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SIC - Sentencia 5431 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Sentencia 5431 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

BOGOTÁ D.C.

Sentencia

REPÚBLICA DE COLOMBIA

I

AJ01-F23 Vr5 (2023-08-03)

Acción de protección al Consumidor Radicado No. 23 - 304846

Demandante: MARTHA LUCIA RIVERA MENDOZA

Demandada: MAC CENTER COLOMBIA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

Estando el expediente al Despacho a causa de encontrarse vencido el término de traslado de la demanda, procede la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales a proferir sentencia escrita, teniendo en cuenta que en el presente asunto se cumplen todos los presupuestos contenidos en el inciso 2º del parágrafo 3º del artículo 390 del Código General del Proceso. Para ello, se tienen en cuenta los siguientes,

I. ANTECEDENTES

1. Hechos

1.1. Quiero demandar y denunciar ante ustedes que el día 4 de julio de 2022 compré en la tienda Mac Center ubicada en el Centro Comercial Plaza Claro un celular Iphone 13 Serial: KXVF93NH92 con número de factura PLCL23907 por un valor de $4.032.773,11 pesos mcte.

1.2. Lo tuve inicialmente alrededor de unas dos semanas sin usar por la imposibilidad de hacer una copia del whatsapp de un Android a un iphone, no quería perder mis chats, pero finalmente fue así, lo acepté y lo empecé a usar.

1.2. Lo tuve inicialmente alrededor de unas dos semanas sin usar por la imposibilidad de hacer una copia del whatsapp de un Android a un iphone, no quería perder mis chats, pero finalmente fue así, lo acepté y lo empecé a usar.

1.3. Después de unas dos semanas de haberlo puesto en uso empecé a notar una serie de inconvenientes tales como bloqueo de pantallas: “pantalla congelada”, pantalla en negro, se ponía lento, cierre inesperado de aplicaciones, imposibilidad de hacer respaldo en icloud, inconvenientes con los servicios de internet, llamadas telefónicas; tan pronto como pude acudir a una primera revisión el 24 de agosto de 2022 a la tienda en que lo compré donde indicaron que una vez usado sus herramientas de diagnóstico presentaba errores, pero pasaba las pruebas y que intentara hacer el respaldo y volverlo a valores de fábrica, reiniciarlo y no descargar copias de seguridad de las aplicaciones porque podrían traer errores que producían los errores que reporté. Cumplí con las indicaciones que me dieron, pero no funcionó, los errores se siguieron presentando y cada vez se presentaron muchos más y la respuesta fue la misma en las fechas: 1 de septiembre, 15 de octubre, 17 de noviembre.

1.4. Dado que uno de los inconvenientes más molestos era que las llamadas se “caían” a cada rato, se escuchaba muy mal, entrecortado y que ellos no me daban solución acudí unas 10 veces a puntos de atención de mi operador telefónico: Claro quienes a pesar de brindarme todo el soporte técnico que pudieron: cambio de sim card por una nueva, “borrado” y reinicio de la configuración de mi línea y servicios etc, no lograron

pesar de brindarme todo el soporte técnico que pudieron: cambio de sim card por una nueva, “borrado” y reinicio de la configuración de mi línea y servicios etc, no lograron solucionar mis quejas me indicaron que no era la primer cliente que al cambiarse a un iphone tenía esos problemas y que la solución que podían brindarme era cambiar mi 5431 2025-05-28Sentencia DE HOJA No. 2

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sim card física a una virtual que había funcionado a algunos usuarios de iphone. Esto mejoró un poco la situación, pero no al 100% lo cual me corroboraba que el problema era del teléfono y no de mi servicio telefónico.

1.5. Cada vez que me acercaba a un punto de servicio técnico de iphone me decían lo mismo, no valían para ellos como evidencias de los errores y fallas de mi teléfono las capturas de pantalla, grabación de pantalla que en algunas ocasiones podía obtener. Siempre me indicaban que el teléfono en sus pruebas estaba bien, pero cada vez presentaba más errores sumados a los inicialmente reportados. Estos nuevas fallas incluyeron: batería no duraba y en ocasiones debía cargarlo 2 o incluso 3 veces al día, las pantallas no mostraban los íconos de las aplicaciones, solo eran visibles los mensajes o notificaciones de cada una pendientes de lectura, imposibilidad de hacer respaldo definitivamente desde el 31 de enero de 2023 en icloud e imposibilidad de hacerlo en itunes, bloqueo de pantallas, se quedaban congeladas, pantalla totalmente negra sin respuesta alguna para retroceder, minimizar, recalentamiento de la batería donde el celular arroja un mensaje que indica: Recarga en espera. La recarga se

hacerlo en itunes, bloqueo de pantallas, se quedaban congeladas, pantalla totalmente negra sin respuesta alguna para retroceder, minimizar, recalentamiento de la batería donde el celular arroja un mensaje que indica: Recarga en espera. La recarga se reanudará cuando el iphone vuelva a una temperatura normal; pero este recalentamiento también sucede con el celular en uso, no en momento de carga y se aumenta cuando viajo a clima caliente como me sucedió en Cartagena, Santa Marta y Barranquilla a donde he viajado constantemente d esde febrero hasta junio de este año por motivos laborales.

1.6. En el mes de abril, el día sábado 15 a primera hora de la mañana cuando quise usar el celular arrojó un mensaje en forma de carpeta roja al abrir una app que indicaba que el celular no tenía “espacio de memoria suficiente” y debía solucionarlo antes de poder abrir la app, pero el celular tenía espacio suficiente. Este mensaje no se pudo cerrar, la app no se pudo minimizar, no se podía retroceder, se bloqueó el celular y de un momento para otro se puso la pantalla negra, empezó a formarse un círculo de líneas blancas intermitentes y de repente salió la manzanita blanca y fue imposible apagarlo para ver si reiniciaba, pero tampoco arrancó por lo que de manera urgente y sin cita agendada lo llevé a la tienda Ishop del Centro Comercial Gran Estación Esfera que fue el sitio al que lo llevé las dos últimas ocasiones y el técnico me indicó que la próxima vez que fallara tendrían que hacer una reinstalación del software con lo que debería de solucionarse el problema. Ese día le hicieron la primer reinstalación, pero no funcionó.

próxima vez que fallara tendrían que hacer una reinstalación del software con lo que debería de solucionarse el problema. Ese día le hicieron la primer reinstalación, pero no funcionó.

1.7. Cansada ya de no poder tener un celular que funcionara como se esperaba me acerqué de nuevo a la tienda a preguntar cómo hacía para que me cambiaran mi celular por uno nuevo que si funcionara de manera adecuada, pero me indicaron que esa orden debía darla directamente Apple y me programaron una llamada con el servicio técnico y ahí empezó nuevamente mi largo y tortuoso camino fallido porque por la línea de Apple indicaban que era el técnico quien debía dar el concepto de cambio del celular por fallas y en t odos los reportes todo estaba bien. Ante tanta insistencia mía en las fallas del celular y que me parecía increíble que no me creyeran ni siquiera aportando todas las evidencias recolectadas en tantos meses me pidieron tras una segunda reinstalación del so ftware validar rendimiento y utilización de la batería lo cual no arrojaba información como lo esperaban por lo que me pidieron enviar soportes de todo esto por un link que enviaban a mi email para poder darle solución, pero no sucedió nada, ni siquiera me volvieron a contactar por lo que aproveché un viaje que hice a Miami a finales de mayo y lo llevé directamente a la tienda Apple donde me indicó el técnico que el problema no era de software sino de hardware y que por eso nada de lo que habían dicho o hec ho funcionaba, pero que ellos no podían ayudarme porque yo solo estaría en la ciudad 1 semana y porque era un teléfono internacional y sería en mi país que debían dar solución: retirar las cámaras y pantalla de mi celular y ponerlo en una “caja” nueva. Per o al llegar a

ellos no podían ayudarme porque yo solo estaría en la ciudad 1 semana y porque era un teléfono internacional y sería en mi país que debían dar solución: retirar las cámaras y pantalla de mi celular y ponerlo en una “caja” nueva. Per o al llegar a Colombia agendé llamada con servicio técnico de Apple y les expliqué esto, 5431 2025-05-282025Sentencia DE HOJA No. 3

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agendaron una nueva cita porque no me ofrecían más soluciones, pero fue en vano porque el técnico de la tienda del centro comercial Titán se me burló en la cara y me dijo que ellos no hacían nada de eso y que si el diagnóstico decía que estaba bien no iban a hacer nada más. Me pidió borrar la información de mi celular para poder “ingresar” al celular a tomar fotos internas que pedía Apple y me enojé porque no me escuchó cuando le dije que uno de los problemas es que no se puede hacer el respaldo en el iclou d o en el computador y que nuevamente no iba a perder información como sucedió cuando se apagó y lo reinstalaron por 1 vez. Solo se limitó a decirme que si no lo aceptaba era mi decisión y ya, fue demasiado grosero y displicente conmigo. Al salir llamé inm ediatamente de nuevo a Apple y exigí una solución por lo que me contactaron directamente con una supervisora de nombre Yajaira quien prometió hacerse cargo de mi caso pero no lo cumplió. Llamé de nuevo y esta vez me contactaron con el supervisor Juan quien al escuchar mis quejas me envió de nuevo el link para remitirles mis evidencias que fueron alrededor de unas 92;

Yajaira quien prometió hacerse cargo de mi caso pero no lo cumplió. Llamé de nuevo y esta vez me contactaron con el supervisor Juan quien al escuchar mis quejas me envió de nuevo el link para remitirles mis evidencias que fueron alrededor de unas 92; programó una llamada para realizar en el teléfono unas pruebas cuyos resultados serían analizados directamente por los ingenieros. En una llam ada posterior a esto me informó que si habían evidenciado “errores” y que debía llevar el celular nuevamente a una tienda porque entraba para reemplazo para su revisión con indicaciones precisas de parte de ellos para que el técnico hiciera pruebas en el celular.

1.8. Este ingreso para “reemplazo” se llevó a cabo finalmente el pasado jueves 22 de junio en la tienda Mac Center del centro comercial Andino. Me le quitaron el protector de la pantalla que lo mantenía sin el más mínimo rayón en la pantalla, los protectores de las cámaras traseras, la funda protectora. Me informaron que lo borrarían, revisarían internamente para validar que no hubiera sido abierto o mojado. Una vez hecho esto me dijeron que debía dejarlo y que me avisarían el martes siguiente el resultado y lo que debían hacer y cuándo me lo devolverían; pero para mi sorpresa para el día viernes 23 de junio ya me estaban enviando un mensaje de texto y correo indicando que podía pasar a recogerlo, lo cual no pude hacer sino hasta el lunes porque salí de viaje el viernes 23 de junio.

1.9. El lunes al pasar a la tienda lo recibí y la verdad no lo revisé para validar si estaba en las mismas condiciones en que lo entregué porque me interesaba más el diagnóstico

viaje el viernes 23 de junio.

1.9. El lunes al pasar a la tienda lo recibí y la verdad no lo revisé para validar si estaba en las mismas condiciones en que lo entregué porque me interesaba más el diagnóstico de la revisión, pero fue la misma de siempre: estaba bien y la conclusión fue que eran errores que traían las aplicaciones. Le debatí al asesor que me atendió porque cosas tales como recalentamiento de la batería durante la carga, durante el uso normal, que no dure como se espera a pesar de tener precaución de hacer restricciones de actualizaciones en segundo plano y otras tantas para optimizar la duración de la batería no funcionen no es lógico que sea por esto que me han dicho durante 9 de las 10 visitas técnicas para revisión que completé desde agosto de 2022 hasta junio de

2023. Me dijo que era normal que el celular se recalentara con el uso normal, con el número de aplicaciones y acciones simultáneas que hiciera el celular, etc, lo que no me parece creíble y veraz porque tengo muchos amigos y familiares que usan celulares de la marca y no les pasa esto. Me indicó que en ese momento me acompañaría en el proceso de “restablecimiento” de mi celular, pero hizo exactamente lo que yo había hecho en las 5 oportunidades iniciales. Le di el beneficio de la duda y le di mi último voto de confian za indicándole que al llegar a casa seguiría el proceso porque debía irme; al llegar a casa a ponerle el vidrio protector limpié la pantalla para ver que en la parte inferior izquierda le hicieron un rayón a la pantalla que no tenía, pero no podía volver para reclamar porque ya he perdido demasiado tiempo en estos meses de manera fallida.

1.10. En estos días que he probado el funcionamiento del celular, la batería sigue sin durar

pero no podía volver para reclamar porque ya he perdido demasiado tiempo en estos meses de manera fallida.

1.10. En estos días que he probado el funcionamiento del celular, la batería sigue sin durar lo esperado, ahora aparece un letrero cuando uso la cámara de “flash desactivado”, el iphone debe enfriarse antes que puedas usar el flash y yo estaba en un clima frío 5431 2025-05-282025Sentencia DE HOJA No. 4

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donde llovió todo este fin de semana y hoy durante la carga de nuevo indicó que se pararía mientras el celular recuperaba la temperatura normal.

1.11. Todo esto ha sido demasiado desgastante, frustrante, siento impotencia, siento que a nadie le “duele” lo que me ha pasado con el celular. No solo me afecta en la parte emocional por todo lo expuesto sino porque cada visita técnica implica para mí pedir permiso en mi trabajo, perder tiempo en desplazamientos y tener tiempo disponible para lo que se demore la revisión del celular. Nadie entiende mi dolor al tener un celular tan costoso como lo son los de la marca y que no funcione, que solo lo haya tenido con adecuado funcionamiento un par de días, nadie entiende que lo único que siempre he querido es que funcionara y que como no lo hace por eso he pedido que me den un nuevo equipo, pero me dicen que eso no lo van a hacer, que en caso de encontrarse fallas y q ue no se puedan reparar las piezas o el error me darían un equipo de servicio, pero nada de esto ha sucedido y lo que más me duele en este instante es que la garantía caducaba el día de hoy, pero al entrar a la información del

encontrarse fallas y q ue no se puedan reparar las piezas o el error me darían un equipo de servicio, pero nada de esto ha sucedido y lo que más me duele en este instante es que la garantía caducaba el día de hoy, pero al entrar a la información del celular dice que la garantía ya caducó y me pregunto: ahora quién me va a dar solución a mis solicitudes, quién va a hacer que yo pueda disfrutar de un celular que desde nuevo funcione como lo espero, que cumpla con mis expectativas las cuales en ningún momento han sido satisfechas po r la marca, sus técnicos, sus asesores en línea, supervisores, etc. Me vi obligada a conseguir a la carrera un celular para no quedar incomunicada.

2. Pretensiones

1. Por lo anteriormente expuesto lo más claro posible, acudo a ustedes esperando que con su intervención me cambien el celular que compré el año pasado y no ha funcionado por uno que realmente funcione bien porque por eso pagué un valor tan alto, para “quitar me de encima” los problemas que a veces presentan los celulares con tecnología Android. Soy una usuaria que no tiene tiempo por su trabajo para estar perdiéndolo en las diferentes tiendas y puntos de servicio técnico tan solo por molestar y siento que se m e han vulnerado mis derechos como usuaria, se me han burlado en la cara por mis quejas y expectativas de obtener un celular nuevo y con adecuado funcionamiento. Todo el personal de Apple tanto directo como a través de sus proveedores autorizados en el país y sus técnicos me han “peloteado” de un lado para el otro sin darme una solución efectiva y definitiva a mi problema y ya no aguanto más y no voy a quedarme con un celular que no satisface mis necesidades ni expectativas, tampoco voy a pagar por

me han “peloteado” de un lado para el otro sin darme una solución efectiva y definitiva a mi problema y ya no aguanto más y no voy a quedarme con un celular que no satisface mis necesidades ni expectativas, tampoco voy a pagar por revisiones dado que ya caducó la garantía.

2. Trámite de la acción

El día 13 de marzo de 2024, mediante Auto No. 32101 (Consecutivo 23 – 304846 - 5), esta Dependencia admitió la demanda de mínima cuantía interpuesta por la parte demandante, en ejercicio de las facultades Jurisdiccionales atribuidas por la Ley 1480 de 2011, providencia que fue notificada debidamente al extremo demandado a la dirección judicial registrada en el RUES, esto es, contabilidad1@mac-center.com (Consecutivos 23 – 304846 – 7), el día 14 de marzo de 2024, con el fin de que ejerciera su derecho de defensa.

El extremo pasivo contestó en oportunidad la demanda el día 1º de abril de 2024 , visto a consecutivo No. 23 – 304846 - 9 del expediente, a través del cual se pronunció sobre los hechos de la demandada y se opuso a las pretensiones, mediante las excepciones “FALTA DE PRUEBA DEL DAÑO EN EL PRODUCTO , NO HAY FALLA REITERADA QUE DÉ

LUGAR A LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA, ”.

A su turno, la Secretaría de este Despacho en atención a las disposiciones contenidas en el inciso 6° del artículo 391 mediante fijación en lista obrante bajo consecutivo 23 – 304846 – 5431 2025-05-282025Sentencia DE HOJA No. 5

inciso 6° del artículo 391 mediante fijación en lista obrante bajo consecutivo 23 – 304846 – 5431 2025-05-282025Sentencia DE HOJA No. 5

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10 dispuso el traslado de las excepciones de mérito propuestas por el extremo demandado en el escrito de contestación de la demanda, término que venció el día 14 de abril de 2024 y de las cuales no hizo pronunciamiento alguno la parte demandante.

4. Pruebas

Pruebas allegadas por la parte demandante

  • La parte demandante aportó y solicitó que se tuvieran como pruebas los documentos obrantes bajo los consecutivos 23 – 304846 – 0, 1 y 3 del expediente.

A estos se les concederá el valor probatorio que corresponda bajo las previsiones de los artículos 244, 245, 246 y 262 del Código General del Proceso.

Pruebas allegadas por la parte demandada

  • La parte demandada aportó y solicitó que se tuvieran como prueba los documentos aportados bajo consecutivo 23 – 304846 - 9 del expediente.

A este se le concederá el valor probatorio que corresponda bajo las previsiones de los artículos 244, 245, 246 y 262 del Código General del Proceso.

Sobre los demás medios probatorios, la parte demandada MAC CENTER COLOMBIA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA , solicitó la práctica de unos testimonios y el interrogatorio de parte.

Sobre el particular, con apoyo en lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia – Sala Civil,

SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA , solicitó la práctica de unos testimonios y el interrogatorio de parte.

Sobre el particular, con apoyo en lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia – Sala Civil, en Radicación Nro. 47001 22 13 000 2020 00006 01, sentencia del 27 de abril de 2020, M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque, en el texto de este mismo fallo se pueden exponer los fundamentos para negar la solicitud probatoria, en este orden de forma breve y concisa se expondrán las razones para negar la práctica de la prueba:

Así, para este Despacho judicial la prueba resulta inviable habida cuenta que en la contestación de la demanda se aceptó, entre otros, los siguientes: i) la existencia de la relación de consumo, y ii) la presentación de la reclamación previa al empresario.

En adición, las partes aportaron suficiente material probatorio siendo abiertamente innecesaria la práctica del interrogatorio. Por lo tanto, la demanda, la contestación de demanda, y las pruebas documentales aportadas al plenario resultan suficientes para emitir una decisión de fondo.

II. CONSIDERACIONES

Habiéndose agotado las etapas procesales de rigor y en ausencia de nulidades que impidan proferir un fallo de fondo, procede el Despacho a decidir la instancia, teniendo en cuenta que el parágrafo tercero del artículo 390 del Código General del Proceso pre vé la posibilidad de proferir sentencias escritas en aquellos procesos verbales sumarios de mínima cuantía que versen sobre la acción de protección al consumidor, en los siguientes términos:

“Parágrafo tercero. Los procesos que versen sobre violación a los derechos

proferir sentencias escritas en aquellos procesos verbales sumarios de mínima cuantía que versen sobre la acción de protección al consumidor, en los siguientes términos:

“Parágrafo tercero. Los procesos que versen sobre violación a los derechos de los consumidores establecidos en normas generales o especiales , con excepción de las acciones populares y de grupo, se tramitarán por el proceso verbal o por el verbal sumario, según la cuantía, cualquiera que sea la autoridad jurisdiccional que conozca de ellos.

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Cuando se trate de procesos verbales sumarios, el juez podrá dictar sentencia escrita vencido el término de traslado de la demanda y sin necesidad de convocar a la audiencia de que trata el artículo 392, si las pruebas aportadas con la demanda y su contestación fueren suficientes para resolver de fondo el litigio y no hubiese más pruebas por decretar y practicar.” .(Negrillas fuera de texto).

Con fundamento en lo preceptuado por la norma citada en precedencia, considera el Despacho que en el caso objeto de análisis no resulta necesario decretar pruebas adicionales, habida cuenta que con los elementos de juicio existentes es suficiente para resolver la controversia planteada.

Atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5, 7, 8, 10, 11 y 18 de la Ley 1480 de 2011, en virtud de la obligación de garantía1, los productores y/o proveedores deben responder frente

Atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5, 7, 8, 10, 11 y 18 de la Ley 1480 de 2011, en virtud de la obligación de garantía1, los productores y/o proveedores deben responder frente a los consumidores por la calidad, idoneidad, seguridad y buen estado de los productos2 que comercialicen en el mercado. En este mismo sentido encontramos el artículo 2.2.2.32.6.1., del Decreto Único Reglamentario del Sector comercio, Industria y Turismo, según el cual son responsables de atender la solicitud de efectividad de la garantía t anto productores como proveedores.

En el marco de la obligación de garantía los consumidores tienen derecho a obtener la reparación totalmente gratuita del bien cuando se presente una falla y, en caso de repetirse, podrá obtener a su elección una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o el cambio del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas3 .

En el caso de la prestación de servicios, cuando exista incumplimiento por parte del proveedor, el consumidor tiene el derecho a exigir que se preste el servicio en las condiciones originalmente pactadas o la devolución del precio pagado.

1. Presupuestos de la obligación de garantía

La obligación de garantía, en términos generales, supone la existencia de una relación de consumo en virtud de la cual un consumidor adquiere un bien o servicio a un productor o proveedor. Dicho bien debe presentar uno o varios defectos o fallas de calidad, idoneidad o seguridad durante el término de garantía para que surja la obligación de responder por parte del productor o proveedor.

En este orden ideas, a continuación, se verificarán los presupuestos antes mencionados para el caso objeto del presente proceso.

seguridad durante el término de garantía para que surja la obligación de responder por parte del productor o proveedor.

En este orden ideas, a continuación, se verificarán los presupuestos antes mencionados para el caso objeto del presente proceso.

2. La garantía en el caso concreto

  • Relación de consumo

La relación de consumo se encuentra debidamente demostrada en el presente asunto mediante la aceptación de la relación de consumo por parte de la sociedad demandada y los documentos allegados por ambas partes, a través del cual se acreditó que la accionante adquirió un equipo móvil IPHONE 13 MIDNIGHT 256GB-LAE, el día 4 de julio de 2022 por valor de cuatro millones treinta y dos mil setecientos setenta y tres pesos ($4.032.773) como se evidencia en la factura de venta PLCL23907.

1 El artículo 5, numeral 5 de la Ley 1480 de 2011 define garantía como la “Obligación temporal, solidaria a cargo del productor y el proveedor, de responder por el buen estado del producto y la conformidad del mismo con las condiciones de idoneidad, calidad y seguridad legalmente exigibles o las ofrecidas. La garantía legal no tendrá contraprestación adicional al precio del producto.” 2 Ley 1480 de 2011, artículo 11. 3 Numeral 3 Artículo 5 Ley 1480 de 2011. 5431 2025-05-282025Sentencia DE HOJA No. 7

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La anterior circunstancia da cuenta de la satisfacción del presupuesto de la legitimación por activa de la parte demandante, quien es compradora del bien objeto de reclamo judicial.

  • Ocurrencia del defecto en el caso concreto

La anterior circunstancia da cuenta de la satisfacción del presupuesto de la legitimación por activa de la parte demandante, quien es compradora del bien objeto de reclamo judicial.

  • Ocurrencia del defecto en el caso concreto

Dispone el artículo 10 de la Ley 1480 de 2011 que “…para establecer la responsabilidad por incumplimiento a las condiciones de idoneidad y calidad, bastará con demostrar el defecto del producto, sin perjuicio de las causales de exoneración de responsabilidad…”.

Ahora bien y para efectos de definir el asunto, se observa con relevancia lo siguiente:

  • La relación de consumo entre la demandante y el demandado respecto de la compra de un equipo móvil IPHONE 13 MIDNIGHT 256GB-LAE, el día 4 de julio de 2022 por valor de cuatro millones treinta y dos mil setecientos setenta y tres pesos ($4.032.773) como se evidencia en la factura de venta PLCL23907.
  • Orden de Ingreso (20032477) de fecha 27 de julio de 2022.
  • Orden de Ingreso (20069444) de fecha 24 de febrero de 2023
  • Orden de ingreso (20098711) de fecha 19 de mayo de 2023
  • Orden de Salida (20015482) de fecha 15 de octubre de 2022.
  • Respuesta a su Reclamación directa enviada por correo electrónico del día 31 de julio de 2023.
  • Correos enviados a servició técnico
  • Factura Electrónica de Venta PLCL23907
  • Fotografías inconvenientes presentados.
  • Del caso en particular:

El Estatuto de Protección al Consumidor consagró la responsabilidad que tienen los productores, expendedores o proveedores en Colombia frente a los consumidores, ello

  • Fotografías inconvenientes presentados.
  • Del caso en particular:

El Estatuto de Protección al Consumidor consagró la responsabilidad que tienen los productores, expendedores o proveedores en Colombia frente a los consumidores, ello implica entonces que deben asegurar que los bienes y servicios que ofrecen a los consumidores sean de calidad e idoneidad, y que los mismos resulten seguros para el usuario, salvo, circunstancias eximentes de responsabilidad. En ese sentido, se recalca que es el productor, proveedor o expendedor es el que tenga la carga probatoria de demostrar que el defecto se generó por alguna de las causales de responsabilidad establecidas taxativamente por la ley.

Para el caso en concreto, y de las pruebas allegadas por las partes, se tiene que la parte actora adquirió un equipo móvil IPHONE 13 MIDNIGHT 256GB-LAE, el día 4 de julio de 2022 por valor de cuatro millones treinta y dos mil setecientos setenta y tres pesos ($4.032.773) como se evidencia en la factura de venta PLCL23907, sin embargo, presento fallas en su funcionamiento ante lo cual fue ingresado al servicio técnico, para su garantía.

En torno a lo anteriormente expuesto, es necesario recalcar que:

  • El bien adquirido ingreso por primera vez a servicio técnico el día 24 de febrero del año 2022, en dicha oportunidad se reportó: Cliente indica varias fallas en el equipo,

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no es posible realizar reespaldo en iCloud, problemas con visualizacion en aplicaciones, problemas con red movil, cierre de aplicaciones , se procedio a: (i)

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no es posible realizar reespaldo en iCloud, problemas con visualizacion en aplicaciones, problemas con red movil, cierre de aplicaciones , se procedio a: (i) Proceso realizado y solución sáb 15 oct 2022 12:52:28 -05 Se dan indicaciones al cliente, el cual indica que realizara solicitud de soporte para servicios iCloud y posterior proceso de restauracion, cliente se retira con su equipo en iguales condiciones funcionales y cosmeticas de recepcion en barra.

(Documental extraída Consecutivo No. 0 Pagina z, folio 11).

  • Segundo Ingreso: El día 22 de junio de 2023, ingresa nuevamente, presentando las siguientes fallas: La cliente indica que ha tenido que acudir cerca de diez veces a servicio técnico debido a que el equipo, tiene multiples fallos como: recalentamiento, se congela, no permite realizar respaldos ni en iCloud ni por iTunes. El fallo se presenta pasado veinte días de la compra. Procedimiento realizado: SOLUCION DE PROBLEMA 1. Se pasa Dispositivo a Mesa de Trabajo. Inspeccionando la Unidad VMI Superficial e Interna, Superada. 2. Se conecta con Apple Configurator 2

Restableciendo el Sistema Operativo iOS a su Ultima Version 16.5.1. 3. Se Asocia cuenta Appl e ID de Centro de Servicio, Se Cargan Aplicaciones de Exigencia y Rendimiento Gráfico como Benchmarks, Se reproduce Contenido Multimedia durante 3 Horas sin Interrupción, Se Aplica SIM Card Física, Se realizan Llamadas de Operador y Vía WiFi tales como FaceTime, A

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