasas especiales de registro
parte de los programas relacionados con el posconflicto, certificados por las Entidades con las que la Superintendencia de Industria y Comercio haya establecido alianzas estratégicas para la determinación de tasas especiales de registro 84.000 103.500 1.1.2.3 Actuaciones Posteriores a la Protección de Signos Distintivos En línea En físico 1.1:2.3.1 Renovación de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial y marcas colectivas o de certificación por una clase en una misma solicitud. 664.500 811.500 1.1.2.3.2 Renovación de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial y marcas colectivas o de certificación por clase adicional de un mismo registro. 326.500 396.500 1.1.2.3.3 Renovación de registro con recargo por solicitud en plazo de gracia. 907.000 1.106.000 1.1.2,3,4 Renovación de registro con recargo por solicitud en plazo de gracia por clase adicional. 445.500 543.500 1.1235 Renovación de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial de Entidades Estatales por una clase en una misma solicitud. 84.000 103.500 1.1.2.3.6 Renovación de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial de Entidades Estatales por clase adicional de un mismo registro. 42.500 52.500 1:12:31 Renovación de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial de Entidades Estatales con recargo por solicitud en plazo de gracia, para una clase. 115.000 140.500 1.1.2.3.8
1:12:31 Renovación de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial de Entidades Estatales con recargo por solicitud en plazo de gracia, para una clase. 115.000 140.500 1.1.2.3.8 Renovación de registro de marca de productos o servicios, o de lema comercial de Entidades Estatales con recargo por solicitud en plazo de gracia por clase adicional de un mismo registro. 58.000 73.000 1.1.2.3.9 Renovación de registro de marcas de certificación de Entidades Estatales por una clase en una misma solicitud. 117.000 142.500 1.1.2.3.10 Renovación de registro de marcas de certificación de Entidades Estatales por clase adicional en un mismo registro. 57.500 69.500 1.1.2.3.11 Renovación de registro de marcas de certificación de Entidades Estatales con recargo por solicitud en plazo de gracia por una clase en una misma solicitud. 160.500 193.500 1.1.2.3.12 Renovación de registro de marcas de certificación de Entidades Estatales con recargo por solicitud en plazo de gracia por clase adicional en un mismo registro. 116.500 142.500 1.1.2.3,13 Renovación de la autorización de uso de una Denominación de Origen. 197.000 240.500 1.1.2.3,14 Renovación de la autorización de uso de una Denominación de Origen con recargo por solicitud en plazo de gracia. 269.000 328.500 1.1.2.3.15 Inscripción de listado de beneficiarios autorizados para usar Denominación de Origen protegida presentada por entidad delegada. una 487.000 593.000
con recargo por solicitud en plazo de gracia. 269.000 328.500 1.1.2.3.15 Inscripción de listado de beneficiarios autorizados para usar Denominación de Origen protegida presentada por entidad delegada. una 487.000 593.000 1.1.2.3.16 Inscripción de acuerdos de comercialización de los que trata el artículo 159 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina. 513.500 615.000 MALAS Inscripción de cambios de titularidad del registro marcario (transferencia) por registro a afectar. 440.000 533.500 1.1.2.3.18 Inscripción de cambios de titularidad (transferencia) del registro marcario entre artesanos certificados como tales por Artesanias de Colombia 89.000 106.500 1.1.23:19 Inscripción de cambios de titularidad (transferencia) del registro marcario de artesanos certificados como tales por Artesanías de Colombia a no artesanos 1.195.000 1.434.000 1.1.2.3.20 Inscripción de renuncia de derechos. 487.000 593.00025672 MAT: RESOLUCIÓN NÚMERO “ Z DE 2024 HOJA No. “Por la cual se fijan las tasas de Propiedad Industrial y se modifica el Capítulo Primero del Título X de la Circular Única” 8 1.1.2.3.21 | Inscripción de licencias, 487.000 593.000 1.1.2.3.22 | Cancelación de un registro marcario por no uso en relación con una clase. | 2.429.000 2.959.000 112323 Cancelación de un registro marcario por no uso en una misma solicitud 1.216.000 4.480.000 por cada clase adicional. -
112323 Cancelación de un registro marcario por no uso en una misma solicitud 1.216.000 4.480.000 por ca
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