SIC - Sentencia 7582 de 2025
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Sentencia 7582 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2025
AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES
ACTA DE AUDIENCIA DEL ARTÍCULO 392 DEL C. G. P.
Proceso: Verbal Sumario – Acción de Protección al Consumidor
Radicación: 23-216715
Demandante: JESUS DIANOR LOPEZ LOPEZ
Demandado: AUTOLARTE S.A.S.
Ciudad: Bogotá D.C., 31 de julio de dos mil veinticinco (2025) Hora de inicio: 9:32 am Hora de finalización: 10:09 am
INTERVINIENTES
Por la parte demandante: JESUS DIANOR LOPEZ LOPEZ identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 71.001.385, en su calidad de demandante.
Dr. JOSE ANGEL LOPEZ LOPEZ, identificado con Cédula de Ciudadanía No.71.002.395 y T.P. 259.575 del C.S de la Judicatura, en calidad de Apoderado Judicial de la parte demandante.
Por la parte demandada: Dr. JUAN ESTEBAN MONTOYA RENDÓN, identificado con
Cédula de Ciudadanía No.1.15 2.437.857 y T.P. 258.561 del C.S de la Judicatura, en calidad de Apoderado Judicial de la parte demandada.
Por la Superintendencia de Industria y Comer cio: MÓNICA IVETT RODRÍGUEZ GARCÍA, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos
calidad de Apoderado Judicial de la parte demandada.
Por la Superintendencia de Industria y Comer cio: MÓNICA IVETT RODRÍGUEZ GARCÍA, Profesional Universitario adscrito a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales - Grupo de Trabajo de Defensa del Consumidor.
ETAPAS ADELANTADAS
En el desarrollo de la audiencia se efectuó lo siguiente:
1. DECISIÓN En mérito de lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por la Ley 1480 de 2011 y el artículo 24 del Código General del Proceso, administrando justicia en nombre de la República de
Colombia,
RESUELVE
PRIMERO: DECLARAR probada la excepción “Cumplimiento de la garantía legal prevista en la ley 1480 de 2011”, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Negar las pretensiones incoadas en la demanda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la decisión.
SENTENCIA 7582 2025-07-31AJ01-F19 Vr2 (2023-08-03)
TERCERO: Condenar en costas a la parte DEMANDA NTE, JESUS DIANOR LOPEZ LOPEZ identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 71.001.385 . Para el efecto se fija por concepto de Agencias en Derecho, atendiendo los lineamientos que en tal sentido ha establecido el Consejo Superior de la Judicatura, la suma de $2.000.000.oo, que se rán pagados por dicho extremo procesal. Por Secretaría efectúese la correspondiente liquidación.
que en tal sentido ha establecido el Consejo Superior de la Judicatura, la suma de $2.000.000.oo, que se rán pagados por dicho extremo procesal. Por Secretaría efectúese la correspondiente liquidación.
CUARTO: La anterior decisión se notifica por estrados a las partes.
No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma el acta por quien la presidió.
FRM_SUPER
MÓNICA IVETT RODRÍGUEZ GARCÍA
Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales Superintendencia de Industria y Comercio
SENTENCIA
7582 2025-07-31