🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SIC - Sentencia 6982 de 2025

Superintendencia de Industria y Comercio

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SIC - Sentencia 6982 de 2025
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2025

AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES

ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.

Proceso: Verbal– Acción de Protección al Consumidor

Radicación: 23-323314

Demandante: ALCIRA CHAPARRO MARTINEZ

Demandado: PARQUES Y FUNERARIAS SAS.

Ciudad: Bogotá D.C., dieciocho (18) de julio de 2025

Hora de inicio: 03:38 p.m.

Hora de finalización: 06:30 p.m.

INTERVINIENTES Por la Superintendencia de Industria y Comercio, el suscrito Kevin León Murcia , profesional universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor.

Por la parte demandante: La señora Alcira Chaparro Martínez, identificado con cédula de ciudadanía No.

10.263.070.

Por la Parte demandada: Olman Suarez Pardo con CC: 16377795 representante legal de PARQUES Y FUNERARIAS SAS, con NIT 860015300 Y su apoderado especial Daniel Alejandro Aguilera Martinez, identificado con CC: 1.006.794.438 y TP 406475 del CS de la J

ETAPAS ADELANTADAS En desarrollo de la audiencia este Despacho efectuó lo siguiente:

1. Se adelantó la etapa de conciliación, la cual se declaró fracasada.

ETAPAS ADELANTADAS En desarrollo de la audiencia este Despacho efectuó lo siguiente:

1. Se adelantó la etapa de conciliación, la cual se declaró fracasada.

2. Se efectuó el control de legalidad.

3. Se evacuó el interrogatorio de parte.

4. Se escucharon los alegatos de conclusión.

5. Se efectuó el control de legalidad.

6. Se profirió la respectiva sentencia que a su tenor en la parte resolutiva indicó:

DECISIÓN En mérito de lo anterior la SIC en ejercicio de facultades jurisdiccionales concedidas por la Ley 1480 de 2011, el artículo 24 del C.G.P., administrando justicia en nombre de la república de Colombia y por autoridad de la Ley,

RESUELVE PRIMERO: Negar las pretensiones incoadas en la demanda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: Sin condena en costas, por no aparecer causadas.

TERCERO: Archivar las presentes diligencias.

SENTENCIA 6982 2025-07-21AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03) CUARTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno por tratarse de un proceso verbal sumario de única instancia de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 390 del C.G del P.

QUINTO: La presente decisión queda notificada a las partes en estrados.

FRM_SUPER

KEVIN STEVEN LEÓN MURCIA

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales

FRM_SUPER

KEVIN STEVEN LEÓN MURCIA

Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio

SENTENCIA

6982 2025-07-21

Consultar sobre este documento ...