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SIC - Sentencia 6065 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Sentencia 6065 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.

Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al Consumidor Radicación: 23 - 336051

Demandante: MILLAN YEFFERSON OLIVERO TIQUE

Demandado: GOTT WESEN B&D S.A.S.

Ciudad: Bogotá D.C., 16 de junio de 2025

Hora de inicio: 3:30 pm Hora de finalización: 4:05 pm

INTERVINIENTES Por la parte demandante: MILLAN YEFFERSON OLIVERO TIQUE, en su calidad de demandante, identificada con C.C. No. 1.007.724.172, no asistió a la referida audiencia pese a que la misma se programó mediante el Auto No. 66864 del 9 de junio de 2025, debidamente notificado por estado No. 101 del 10 de junio de 2025. .

Por la parte demandada: JAQUELINE LOPEZ , identificad a con cédula de ciudadanía No. 52.587.741, en calidad de representante legal de la sociedad GOTT

WESEN B&D S.A.S.

YUBER APERADOR IBAÑEZ , abogado en ejercicio, identificado con Cedula de Ciudadanía No. 1.010.143.005 y T.P. No. 440626 del C.S. de la J en calidad de apoderado especial. Por la Superintendencia de Industria y Comercio : JUAN CARLOS SANCHEZ Ciudadanía No. 1.010.143.005 y T.P. No. 440626 del C.S. de la J en calidad de apoderado especial. Por la Superintendencia de Industria y Comercio : JUAN CARLOS SANCHEZ DURAN, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. ETAPAS ADELANTADAS En desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:

1. Se declaró fracasada la etapa de conciliación.

2. Interrogatorio de parte.

3. Alegatos.

4. Sentencia anticipada.

8. DECISIÓN:

En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia,

SENTENCIA 6065 2025-06-16AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

RESUELVE PRIMERO: Negar las pretensiones incoadas en el escrito de la demanda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia..

SEGUNDO: En consecuencia, ordenar el archivo de las diligencias.

TERCERO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.

CUARTO: La anterior decisión se notifica por estrados a las partes.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió. FRM_SUPER CUARTO: La anterior decisión se notifica por estrados a las partes. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.

FRM_SUPER

JUAN CARLOS SANCHEZ DURAN

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio

SENTENCIA

6065 2025-06-16

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