SIC - Sentencia 6527 de 2025
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Sentencia 6527 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES
ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.
Proceso: Verbal– Acción de Protección al Consumidor
Radicación: 23-347269
Demandante: MARELIN GUTIERREZ ARBOLEDA
Demandado: MAXIBIENES S.A.S..
Ciudad: Bogotá D.C., veintisiete (03) de julio de 2025
Hora de inicio: 02:07 p.m.
Hora de finalización: 03:48 p.m.
CONSTANCIA DE INASISTENCIA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del Código General del Proceso, se deja constancia que la parte demandada no compareció a la presente audiencia pública.
INTERVINIENTES
Por la Superintendencia de Industria y Comercio , el suscrito Kevin León Murcia , profesional universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor.
Por la parte demandante : La señora Marelin Gutiérrez Arboleda, identificada con cédula de ciudadanía
No. 1.128.479.759 Apoderado de la parte demandante: Dr Santiago Vergara Osorno, identificado con cedula de ciudadanía 1.020.460.567 y TP 380.579
Por la parte demandada : Representante legal de MAXIBIENES S.A.S, el señor Yovani Ernesto
Apoderado de la parte demandante: Dr Santiago Vergara Osorno, identificado con cedula de ciudadanía 1.020.460.567 y TP 380.579
Por la parte demandada : Representante legal de MAXIBIENES S.A.S, el señor Yovani Ernesto Valderrama Valencia identificado con cedula de ciudadanía 98.627.614
Apoderada de la parte demandada: La Dr Karen Flórez Toro , identificada con cedula de ciudadanía 1.001.469.169 y TP No. 440164
ETAPAS ADELANTADAS
En desarrollo de la audiencia este Despacho efectuó lo siguiente:
1. Se adelantó la etapa de conciliación, la cual se declaró fracasada.
2. Se efectuó el control de legalidad.
3. Se evacuó el interrogatorio de parte.
4. Se fijaron hechos, pretensiones, excepciones y el objeto del litigio.
5. Se dio inicio al debate probatorio.
6. Se cerró el debate probatorio.
7. Se escucharon los alegatos de conclusión.
8. Se efectuó el control de legalidad.
9. Se profirió la respectiva sentencia que a su tenor en la parte resolutiva indicó:
DECISIÓN
En mérito de lo anterior la SIC en ejercicio de facultades jurisdiccionales concedidas por la Ley 1480 de 2011, el artículo 24 del C.G.P., administrando justicia en nombre de la república de Colombia y por autoridad de la Ley,
SENTENCIA 6527 2025-07-07AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
RESUELVE
PRIMERO: DECLAR AR probada la excepción de mérito denominada "La accionante no cumple con su carga probatoria" formulada por la sociedad
2025-07-07AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
RESUELVE
PRIMERO: DECLAR AR probada la excepción de mérito denominada "La accionante no cumple con su carga probatoria" formulada por la sociedad
MAXIBIENES S.A.S. con NIT: 811.024.730
SEGUNDO: EN CONSECUENCIA , NEGAR las pretensiones de la demanda formuladas por la señora MARELIN GUTIERREZ ARBOLEDA en contra de la sociedad MAXIBIENES S.A.S., por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
TERCERO: NO CONDENAR en costas, por no encontrarse causadas.
CUARTO: Informar a las partes que esta sentencia queda notificada en estrados y que contra esta sentencia no procede recurso alguno por de tratarse de un proceso verbal sumario de única instancia.
QUINTO: Por secretaria archívese el proceso de la referencia
No siendo otro el objeto de la presente diligencia se da por terminada la misma.
FRM_SUPER
KEVIN LEÓN MURCIA
Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio
SENTENCIA
6527 2025-07-07