SIC - Resolución 49431 de 2025
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Resolución 49431 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
Superintendencia de Industriay Comercia RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 (2 A 2Ü25 ) ‘Porlacualse declaralainexistenciaprobada deldeudor o su insolvenciademostrada y se ordena ladepuración definitivade lacarterade imposiblerecaudo de unos procesos de cobro coactivo”
EL FUNCIONARIO DELEGADO MEDIANTE RESOLUCION No. 45010 DE 2024
En uso de lasfacultadesconferidaspor laLey 1066 de 2006 y Su Decreto Reglamentario 4473 de 2006, laLey 1753 de 2015, elDecreto 1068 de 2015, el Decreto 445 de 2017, laResolución No. 45010 de 2024 y CONSIDERANDO Que la Superintendencia de Industriay Comercio impuso sanciones pecuniariasa lassiguientes personas, conforme se detallaa continuación: Que la Ley 1066 de 2006 facultóa lasentidades públicasque tengan a su cargo el ejerciciode las actividadesy funcionesadministrativasy que en virtudde estas competencias tengan que recaudar rentas o caudales públicos,para hacer efectivaslasobligacionesexigiblesa su favor,por medio del procedimientode Cobro Coactivo establecidoen elEstatutoTributario Nacional
ITEM COACTIVO NOMBRE DEL
SANCIONADO
CC O NIT ■ RESOUCION
■ /AUTO
FECHA DEL SALDO TOTAL ■ ACTO , ' SANGIONATORIO ■
1 MISTER
FIESTA S.A.S
25-101 901255847 RE 77140 06/12/2024 12.703.160
2 24-465467 BEAT RIDE APP
COLOMBIA SAS EN LIQUIDACION 5.451.138AU 113593 13/08/2024
901183305 Que el parágrafo4° artículo163 de la Ley 1753 de 2015, reglamentado por el artículo2.5.6.3del Decreto 445 de 2017, por el cual se adiciona el títulosexto de laparte quinta del librosegundo del Decreto 1068 de 2015, estableciócomo causales para ladepuración de cartera,lassiguientes: a. Prescripción: b. Caducidad de la acción; c. Pérdida de ejecutoriedaddelacto administrativoque ledio origen; d. Inexistencia probada del deudor o su insolvencia demostrada, que impida ejercer o continuar ejerciendo los derechos de cobro, e. Cuando la relación costo-beneficio al realizar su cobro no resulta eficiente Que a su vez elartículo2.5.6.3.Decreto 445 de 2017, por medio del cual se reglamentó elparágrafo 4 del artículo163 de la Ley 1753 de 2015, lecorresponde al Representante Legal de la Entidad, previa recomendación del Comité de Cartera, proferiracto administrativopara la depuración, el castigode losvaloresy laexclusiónde lagestiónde los valores contables de cartera,en los casos en que se establezca alguna o algunas de las causales de depuración de cartera indicadas en el
párrafo anterior,con elfinde que los estados financierosde la Entidad sean revelados en forma fidedigna con larealidadeconómica, financieray patrimonialde laSuperintendencia. Que en cumplimiento a lodispuesto en el parágrafo 4° del artículo163 de laLey 1753 de 2015, así como en elartículo2.5.6.3delDecreto445 de 2017, por elcual se adiciona eltitulosexto de laparte quintadellibrosegundo delDecreto 1068 de 2015, y a efectos de generar ladepuración de cartera de imposible recaudo, elSuperintendente de Industriay Comercio, profiriólaResolución Página 1 de 3RESOLUCIÓNNÚMERO4 9 4 3 1 ""° DE 2025 "PorlacualsedeclaralaInexistenciaprobadadeldeudor o su insolvenciademostrada /depuracióndefinitivadelacarteradeimposiblerecaudode unos procesos de cobro coactivo se ordena la No. 80522 de 2017,porlacualse creóelComitéde Carterade laSuperintendenciade IndustriayComercio, elcualtienedentrode sus funciones: ^ 1.Estudiary evaluar,conbaseen losinformesquese presenten para su consideración,elcumplimientode algunao algunasde las causales señaladas en^elartículo2.5.6.3.delDecreto445de2017olanorma que lomodifique;en el articulo820delEstatutoTributarioo norma quelomodifique y en elartículo65
delaLey1480de2011,paraconsiderarqueunaacreenciaa favor de la Entidad constituyecarterade imposiblerecaudo,dejandoevidenciade ello en un acta. 2.Recomendaralrepresentantelegal,o alfuncionarioque éste delegue. La declaraciónmedianteactoadministrativodelasacreenciasque se consideren como carterade imposiblerecaudo. Con fundamento en el referido acto administrativoserealizaráelcastigode lacarteraen lacontabilidadde laEntidad y sedaráporterminadolosprocesosdecobroquesehubieren iniciado.” Que encumplimientoa lodispuestoenelparágrafo4° delartículo163 de laLey 1753 de 2015 así como en elartículo2.5.6.3.Decreto445de 2017,y a efectosde generarladepuraciónde cartera de imposibterecaudo,elSuperintendentede Industriay Comercio, el 6 de diciembre de 2017 prefinolaResoluciónNo. 80522 de 2017,porlacualse creó el Comité de Cartera de la Superintendenciade Industriay Comercio,y laResoluciónNo. 45010 de 08 de agosto de 2024 oor mediode lacualse delegóen IVAN DARÍO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, lafuncióndedeclararlaremisiónde lasobligacionesa favorde laSuperintendenciade Industriay Comercio de conformidad artículo820delEstatutoTributario,modificadoporel artículo54 de laLey 1739de 2014,elarchivode que trataelartículo65 de laLey 1480 de 2011 y ladeclaratoriade algunaoalgunas de las causalesseñaladasen el artículo2.5.6.3del Decreto 445 de 2017 orevia
recomendacióndelComitéde Carterade laEntidad ’ ^ Que eldía25 dejuniode 2025,y unavezverificadoslosrequisitosde leyconforme a losinformes I ^ CarteradelaSuperintendenciadeIndustriayComercio,mediante Acta No.18de 25 de jumode 2025,recomendóalRepresentanteLegal de laEntidado a quien este delegue,lasupresiónde losregistroscontablesporcarterade imposiblerecaudode losprocesosde cobrocoactivorelacionadosen elprimerconsiderandodel presente acto administrativoal configurarselacausaldispuestaen elordinalD delartículo2.5,6.3delDecreto445 de 2017 porelcualseadicionaeltitulosextode lapartequintadellibrosegundo delDecreto1068 de 2015 Que teniendoencuentaloanterior,laetapadedisolucióny liquidaciónvoluntariainiciacon una manifestaciónde voluntadde losasociados,en elsentidode quererponerfinalcontratosocietario para^loelCodigodeComercioensusartículos225y siguientesprevéelprocedimientoa seguirtratándosede una laliquidaciónprivada,en elcualse compilanlasdistintasetapasque debensurtirsehasta llegara laaprobaciónde lacuenta finalde laliquidación,que es laculminacióndelproceso. Que respectode laexistenciay extinciónde lassociedadescomo persona Jurídica derechosy obligaciones,elConsejode Estadoha precisado De acuerdocon elartículo98 delCódigode Comercio,una vez constituida iegaimente,lasociedadformauna personaJurídicadistinta de los socios
individualmenteconsiderados.Así,la sociedades una persona jurídica con capacidad para ser sujetode derechos v obligaciones,v. oor consiguiente, nara ger parte en un proceso, atributoque conserva hasta tanto se liquide definitivamente,estoes,se apruebe lacuentafinalde su liquidación v se inscriba esteactoen elregistromercantii.momento en elcuaidesaparece o se exfinmia lapersonajurídica”^(subrayadopropio). sujeto de Que una vezverificadosen su integridadlosexpedientescoactivosrelacionadosen el primerconsiderandodel presenteacto administrativo,se obtuvo copia de los registrosmercantilesrespectivos,evidenciándoseasí,que lassociedadessancionadas por esta Superintendenciaseencuentranen estadode liquidacióndefinitiva,locual,hace imposiblecontinuarcon laaccióndecobro previstaen el EstatutoTributario. Sentenciadel11 de jumo de 2009,Exp.16319,C.P.Hugo Fernando Bastidas Bárcenas. Página 2 de 3— 3>- RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 ‘Porla cualse declaralainexistenciaprobada del deudor o su Insolvenciademostrada y se ordena la depuracióndefinitivade lacarterade imposiblerecaudode unos procesos de cobro coactivo” Que, confundamentoen loexpuestoanteriormente,seprocederá a declararladepuración definitiva de la carterade imposiblerecaudo de los procesoscoactivosrelacionadosen el primer
considerandode lapresenteResolución,por inexistenciaprobada del deudor o su insolvencia demostrada. En méritode loexpuesto.
RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Declararlainexistenciaprobadadel deudor de los procesos de cobro coactivoreferenciadosen lapresente Resolución,en virtudde lodispuesto en elartículo163 de la Ley 1753 de 2015 y elartículo2.5.6.3.del Decreto445 de 2017, y en laparteconsiderativadel presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenarladepuraciónde lasobligacionesrelacionadas en el artículo anteriorpor carterade imposiblerecaudo, de conformidad con lo establecidoen la parteconsiderativadel presente acto administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar a la DirecciónFinancierade esta Entidad,la depuración y correspondientesupresiónde los registroscontablesde lassumas relacionadasen la parte considerativadel presenteacto administrativoy excluirde los registroscontables el derecho potencialporintereses(Cuentasde Orden).
ARTÍCULOCUARTO: Advertiren todocasoquelopagadopara satisfacerlas obligaciones terminadasno podrá sermateriade compensación nidevolución.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicarelcontenidodelapresenteresolucióna laDirecciónFinancieray alGrupode trabajode CobroCoactivode estaEntidadpara lode su competencia.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
DadaenBogotáD.C,alos 4 JUL 2025
EL FUNCIONARIO DELEGADO MEDIANTE RESOLUCIÓN No. 46010 DE 2024
IVAI^ARÍO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
Proyectó Sandra Rodríguez
Revisó: Alba Lucrecia Fiórez Aprobó: Gabriei Turbay Página 3 de 3