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SIC - Sentencia 2435 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Sentencia 2435 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.

Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al

Consumidor

Radicación: 23-202303

Demandante: FABIOLA LORENA MARIN BEDOYA

Demandado: TOUR VACATION HOTELES AZUL SAS

Ciudad: Bogotá D.C., 24 de febrero de 2025

Hora de inicio: 02:00 pm Hora de finalización: 02:25 pm INTERVINIENTES Por la parte demandante : Se deja constancia que la parte demandante no compareció a la presente diligencia, pese a que la misma se programó mediante Auto No. 12696, el cual fue debidamente notificado mediante anotación en Estado No. 025 del 14 de febrero de 2025.

Por la sociedad demandada: Compareció (eron) el (la, los) señor (a) (es) LUIS ARLEY CASTIBLANCO RODRIGUEZ, identificado (a) con C.C. No. 80.758.725 y T.P. No. 382.387, en calidad de Apoderado General de la sociedad demandada, a quien se le reconoció personería jurídica para actuar en la presente diligencia.

Por la Superintendencia de Industria y Comercio: WILSON ANDRÉS ARÉVALO ZÁRATE, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. Por la Superintendencia de Industria y Comercio: WILSON ANDRÉS ARÉVALO ZÁRATE, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

1. CONCILIACIÓN Se declaró fracasada la etapa de conciliación.

2. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ninguna causal de nulidad o irregularidad que impida continuar con las actividades de la audiencia.

3. INTERROGATORIO DE PARTE Se practicó el interrogatorio de parte de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 º del artículo 372 del C.G.P., y se decretó de manera oficiosa el Contrato de Transacción visto a consecutivo 23-202303- -00011 del expediente.

4. CONTROL DE LEGALIDAD

SENTENCIA 2435 2025-02-25AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03) Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ninguna causal de nulidad o irregularidad que impida continuar con las actividades de la audiencia.

5. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN Se escucharon los alegatos de conclusión propuestos.

6. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ninguna causal de nulidad o irregularidad que impida continuar con las actividades de la audiencia.

7. DECISIÓN:

Se profirió la respectiva sentencia anticipada de conformidad con el artículo 278 del C.G. P. irregularidad que impida continuar con las actividades de la audiencia.

7. DECISIÓN:

Se profirió la respectiva sentencia anticipada de conformidad con el artículo 278 del C.G. P. En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia,

RESUELVE PRIMERO: DECLARAR LA EXISTENCIA DE COSA JUZGADA , de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.

SEGUNDO: Declarar la terminación de la Acción de Protección al Consumidor presentada por FABIOLA LORENA MARIN BEDOYA , en contra de la

sociedad TOUR VACATION HOTELES AZUL SAS.

TERCERO: No habrá lugar a costas, en tanto que no aparecen causadas.

CUARTO: En firme la presente providencia, archívese el expediente de la referencia.

QUINTO: Esta sentencia se notifica en estrados a las partes.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.

FRM_SUPER

WILSON ANDRÉS ARÉVALO ZÁRATE

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio

SENTENCIA

2435 2025-02-25

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