SIC - Sentencia 6918 de 2025
Superintendencia de Industria y Comercio
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SIC - Sentencia 6918 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES
ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.
Proceso: Verbal– Acción de Protección al Consumidor
Radicación: 23-358513
Demandante: CHRISTIAN DAVID RESTREPO ARDILA
Demandado: BKCOL SAS
Ciudad: Bogotá D.C., dieciséis (16) de julio de 2025
Hora de inicio: 01:34 p.m.
Hora de finalización: 02:13 p.m.
CONSTANCIA DE INASISTENCIA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del Código General del Proceso, se deja constancia que la parte demandada no compareció a la presente audiencia pública. INTERVINIENTES Por la Superintendencia de Industria y Comercio , el suscrito Kevin León Murcia , profesional universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor.
Por la parte demandante: El señor CHRISTIAN DAVID RESTREPO ARDILA , identificado con cédula de ciudadanía No. 71.292.666.
ETAPAS ADELANTADAS En desarrollo de la audiencia este Despacho efectuó lo siguiente:
1. Se adelantó la etapa de conciliación, la cual se declaró fracasada.
2. Se efectuó el control de legalidad.
3. Se evacuó el interrogatorio de parte.
4. Se escucharon los alegatos de conclusión.
1. Se adelantó la etapa de conciliación, la cual se declaró fracasada.
2. Se efectuó el control de legalidad.
3. Se evacuó el interrogatorio de parte.
4. Se escucharon los alegatos de conclusión.
5. Se profirió la respectiva sentencia que a su tenor en la parte resolutiva indicó:
DECISIÓN En mérito de lo anterior la SIC en ejercicio de facultades jurisdiccionales concedidas por la Ley 1480 de 2011, el artículo 24 del C.G.P., administrando justicia en nombre de la república de Colombia y por autoridad de la Ley,
RESUELVE PRIMERO: DECLARAR que la sociedad BKCOL S.A.S., identificada con NIT 901095278, vulneró los derechos del consumidor CHRISTIAN DAVID RESTREPO ARDILA, identificado con C.C. No. 71.292.666, al haber incurrido en publicidad engañosa SEGUNDO: ORDENAR a BKCOL S.A.S. que, en el término de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de esta providencia, restituya al señor CHRISTIAN DAVID RESTREPO ARDILA la
SENTENCIA 6918 2025-07-17AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03) suma de cuarenta mil novecientos pesos ($40.900) M/CTE. Dicho pago deberá realizarse por un medio verificable.
TERCERO: NEGAR la pretensión de indemnización de perjuicios por falta de prueba sobre perjuicios adicionales al valor del producto, cuyo reembolso ya ha sido ordenado.
CUARTO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.
QUINTO Archivar las presentes diligencias. adicionales al valor del producto, cuyo reembolso ya ha sido ordenado.
CUARTO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.
QUINTO Archivar las presentes diligencias.
SEXTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno por tratarse de un proceso verbal sumario de única instancia de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 390 del C.G del
P. La presente decisión queda notificada a las partes en estrados.
FRM_SUPER
KEVIN LEÓN MURCIA
Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio
SENTENCIA
6918 2025-07-17