🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SIC - Sentencia 1713 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SIC - Sentencia 1713 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.

Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al

Consumidor Radicación: 2023-201179

Demandante: LUZ ASTRID BORJA CARDONA

Demandado: PASSION COLOMBIA SAS

Ciudad: Bogotá D.C., 10 de febrero de 2025

Hora de inicio: 11:30 am Hora de finalización: 01:33 pm

INTERVINIENTES

Por la parte demandante : Compareció el (la) señor (a) LUZ ASTRID BORJA

CARDONA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.446.402.

Por la parte demandada: Compareció el (la) señor (a) EDWARD ALEXANDER

MONTES PIEDRAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.022.928.888, en calidad de Representante Legal d e la sociedad PASSION COLOMBIA SAS ., y YENY MARCELA ARENAS RUEDA , identificada con cédula de ciudadanía No. 37.551.722 y T.P. No. 229.648, en calidad de Apoderada Especial de la sociedad demandada, a quien se le reconoció personería jurídica para actuar en la diligencia.

Por la Superintendencia de Industria y Comercio: WILSON ANDRÉS ARÉVALO ZÁRATE , Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para

Por la Superintendencia de Industria y Comercio: WILSON ANDRÉS ARÉVALO ZÁRATE , Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor.

ETAPAS ADELANTADAS

En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

1. CONCILIACIÓN

Se declaró fracasada la etapa de conciliación.

2. CONTROL DE LEGALIDAD

Se realizó el control de legalidad, no se encontró ningún vicio, nulidad o irregularidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.

3. INTERROGATORIO DE PARTE.

Se practicó el interrogatorio a las partes, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 372 del C.G.P.

4. CONTROL DE LEGALIDAD

Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad o irregularidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.

SENTENCIA 1713 2025-02-10AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

5. SE FIJARON HECHOS Y PRETENSIONES, SE FIJÓ EL OBJETO DEL LITIGIO.

Se realizó la fijación del objeto del litigio.

6. PRACTICA DE PRUEBAS:

Se practicaron todas las pruebas decretada en el auto que fijó la fecha de audiencia.

6.1. Parte demandante:

Las documentales obrantes a consecutivo 23-201179- -00000 del expediente.

6.2. Parte demandada

Las documentales obrantes a consecutivo 23-201179- -00005 del expediente.

6.1. Parte demandante:

Las documentales obrantes a consecutivo 23-201179- -00000 del expediente.

6.2. Parte demandada

Las documentales obrantes a consecutivo 23-201179- -00005 del expediente.

6.3. Pruebas de oficio.

Pruebas documentales en cabeza de la parte demandante.

Practicadas las pruebas decretadas en el auto que fijo fecha de audiencia, se cerró el debate probatorio.

7. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN

Se escucharon los alegatos de conclusión propuestos por las partes.

8. CONTROL DE LEGALIDAD

Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad o irregularidad que impida emitir la correspondiente sentencia.

9. DECISIÓN:

Se profirió la respectiva sentencia anticipada de conformidad con el artículo 278 del C.G.P. En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia,

RESUELVE

PRIMERO: Negar las pretensiones de la demanda presentada por LUZ ASTRID BORJA CARDONA , en contra de la sociedad PASSION COLOMBIA SAS ., de conformidad con la parte motiva de este fallo.

SEGUNDO: Archívese las presentes diligencias.

TERCERO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.

CUARTO: Esta sentencia se notifica en estrados a las partes.

SENTENCIA

1713

SEGUNDO: Archívese las presentes diligencias.

TERCERO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.

CUARTO: Esta sentencia se notifica en estrados a las partes.

SENTENCIA 1713 2025-02-10AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.

FRM_SUPER

WILSON ANDRÉS ARÉVALO ZÁRATE

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio

SENTENCIA

1713 2025-02-10

Consultar sobre este documento ...