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SIC - Sentencia 605 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Sentencia 605 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.

Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al

Consumidor

Radicación: 23-65707

Demandante: NIDIAN ESTHER LÓPEZ RAMOS

Demandado: CENTRO COMERCIAL PLACES MALL RECREO P.H

Ciudad: Bogotá D.C., diecisiete (17) de enero de 2025

Hora de inicio: 8:27 am Hora de finalización: 10:28 am INTERVINIENTES Por la parte demandante: Se deja constancia que asistieron de manera de manera virtual a la “sala de reunión No. 29” la señora NIDIAN ESTHER LÓPEZ RAMOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 50.909.544, junto al abogado ARIEL LESSING ALEMÁN ROMERO , identificad a con la Cédula de ciudadanía

No.1.066.736.113 y portador de la tarjeta profesional No. 325.691 del C.S. de la J, en calidad de apoderado especial, a quien se le reconoció personería jurídica para actuar en audiencia.

Por la parte demandada: Se deja constancia que asistieron de manera de manera virtual a la “sala de reunión No. 29” el señor JUAN CARLOS SALDARRIAGA PIEDRAHITA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.623.472, actuando virtual a la “sala de reunión No. 29” el señor JUAN CARLOS SALDARRIAGA PIEDRAHITA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.623.472, actuando en calidad de representante legal de la sociedad PGS COMERCIAL S.A. identificada con NIT. 900.089.997-5, quien es administradora del CENTRO COMERCIAL PLACES MALL RECREO P.H ., junto a la abogada MARÍA DEL PILAR URIBE ALVAREZ, identificada con la Cédula de ciudadanía

No.1.152.687.630 y portadora de la tarjeta profesional No. 266.761 del C.S. de la J, en calidad de apoderada especial, a quien se le reconoció personería jurídica para actuar en audiencia. Por la Superintendencia de Industria y Comercio : JENNY LORENA MURILLO LOZANO, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

1. CONCILIACIÓN Se declaró fracasada la etapa de conciliación.

SENTENCIA 605 2025-01-17AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

2. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.

3. INTERROGATORIO DE PARTE. Se practicó interrogatorio a la s partes, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 372 del C.G.P. continuar con las etapas de la audiencia.

3. INTERROGATORIO DE PARTE. Se practicó interrogatorio a la s partes, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 372 del C.G.P.

4. SE FIJARON HECHOS, PRETENSIONES, Y SE FIJÓ EL OBJETO DEL

LITIGIO.

Se realizó la fijación del objeto del litigio.

5. PRACTICA DE PRUEBAS:

Se practicaron todas las pruebas decretada en el auto que fijó la fecha de audiencia. 5.1. Parte demandante:

Se decretan como prueba los documentos que acompañan a la demanda, obrantes en los consecutivos Nos. 23-65707-00000 y 00002 del expediente. 5.2. Parte demandada Se decretan como prueba los documentos que acompañan a l a contestación de la demanda, obrantes en los consecutivos Nos. 23-65707-00006 y 00007 del expediente.

6. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN Se escucharon los alegatos de conclusión propuestos por la parte demandante y demandada.

7. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida emitir la correspondiente sentencia.

8. DECISIÓN: En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia,

SENTENCIA 605 de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia, SENTENCIA 605 2025-01-17AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03) RESUELVE PRIMERO: Negar las pretensiones incoadas en la demandad por la señora NIDIAN ESTHER LÓPEZ RAMOS contra CENTRO COMERCIAL PLACES MALL RECREO P.H., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente providencia.

SEGUNDO: Archivar las presentes diligencias.

TERCERO: Sin condena en costas por no aparecer causadas.

CUARTO: La anterior decisión se notifica a las partes en estrados.

QUINTO: Contra la anterior decisión no procede recurso.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.

FRM_SUPER

JENNY LORENA MURILLO LOZANO

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio

SENTENCIA

605 2025-01-17

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