SIC - Sentencia 6949 de 2025
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Sentencia 6949 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES
ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.
Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al Consumidor
Radicado No. 23303741
Demandante: LUIS ENRIQUE HERRERA CABAQUE
Demandado: CARRERA MOTOS SAS
Ciudad: Bogotá, D.C. Diecisiete (17) de julio de dos mil veinticinco de (2025) Hora de inicio: 08:47 am Hora de finalización: 10:57 am
Sala Virtual: 8
INTERVINIENTES Por la parte demandante Compareció: LUIS ENRIQUE HERRERA CABAQUE, cédula de ciudadanía No. 80.031.498, en su calidad de parte demandante. Asiste el apoderado especial, DIDIER ESNEIDER ARIZA ACOSTA, cédula de 80.187.638 ciudadanía No. y tarjeta profesional No.300.318 C.S. de la J. Por la parte demandada Compareció: CESAR EULER MEDINA HERNANDEZ, cédula de ciudadanía No. 1.032.442.922, en su calidad de Representante legal de la sociedad. Asiste el apoderado especial, DIEGO MAURICIO MONTOYA TORO, cédula de ciudadanía No. 93.300.612 y tarjeta profesional No. 206.624 Asiste el apoderado especial sustituto, ROBERT ARGELIO HERNANDEZ Asiste el apoderado especial, DIEGO MAURICIO MONTOYA TORO, cédula de ciudadanía No. 93.300.612 y tarjeta profesional No. 206.624 Asiste el apoderado especial sustituto, ROBERT ARGELIO HERNANDEZ COLLAZOS, cédula de ciudadanía No. 74.374.508 y tarjeta profesional No. 179.395 C.S. de la J. Por la Superintendencia de Industria y Comercio La suscrita: HAROLDS EDUARDO FINO GONZALEZ, abogado y profesional universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales en calidad de Juez delegado. ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:
1. CONCILIACIÓN.
Se declaró fracasada la etapa de conciliación.
2. CONTROL DE LEGALIDAD.
SENTENCIA 6949 2025-07-18AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03) Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida emitir la correspondiente sentencia
a. LLAMAMIENTO EN GARANTÍA.
Se procede a negar el llamamiento en garantía propuesto por la pasiva.
3. INTERROGATORIO DE PARTE.
Se practicó el interrogatorio a las partes, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 372 del C.G.P., y se declaró fracasada la etapa para la demandante, debido a su inasistencia.
4. FIJACIÓN DEL LITIGIO.
Se realizó la fijación del objeto del litigio demandante, debido a su inasistencia.
4. FIJACIÓN DEL LITIGIO.
Se realizó la fijación del objeto del litigio El problema jurídico, será el determinar I) Si hay o no una relación de consumo entre el demandante y el demandado, II) si cumplimiento de la garantía en cuyo caso III) si le asiste o no responsabilidad al productor.
5. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN.
Se escucharon los alegatos de conclusión propuesto por la parte demandada.
6. DECISIÓN:
En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia.
RESUELVE PRIMERO: Declarar la carencia de legitimación en la causa por parte del señor
LUIS ENRIQUE HERRERA CABAQUE contra CARRERA MOTOS SAS por las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente de la decisión.
SEGUNDO: Declarar probada la excepción de “cumplimiento de la garantía”.
TERCERO: En consecuencia, negar las pretensiones incoadas en la demanda.
CUARTO: Archivar las presentes diligencias.
QUINTO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.
SEXTO: la presente sentencia no es objeto de recurso No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.
SENTENCIA 6949 2025-07-18AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03) No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.
SENTENCIA 6949 2025-07-18AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
FRM_SUPER
HAROLDS EDUARDO FINO GONZALEZ
Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio
SENTENCIA
6949 2025-07-18