🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SIC - Sentencia 4208 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SIC - Sentencia 4208 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.

Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al Consumidor Radicación: 23 - 173594

Demandante: JUAN JOSE SALINAS ORTIZ

Demandado: PASSION COLOMBIA S.A.S.

Ciudad: Bogotá D.C., 21 de abril de 2025

Hora de inicio: 10:30 am Hora de finalización: 11:34 am

INTERVINIENTES

Por la parte demandante: JUAN JOSE SALINAS ORTIZ, identificado con la C.C.

No. 1.036.624.660, en su calidad de demandante, NO ASISTIÓ A LA AUDIENCIA, pese a que la misma se programó mediante el Auto No. 31342 de fecha 3 de abril de 2025, debidamente notificado por estado No. 058 del 4 de abril de 2025.

Por la parte demandada: EDUARD ALEXANDER MONTES PIEDRAS ,

identificado con cédula de ciudadanía No. 1.022.928.888, en calidad de representante legal de la sociedad PASSION COLOMBIA S.A.S., identificada con NIT. 900.652.464 – 6.

YENY MARCELA ARENAS RUEDA , identificada con cédula de ciudadanía No.

representante legal de la sociedad PASSION COLOMBIA S.A.S., identificada con NIT. 900.652.464 – 6.

YENY MARCELA ARENAS RUEDA , identificada con cédula de ciudadanía No. 37.551.722, y T.P. No. 229.648 del C. S. de la Judicatura, en calidad de apoderada especial.

Por la Superintendencia de Industria y Comercio : JUAN CARLOS SANCHEZ DURAN, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor.

ETAPAS ADELANTADAS

En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

1. CONCILIACIÓN

Se declaró fracasada la etapa de conciliación.

2. CONTROL DE LEGALIDAD

SENTENCIA 4208 2025-04-21AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.

3. INTERROGATORIO DE PARTE. Se practicó el interrogatorio a las partes, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 372 del C.G.P.

4. SE FIJARON HECHOS, PRETENSIONES, Y SE FIJÓ EL OBJETO DEL

LITIGIO.

Se realizó la fijación del objeto del litigio.

5. PRACTICA DE PRUEBAS:

Se practicaron todas las pruebas decretadas en el auto que fijó la fecha de audiencia.

Se realizó la fijación del objeto del litigio.

5. PRACTICA DE PRUEBAS:

Se practicaron todas las pruebas decretadas en el auto que fijó la fecha de audiencia.

Practicadas las pruebas decretadas en el auto que fijo fecha de audiencia, se cerró el debate probatorio.

6. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN

Se escucharon los alegatos de conclusión propuestos por las partes.

7. CONTROL DE LEGALIDAD

Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida emitir la correspondiente sentencia.

8. DECISIÓN:

En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia,

RESUELVE

PRIMERO: Negar las pretensiones incoadas en la demanda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la decisión.

SEGUNDO: En consecuencia, ordenar el archivo de las diligencias.

SENTENCIA 4208 2025-04-21AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

TERCERO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.

CUARTO: La anterior decisión se notifica por estrados a las partes.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.

FRM_SUPER

CUARTO: La anterior decisión se notifica por estrados a las partes.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.

FRM_SUPER

JUAN CARLOS SANCHEZ DURAN

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio

SENTENCIA

4208 2025-04-21

Consultar sobre este documento ...