SIC - Sentencia 7234 de 2025
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Sentencia 7234 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES
ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.
Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al
Consumidor
Radicación: 23-518251
Demandante: ALVARO CARDENAS SALAZAR
Demandado: IH ADMINISTRACIONES Y SEGUROS LTDA
Ciudad: Bogotá D.C., 25 de julio de 2025
Hora de inicio: 10:37 am Hora de finalización: 11:43 am INTERVINIENTES Por la parte demandante : ALVARO CARDENAS SALAZAR, identificado con la C.C. No. 16.354.564
Por la parte demandada: Se deja constancia que, por parte de la sociedad demandada, a está no asistió su representante legal y/o apoderado.
Por la Superintendencia de Industria y Comercio : SEBASTIÁN BARRIOS HERNÁNDEZ, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor. ETAPAS ADELANTADAS En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:
1. CONCILIACIÓN Se declaró fracasada la etapa de conciliación.
2. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.
Se declaró fracasada la etapa de conciliación.
2. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida continuar con las etapas de la audiencia.
3. INTERROGATORIO DE PARTE.
Se practicó el interrogatorio a las partes, de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 372 del C.G.P.
4. SE FIJARON HECHOS, PRETENSIONES, Y SE FIJÓ EL OBJETO DEL
LITIGIO.
Se realizó la fijación del objeto del litigio.
SENTENCIA 7234 2025-07-28AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
5. PRACTICA DE PRUEBAS:
En la etapa probatoria se mencionó que las pruebas documentales fueron decretadas mediante Auto 77742 de 2025 de fecha 14 de julio de 2025 y en la cual no había prueba pendiente por practicar.
6. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN Se escucharon los alegatos de conclusión propuestos por las partes.
7. CONTROL DE LEGALIDAD Se realizó el control de legalidad, no encontrándose ningún vicio, nulidad que impida emitir la correspondiente sentencia.
8. DECISIÓN: En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia, RESUELVE PRIMERO: Negar las pretensiones de la demanda, referente a la protección del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia, RESUELVE PRIMERO: Negar las pretensiones de la demanda, referente a la protección contractual correspondiente a las cláusulas abusivas, de conformidad con la parte motiva de la sentencia.
SEGUNDO: Sin condena a costas, por no haberse causado.
TERCERO: La presente decisión queda notificada en estrados a las partes.
No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.
FRM_SUPER
SEBASTIÁN BARRIOS HERNÁNDEZ
Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio
SENTENCIA
7234 2025-07-28