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SIC - Sentencia 4754 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Sentencia 4754 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.

Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al

Consumidor Radicado No. 23-268367

Demandante: LEYNER YESID ALMEYDA NINO

Demandado: ALMACENES EXITO S.A.

Ciudad: Bogotá D.C., 5 de mayo de 2025

Hora de inicio: 10:00 am Hora de finalización: 11:27 am INTERVINIENTES Por la parte demandante : LEYNER YESID ALMEYDA NINO, cédula No.

91.356.997.

Por la parte demandada: ALMACENES EXITO S.A.., 890900608-9, asistió el

abogado Cristian Ruiz, cédula No. 1.022.357.608 y T.P No. 240447 del C.S. de la J., como apoderado especial. Por la Superintendencia de Industria y Comercio: FREDY ALEXANDER PÉREZ RAMÍREZ, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

1. CONCILIACIÓN Se declaró fracasada la etapa de conciliación.

2. CONTROL DE LEGALIDAD ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

1. CONCILIACIÓN Se declaró fracasada la etapa de conciliación.

2. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.

3. INTERROGATORIO DE PARTE. Se practicó el interrogatorio a las partes, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 372 del C.G.P.

4. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida emitir la correspondiente sentencia.

SENTENCIA 4754 2025-05-05AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

5. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN Se escucharon los alegatos de conclusión propuestos por las partes.

6. DECISIÓN: En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia, RESUELVE PRIMERO: Negar las pretensiones de la demanda de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: Ordenar el archivo de las diligencias.

TERCERO: Sin costas por no aparecer causadas.

CUARTO: La anterior decisión se notifica por estrados a las partes.

FRM_SUPER TERCERO: Sin costas por no aparecer causadas.

CUARTO: La anterior decisión se notifica por estrados a las partes.

FRM_SUPER

FREDY ALEXANDER PÉREZ RAMÍREZ

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio

SENTENCIA

4754 2025-05-05

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